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Nicaragua Elimina el Requerimiento de Visas para Turistas

Nicaragua Elimina el Requerimiento de Visas

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El presidente de la República de Nicaragua, Daniel Ortega durante una sesión de trabajo celebrado en el municipio de Catarina en el departamento de Masaya, emitió el decreto 07-2009, donde anuncia la facilitación de la visa de ingreso a los extranjeros, los cuales podrán tramitarla estando en el país.

Con esta medida todos los ciudadanos del mundo que deseen ingresar a Nicaragua en condiciones de turistas, podrán hacerlo en cualquier de nuestros puntos migratorios, ya sea fronterizos, aéreos, marítimos y terrestres.

“La presente medida es parte de una serie de acciones encaminadas al desarrollo del país, por lo que a partir de ahora, los turistas podrán visitar nuestro país sin sufrir trámites engorrosos”, dijo Daniel. A la vez, el Gobierno de Nicaragua declaró que hará más fáciles los trámites de visa para los habitantes de Centroamérica.

El titular del Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR), Mario Salinas, indicó que el impacto de esta medida se verá a corto plazo, con la llegada de la temporada de Semana Santa en el país, donde centenares de extranjeros y compatriotas ingresan al país para disfrutar de vacaciones.

“Ahora podrán venir a Nicaragua sin muchas complicaciones, simplemente toman su pasaporte y se vienen, en las fronteras, en el aeropuerto o en el puerto de entrada les darán el permiso para ingresar al país o lo que se llama visa de frontera y aquí los esperamos con los brazos abiertos”, dijo Salinas.

El titular del INTUR leyó parte de un reportaje publicado por una Tour Operadora española, donde resalta las bondades naturales y culturales de Nicaragua y del porque nuestro país debe ser visitado por los europeos.

En el reportaje se resalta que Nicaragua tiene el lago más grande de Centroamérica, igual posee la isla mas grande (Isla de Ometepe), y porque tenemos más volcanes que otro nación del istmo. La revista especializada en turismo también destaca que en Nicaragua nació el poeta más grande América hispana, entre otros atractivos culturales, indígenas y coloniales.

El decreto fue presentado durante el acto oficial realizado en el municipio de Catarina, presidido por el presidente Ortega, la Coordinadora del Consejo de Comunicación y Ciudadanía, compañera Rosario Murillo, el Ministro de Turismo, Mario Salinas, alcaldes del departamento de Masaya y miembros del gabinete de gobierno.

A continuación el decreto (Transcripción No Oficial)

Decreto 07-2009

Considerando que es interés del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional promover la inversión y atraer capital hacia Nicaragua en aras de contribuir al mejoramiento de la economía nacional.

Considerando que el gobierno nicaragüense está en la obligación de prever las situaciones que puedan afectar el crecimiento económico y la recaudación tributaria.

Considerando que la industria turística ha ido mejorando y generando mayores ingresos al país, por lo que se hace necesario incentivar ambos; turismo e inversión declara por tanto en uso de sus facultades lo siguiente:

Articulo 1: De acuerdo al convenio de creación de visa única centroamericana para la libre movilidad de extranjeros, aprobado y ratificado por la Asamblea Nacional el 12 de diciembre de 2006 y publicado en la Gaceta numero 13 del 18 de enero del 2007, aquellos ciudadanos que deseen viajar a Nicaragua, clasificado en la categoría B, visa sin consulta se les otorgará la visa correspondiente, sin menoscabo de cumplir con los requisitos de ley, toda vez que se encuentre en el territorio nacional, en los puestos fronterizos, marítimos, aéreos y terrestre, debiéndose presentar ante la ventanilla de la oficina de Migración y Extranjería de dichos puestos donde pagarán un arancel por el importe de la visa y la tarjeta de turismo.

Artículo 2: Los acuerdos de libre visado firmados por la República de Nicaragua con otros Estados, mantienen su vigencia, así como los acuerdos suscritos con la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de Estados Americanos (OEA).

Artículo 3: Se ordena a los Ministerios de Gobernación, Relaciones Exteriores y al Instituto de Turismo que a través de los organismos correspondientes, garanticen el cumplimiento de estas disposiciones.

Artículo 4: El presente decreto entra en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en el municipio de Catarina a los 13 días del mes marzo del año 2009.







Última Actualización: Abril de 2009
Fuente: Publicación gubernamental nicaraguense El19digital.com

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