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Trámites Migratorios Para México - Turistas -

viajar a México

Los servicios migratorios pueden gestionarse en las 32 delegaciones regionales del Instituto Nacional de Migración y en sus respectivas subdelegaciones regionales y locales.

Para la gestión, el extranjero o su representante legal deberá utilizar el formato "Solicitud de Trámite Migratorio" y cumplir con los requisitos señalados para cada caso.

Todos los requisitos deberán ser presentados en original y copia para cotejo de la autoridad migratoria. Los originales serán devueltos al solicitante, con excepción de las cartas y escritos dirigidos al Instituto Nacional de Migración.

Los documentos emitidos en el exterior (con excepción del pasaporte o los documentos de identidad y viaje), deberán ser apostillados por la autoridad gubernamental del país emisor, o bien, legalizados por el consulado mexicano correspondiente y en su caso, traducido al español por perito oficial.

En caso de que el interesado realice el trámite a través de un apoderado o de un representante legal, éste deberá acreditar tal carácter con carta poder a su favor otorgado por el extranjero, y copia de una identificación oficial vigente que contenga fotografía y firma del apoderado o representante legal, según corresponda y del que otorga el poder.

El Instituto Nacional de Migración emitirá sus resoluciones ejerciendo, en su caso, la facultad discrecional que la Ley General de Población, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables le confieren; y será ejercida por los funcionarios públicos del Instituto, de conformidad a los diversos acuerdos delegatorios en vigor. La presentación de la solicitud y los requisitos, le garantiza al promovente una respuesta en los plazos legales (35 días calendario), pero no necesariamente será ésta en sentido afirmativo o conveniente a sus intereses.

En el ejercicio de esta facultad discrecional se observarán los plazos para señalar previsiones al promovente, en términos del artículo 17-A, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Cuando se presenten cartas o escritos dirigidos al Instituto Nacional de Migración, deberá entregarse una identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona que suscribe la carta, y si se trata de un extranjero, presentar su documento migratorio.

Turista

1. Formato oficial de "Solicitud de Trámite Migratorio".

2. Pasaporte vigente.

3. Carta dirigida al Instituto Nacional de Migración redactada en español y firmada por la persona que solicita desde México la internación, en la que indique sus datos completos, los del extranjero, la temporalidad de su visita a México, los lugares a visitar, y en la que el solicitante asuma la responsabilidad moral y económica del extranjero durante su estancia en el país.

4. Identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona que suscribe la carta (si es extranjero, documento migratorio).

5. Comprobantes de solvencia económica del extranjero: reservaciones de hotel, carros, excursiones, tarjetas de crédito o cualquier documento que lo acredite como turista.

6. Comprobantes de solvencia económica de la persona que solicita desde México la internación:

Si el solicitante es persona física, acreditará la solvencia económica mediante cualquiera de los siguientes: constancia laboral; los tres últimos estados de cuenta bancaria, tres últimos recibos de pago; último pago de impuestos, o registro ante la SHCP, si su inscripción es reciente.

Si existe nexo familiar entre el solicitante y el extranjero, deberá acreditarse el parentesco mediante actas de nacimiento y/o de matrimonio, en su caso, apostilladas por autoridad gubernamental del país emisor o legalizadas por el consulado mexicano correspondiente y traducidas al español; si se trata de un extranjero cónyuge de mexicano cuyo matrimonio se celebró en el exterior, deberá presentar el acta de inserción correspondiente ante el Registro Civil Mexicano.

7. Si el solicitante es una persona moral o una persona física con actividades empresariales, deberá presentar:

* Acta constitutiva de la empresa.

* Ultima declaración del pago de impuestos (o recibo electrónico vía Internet de la última declaración de impuestos).

* En su caso, constancia del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.

* En caso de que la persona física con actividades empresariales sea extranjera, deberá presentar su documento migratorio vigente.

Estos requisitos no son aplicables si se trata de una dependencia o entidad gubernamental o de una institución de educación superior pública, o si la empresa tiene un expediente básico actualizado conforme a los establecido en el "Trámite de Estancia".

8. En caso de menores no acompañados por ambos padres, permiso otorgado o notariado por los padres ante autoridad competente, apostillado por autoridad gubernamental del país emisor o legalizado por el consulado mexicano correspondiente y traducido al español indicando el tiempo de permanencia autorizada al menor.

Los extranjeros nacionales de países que no requieren visa para entrar a México, podrán internarse como turistas, presentando ante la autoridad migratoria en el punto de internación los siguientes documentos:

1. Pasaporte vigente. 2. Forma migratoria de Turista, Transmigrantes, Visitante persona de negocios y Visitante consejero. La forma migratoria puede obtenerse en los puntos de internación a México, en las líneas aéreas o en agencias de viaje, así como en las Oficinas Consulares de México en el exterior.

Extensión de Estadía para Turistas






Última Actualización: Febrero de 2007



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