El USCIS extenderá el Estatus de Protección Temporal (TPS) a los ciudadanos nicaragüenses hasta el 5 de Julio de 2010. La ampliación será efectiva para aquellas personas a las cuales se les ha concedido el TPS, para mantener su estado durante 18 meses adicionales. Hay aproximadamente 3,500 ciudadanos nicaragüenses (y personas que no tienen nacionalidad quienes últimamente residieron en Nicaragua) quienes son elegibles para el registro. El TPS no se aplica a ciudadanos nicaragüenses que entraron en los Estados Unidos después de 30 de Diciembre de 1998.
La extensión del TPS para Nicaragua se hará efectiva en Enero 06 de 2009 y terminará el 5 de Julio de 2010. Los nicaragüenses (y las personas que no tengan la nacionalidad y que últimamente hayan vivido en Nicaragua) a los cuales se les haya concedido el TPS deben registrarse de nuevo para la extensión durante los 60 días otorgados como periodo de registro, los cuales se cuentan a partir de la fecha de la publicación de la noticia en el Registro Federal (a publicarce octubre 1, 2008). A los beneficiarios nicaragüenses se les invita a aplicar tan pronto como sea posible teniendo en cuenta el período de registro de los 60 días.
Los beneficiarios del TPS deben presentar la Solicitud de Estatus de protección Temporal, Formulario I-821 (sin los honorarios de aplicación) y la Solicitud de Autorización de Empleo Formulario I-765, a fin de registrase de nuevo para TPS. Todos los solicitantes de ampliación de autorización de empleo después deberán presentar la solicitud requerida incluyendo el pago del Formulario I-765. Si el solicitante solo desea aplicar al TPS y no a una extensión de empleo, él o ella deben presentar el Formulario I-175 sólo para efectos de documentación, y no se requiere pagar por la presentación del formulario. Todos los solicitantes mayores de 14 años de edad también deben incluir el pago del servicio biométrico (los solicitantes pueden presentar una solicitud de exención de los costos del servicio biométrico, de acuerdo a la normativa). Presentar los documentos incompletos o sin el pago correspondiente, puede resultar en la negación de la solicitud.
Más información puede obtenerse a través del Centro Nacional de Atención al Cliente del USCIS, línea gratuita: 1-800-375-5283 (de los Estados Unidos).
Importante: La información en esta página fue provista por el Departamento de Estado, por el Servicio Estadounidense de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) y/o por el Departamento de Homeland Security de los Estados Unidos. Ninguna información provista en esta página debe ser considerada como asesoramiento legal. Por esta razón se le aconseja al lector que consulte con un abogado antes de hacer cualquier diligencia para visitar o migrar a los Estados Unidos de América.