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7 Pasos para solicitar un Permiso Humanitario de Reunificación Familiar


Los procesos de reunificación familiar (FRP) están disponibles por invitación únicamente para ciertos peticionarios que presentaron un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, que fue aprobado a nombre de un beneficiario principal que es nacional de Colombia, Cuba, El Salvador, Haití, Guatemala, Ecuador u Honduras y sus familiares inmediatos. Estos procesos permiten que un beneficiario elegible sea considerado para recibir un permiso de permanencia temporal en Estados Unidos, caso por caso, mientras esperan que su visa de inmigrante basada en la familia esté disponible. Los pasos clave del proceso incluyen:


Paso 1: Se envía la invitación al peticionario.


  • Se le enviará una invitación por correo electrónico o por correo postal al peticionario seleccionado que presentó el Formulario I-130 aprobado a nombre de los beneficiarios principales y derivados. El peticionario puede solicitar convertirse en una persona de apoyo e iniciar el proceso FRP a nombre del beneficiario solo después de recibir una invitación.
  • La invitación informará al peticionario sobre los próximos pasos para iniciar este proceso, incluidas las instrucciones sobre la documentación para incluir en su Formulario I-134A. Cada invitación incluirá un número de identificación de la invitación que el peticionario debe proporcionar en cada Formulario I-134A que presente para cada beneficiario.

Paso 2: El peticionario presenta el Formulario I-134A en línea.


  • Después de recibir una invitación, el peticionario ciudadano estadounidense o residente permanente legal que presentó el Formulario I-130 aprobado a nombre del beneficiario iniciará este proceso mediante la presentación de un Formulario I-134A para cada beneficiario ante USCIS a través del portal web en línea myUSCIS .
  • El Formulario I-134A identifica y recopila información tanto sobre el peticionario como sobre el beneficiario. Es importante que el peticionario incluya información precisa sobre el beneficiario, entre esta, la dirección de correo electrónico del beneficiario, porque la usaremos para proporcionar instrucciones al beneficiario.
  • El peticionario debe presentar un Formulario I-134A por separado para cada beneficiario que desea apoyar, incluidos los derivados y derivados adicionales del beneficiario principal.
  • Si el peticionario tiene una o más personas de apoyo, debe incluir información y evidencia sobre las personas de apoyo adicionales, como se indica en la sección "Cómo Presentar la Solicitud" anterior.
  • USCIS realizará verificaciones de antecedentes del peticionario y verificará que puedan apoyar financieramente a cada beneficiario que acepta apoyar.
  • Por cada solicitud para un beneficiario derivado o derivado adicional, el peticionario también debe presentar evidencia que demuestre las relaciones familiares entre el beneficiario principal y el beneficiario derivado. Usted debe incluir una traducción completa al inglés y una certificación del traductor para cualquier evidencia presentada en un idioma que no sea el inglés.
  • Si USCIS, a nuestra discreción, confirma el Formulario I-134A del peticionario, el proceso FRP avanzará al siguiente paso del proceso.

Paso 3: El beneficiario proporciona electrónicamente información que respalde la solicitud.


  • Si confirmamos un Formulario I-134A, le enviaremos un correo electrónico al beneficiario nombrado en ese Formulario I-134A con instrucciones sobre cómo crear una cuenta en línea con myUSCIS y sobre cómo completar los siguientes pasos. El beneficiario debe confirmar la información biográfica y dar fe de cumplir con los requisitos de elegibilidad antes de que CBP considere si emitirá o no una autorización anticipada de viaje.
  • El beneficiario también deberá tendrá que dar fe de haber completado un examen médico con un médico del panel y no tener condiciones médicas de Clase A, según lo determine el médico de panel. El examen médico debe realizarse antes de que el beneficiario pueda completar las certificaciones en myUSCIS. DHS confirmará los resultados médicos proporcionados por el médico de panel después de recibir la certificación del beneficiario para determinar si la solicitud de autorización de viaje puede continuar su proceso.
  • Si un beneficiario declara haber completado el examen médico antes de completar un examen con un médico de panel, DHS denegará la solicitud de autorización de viaje.
  • Si un beneficiario declara que no tiene ninguna condición médica de Clase A antes de que un médico del panel determine que el beneficiario no tiene una condición médica de Clase A, DHS denegará la solicitud de autorización de viaje.
  • Encontrará información adicional sobre la programación de exámenes médicos en la sección "Examen Médico".

Paso 4: El beneficiario presenta una petición en la aplicación móvil CBP One


  • Después de que el beneficiario confirme su información biográfica y complete las certificaciones de elegibilidad y médicas requeridas, publicaremos instrucciones en su cuenta en sobre cómo acceder a la aplicación móvil CBP One . El beneficiario debe ingresar cierta información biográfica en CBP One y proporcionar una foto para continuar con el proceso.

Paso 5: El beneficiario recibe autorización anticipada de viaje para viajar a Estados Unidos.


  • Después de completar el Paso 4, CBP, a su discreción, publicará una notificación en la cuenta en línea del beneficiario confirmando si CBP decidió emitir una autorización anticipada para viajar a Estados Unidos
  • Si se aprueba, esta autorización es válida por 90 días. Los beneficiarios son responsables de asegurar su propio viaje por vía aérea comercial a Estados Unidos. La aprobación de la autorización anticipada para viajar no garantiza la entrada o permiso de permanencia temporal a Estados Unidos en un puerto de entrada estadounidense. El permiso de permanencia temporal es una determinación discrecional hecha por CBP en el puerto de entrada, basada en un hallazgo de que el permiso de permanencia temporal está justificado debido a razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo.
  • Los niños menores de 18 años deben viajar a Estados Unidos con y bajo el cuidado y custodia de un padre o tutor legal que pueda proporcionar documentación para confirmar la relación.
  • Los beneficiarios principales deben viajar a Estados Unidos con o antes de cualquier beneficiario derivado. Cualquier beneficiario derivado que viaje antes que el beneficiario principal no recibirá permiso para ingresar a los Estados Unidos bajo FRP.

Paso 6: El beneficiario solicita el permiso de permanencia temporal en el puerto de entrada.


  • CBP inspeccionará a cada beneficiario que llegue a un puerto de entrada dentro de un aeropuerto de Estados Unidos bajo este proceso y considerará a cada persona, caso por caso, para la otorgación del permiso de permanencia temporal discrecional por un período de hasta 3 años.
  • Cuando el beneficiario llega al aeropuerto, se someterá a verificaciones de antecedentes e investigaciones adicionales, para incluir una investigación biométrica adicional de huellas dactilares consistente con el proceso de inspección de CBP. A un beneficiario que se determine que representa una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública generalmente se le denegará el permiso de permanencia temporal. Un beneficiario que de otra manera no amerite el permiso de permanencia temporal como una cuestión de discreción al momento de la inspección, será procesado bajo una vía de procesamiento apropiada y puede ser referido al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos.

Paso 7: El beneficiario recibe el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos.


  • Un beneficiario al que se le otorgue el permiso de permanencia temporal bajo estos procesos generalmente recibirá dicho permiso de permanencia temporal en Estados Unidos por un período de hasta 3 años, sujeto a los requisitos de salud e investigación aplicables.
  • El beneficiario al que se le concede el permiso de permanencia temporal puede solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD) mediante la presentación del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo , ya sea en línea o por correo postal.







Última Actualización: Octubre 30 de 2023
Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos