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El DHS elimina la espera de un año para visas R-1 y reduce tiempos de espera para trabajadores religiosos

La nueva norma del Departamento de Seguridad Nacional busca reducir interrupciones para congregaciones y comunidades religiosas en Estados Unidos.

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Por InmigracionyVisas.com
Publicado: 22 de enero de 2026
Actualizado: 22 de enero de 2026

El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS) emitió una norma interina final eliminando el requisito de que los trabajadores religiosos con visa R-1 deban residir fuera del país por un año tras completar cinco años de estadía antes de solicitar readmisión, reduciendo tiempos de espera y la interrupción de servicios esenciales en congregaciones de todo el país.

Esta medida no solo reduce la burocracia, sino que garantiza que las congregaciones no pierdan a sus líderes en momentos críticos. A continuación, desglosamos los puntos clave de esta nueva regulación

📌 Qué cambia con la nueva regla

Bajo la normativa anterior, los trabajadores religiosos que completaban el máximo de cinco años de estadía con una visa R-1 debían permanecer durante un año fuera de Estados Unidos antes de volver a solicitar una nueva visa o readmisión. La nueva regla elimina ese requisito de permanencia mínima en el extranjero, permitiendo una reincorporación más pronta a sus labores al servicio de congregaciones y organizaciones religiosas.

📌 Impacto para trabajadores y comunidades

Esta modificación busca minimizar las interrupciones significativas que enfrentan comunidades religiosas cuando sus líderes espirituales, como sacerdotes, pastores, monjas, rabinos e imanes, deben ausentarse largos periodos de tiempo. Al no existir ya un período obligatorio de espera, las organizaciones pueden planificar mejor la continuidad de servicios religiosos, sociales y comunitarios.

📌 Contexto de los tiempos de espera y backlogs

La medida también responde a los prolongados tiempos de espera en la categoría EB-4 (para trabajadores religiosos inmigrantes especiales), donde la alta demanda de visas ha superado la oferta disponible, causando que muchos trabajadores se queden sin poder ajustar su estatus a residente permanente antes de cumplir sus cinco años. Aunque la nueva regla no soluciona por completo los retrasos en EB-4, reduce las barreras relacionadas con la readmisión bajo R-1.

📌 Apoyo a la Libertad Religiosa

Según el comunicado oficial de USCIS, esta medida se alinea con la Orden Ejecutiva 14205 (Establecimiento de la Oficina de Fe de la Casa Blanca) y busca "proteger y conservar la libertad y expresión religiosa". El DHS reconoce que los trabajadores religiosos son esenciales para el "tejido social y moral" del país.

📌 ¿Cuándo entra en vigor?

La regla tiene vigencia inmediata desde su publicación (enero de 2026). No obstante, el gobierno ha abierto un periodo de 60 días para recibir comentarios públicos, lo que permite a las organizaciones interesadas aportar su visión sobre la implementación de esta norma.

📌 Comentarios de líderes religiosos

Líderes de diversas comunidades religiosas, incluidos obispos de EE. UU., han expresado su apoyo a la decisión, destacando que la política ayuda a preservar la estabilidad del trabajo pastoral y comunitario, y facilita que los creyentes continúen recibiendo apoyo espiritual y servicios sociales sin interrupciones prolongadas.

📌 Qué sigue

La regla fue publicada en el Federal Register y entró en vigor inmediatamente tras su emisión en enero de 2026. Aunque todavía se requiere que los trabajadores religiosos salgan del país al terminar su período de cinco años en R-1, ya no existirán requisitos de tiempo mínimo fuera de los Estados Unidos antes de volver a solicitar la visa.

📌 ¿Cuándo entra en vigor?

La regla tiene vigencia inmediata desde su publicación (enero de 2026). No obstante, el gobierno ha abierto un periodo de 60 días para recibir comentarios públicos, lo que permite a las organizaciones interesadas aportar su visión sobre la implementación de esta norma.

📌 Conclusión

Este cambio es un alivio esperado por años por las instituciones religiosas en Estados Unidos Al eliminar la barrera del año de residencia en el extranjero, el gobierno reconoce la realidad de los retrasos migratorios y prioriza la estabilidad de las organizaciones de fe.

Si usted es un trabajador religioso bajo el estatus R-1 o representa a una organización que emplea a uno, este es el momento de consultar con un experto legal para planificar su próxima extensión o reingreso bajo estas nuevas facilidades.

Abogados y organizaciones que representan a empleadores religiosos recomiendan revisar los criterios de elegibilidad y tiempos de procesamiento en consulados para planificar adecuadamente la readmisión de sus empleados bajo la nueva norma.







Última Actualización: Enero 22 de 2026
Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS)

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