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¿Qué es y cómo se obtiene una Certificación Laboral Temporal para Trabajadores No Agrícolas (H-2B)?

Certificación Laboral Temporal para Trabajadores No Agrícolas (H-2B)

Certificación Laboral Temporal para Trabajadores No Agrícolas (H-2B) es un programa del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (DOL) que permite a empleadores estadounidenses contratar trabajadores extranjeros para ocupar puestos de trabajo temporales no relacionados con la agricultura.


¿Quiénes pueden solicitar una Certificación Laboral Temporal H-2B?


Debe ser un empleador estadounidense de buena fe con posesión de un Número de identificación de empleador federal (FEIN) válido, y estar ubicado físicamente en los Estados Unidos, adicional debe cumplir con los siguientes requisitos:


  • Ofrecer un empleo de naturaleza temporal o de estación No Agrícola: El empleo debe ser por un período de tiempo limitado, Temporal (9 meses o menos, excepto ocurrencias únicas) y de Tiempo completo (35 o más horas por semana)
  • Demostrar que no hay suficientes trabajadores estadounidenses capaces, dispuestos, cualificados y disponibles para realizar el trabajo temporal: El empleador debe realizar un reclutamiento de buena fe para demostrar que no hay trabajadores estadounidenses disponibles para ocupar el puesto.
  • Ofrecer condiciones de trabajo y salario justos: El empleador debe ofrecer a los trabajadores H-2B un salario y beneficios que sean comparables a los que reciben los trabajadores estadounidenses en trabajos similares.
  • Obtener una Notificación de Aprobación (I-797) del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS): El USCIS revisará la solicitud del empleador y, si la aprueba, emitirá una Notificación de Aprobación.

¿Cómo se obtiene una Certificación Laboral Temporal H-2B?


El proceso para obtener una Certificación Laboral Temporal H-2B es complejo y requiere la presentación de varios formularios y documentos al DOL. El proceso general implica los siguientes pasos:


1. Presentación de la solicitud de Certificación Laboral Temporal al DOL

El empleador debe presentar el Formulario ETA-91B, Solicitud de Certificación Laboral para Mano de Obra Extranjera, al DOL. El formulario debe incluir información sobre el puesto de trabajo, las condiciones de trabajo y el salario ofrecido, así como la prueba del reclutamiento realizado.


Es importante destacar que el empleador debe solicitar y obtener un salario prevaleciente (formularios ETA-9141 y 9165) Centro Nacional de Salario Prevaleciente (NPWC) de OFLC antes de presentar una solicitud H-2B. Se recomienda a los empleadores que presenten su solicitud al menos 60 días antes de que se necesite la determinación.


2.Presentar una solicitud y una orden de trabajo ante el Centro Nacional de Procesamiento de Chicago (NPC)

Los empleadores pueden optar por presentar la declaración electrónicamente o por correo postal. A continuación, se incluye una lista de lo que se debe incluir:


  • Solicitud de certificación de empleo temporal H-2B (formulario ETA-9142B) y apéndices
  • Un número de seguimiento de PWD válido emitido por el NPWC
  • Una copia de la orden de trabajo presentada a la SWA
  • Copias de todos los contratos y acuerdos con el empleador que demuestren la autoridad para representar al empleador (agentes y/o reclutadores)
  • Información de contacto de todas las personas y entidades contratadas o que trabajen para reclutadores o agentes, incluidos los subagentes o empleados de dichas personas y entidades (según corresponda)
  • Certificado de registro de contratista de mano de obra agrícola de la Ley de protección de trabajadores agrícolas migrantes y de temporada (MSPA) (agentes, según corresponda)
  • Cualquier documentación de respaldo aplicable

3. Revisión y determinación del DOL

El DOL revisará la solicitud y determinará si el empleador ha cumplido con todos los requisitos. Si el DOL aprueba la solicitud, emitirá una Certificación Laboral Temporal.


4. Realizar el reclutamiento de trabajadores estadounidenses

Dentro de los 14 días siguientes a la recepción de un Aviso de Aceptación, el empleador debe seguir las instrucciones proporcionadas en el Aviso de Aceptación y llevar a cabo el reclutamiento, incluyendo:


  • Colocación de anuncios en periódicos
  • Contactando a ex trabajadores estadounidenses
  • Comunicarse con el representante de negociación (si lo hay) o publicar un aviso sobre la oportunidad laboral para los empleados actuales del empleador, y
  • Realizar cualquier reclutamiento adicional, si así lo ordena el Oficial Certificador.

5. Presentación del Formulario I-129 al USCIS

El empleador debe presentar el Formulario I-129, Petición para Trabajadores No-Inmigrantes, al USCIS junto con la Certificación Laboral Temporal. El USCIS revisará la solicitud y, si la aprueba, emitirá una Notificación de Aprobación (I-797).


6. Obtención de la visa H-2B por parte del trabajador

Una vez que el empleador haya obtenido la Notificación de Aprobación, el trabajador extranjero puede solicitar una visa H-2B en la embajada o consulado estadounidense de su país de origen.







Última Actualización: Julio 17 2024
Fuente: Departamento de Trabajo de los Estados Unidos