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Nueva medida migratoria exige que ciertos inmigrantes se registren para poder ingresar a Estados Unidos

Nueva medida migratoria

Una nueva medida migratoria entrará en vigor en Estados Unidos el 11 de abril de 2025. Esta medida exige que ciertos ciudadanos no estadounidenses se registren en el Departamento de Seguridad Nacional (DHS). A continuación, se detallan los aspectos clave:


¿Quién necesita registrarse?


  • Extranjeros mayores de 14 años que permanecerán en EE. UU. durante 30 días o más y que no se registraron ni se les tomaron las huellas dactilares (si es necesario) al solicitar una visa estadounidense. Deben registrarse dentro de los 30 días posteriores a su llegada.
  • Los padres o tutores legales deben registrar a sus hijos menores de 14 años que no sean ciudadanos estadounidenses si permanecerán en EE. UU. por 30 días o más y no se han registrado previamente. Este registro debe realizarse antes de que transcurran 30 días.
  • Los niños no ciudadanos que cumplen 14 años mientras están en los EE. UU., independientemente de su registro previo, deben volver a registrarse y se les deben tomar las huellas digitales dentro de los 30 días posteriores a su 14.° cumpleaños.

¿Quién se considera ya registrado o exento?


Generalmente, se considera que usted ya está registrado si:
  • Se le emitió una visa de inmigrante o no inmigrante antes de su última entrada.
  • Fueron admitidos como no inmigrantes y se les emitió un I-94 o I-94W.
  • Es residente permanente legal (titular de la tarjeta verde).
  • Se les emitió un Documento de Autorización de Empleo (EAD).
  • Fueron puestos en libertad condicional en los EE.UU.
  • Han sido puestos en proceso de deportación.
  • Tener una solicitud pendiente de residencia permanente legal (formularios I-485, I-687, I-691, I-698, I-700) y proporcionar huellas dactilares, incluso si la solicitud fue denegada.
  • Se les expidió una tarjeta de cruce de frontera.
  • Es un no ciudadano que permanece en los EE. UU. por menos de 30 días.

Cómo registrarse:


  • Las personas deben crear una cuenta en línea de USCIS
  • Luego, deben completar y enviar el Formulario G-325R, Información Biométrica (Registro) , a través de su cuenta en línea. Este formulario requiere información biográfica detallada.
  • Después de enviar el formulario, es probable que USCIS programe una cita biométrica para tomar huellas dactilares y posiblemente una fotografía para aquellos que deban tomarse las huellas dactilares.

Comprobante de registro:


  • Una vez que se envía el Formulario G-325R y se completan los datos biométricos (si es necesario), las personas podrán obtener una "Prueba de Registro de Extranjero" a través de su cuenta en línea de USCIS.
  • Los no ciudadanos mayores de 18 años están obligados por ley a llevar consigo en todo momento un comprobante de su registro.

Sanciones por incumplimiento:


No registrarse o no llevar comprobante de registro puede resultar en:

  • Una multa de hasta USD5,000
  • Pena de prisión de hasta seis meses
  • O ambos.
  • El incumplimiento también puede considerarse un delito penal y puede conllevar la expulsión (deportación) de Estados Unidos. Los padres o tutores que no registren a sus hijos menores de 14 años también podrían enfrentar estas sanciones.

Esta nueva norma se basa en la legislación vigente, pero se está implementando recientemente. Es importante que las personas afectadas comprendan estos requisitos y tomen las medidas necesarias para cumplirlos.


Si cree que esta nueva medida aplica a usted o a alguien que conoce, es muy recomendable consultar con un abogado de inmigración para obtener asesoría legal personalizada.







Última Actualización: Abril 08 de 2025
Fuente: Redacción inmigracionyvisas.com

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