¿Cómo reunificar familias separadas o encontrar familiares separados?
El Presidente Biden creó el Grupo Operativo de Reunificación Familiar para ayudar a identificar y reunificar a las familias separadas bajo la Política de Tolerancia Cero de la administración anterior, utilizando un enfoque de gobierno en pleno para garantizar que las familias sean localizadas y se les otorgue la oportunidad de reunificarse.
Este proceso se centra en reunir a ciertas familias que fueron separadas por el gobierno de Estados Unidos entre el 20 de enero de 2017 y el 20 de enero de 2021.
Sólo es necesario completar una inscripción por familia. Por favor, incluya sólo a los miembros de la familia que fueron separados en la frontera entre Estados Unidos y México. No incluya en la inscripción a ningún otro miembro de la familia que no haya sido separado. Tendrá la oportunidad más adelante de incluir a otros miembros de la familia que desee que le acompañen con la ayuda de la Organización Internacional para las Migraciones.
No es requerido pagar por registrarse en esta página web, ni por ninguna porción de este proceso. El Family Reunification Task Force (Grupo Operativo de Reencuentro Familiar) nunca solicitará dinero de las familias a través de llamadas no-solicitadas o cartas por correo. El gobierno de los Estados Unidos nunca le pedirá transferir dinero a una persona o hacer pagos por teléfono o por correo electrónico.
Este esfuerzo apoyará a todos los individuos que califican en la reunificación de sus familias y/o en la obtención de servicios de apoyo. Los individuos calificados serán:
- Permiso para volver a los Estados Unidos, si procede;
- Permiso para vivir en los Estados Unidos por tres años bajo permiso humanitario;
- Posibilidad de solicitar permiso de trabajo a su llegada;
- Asesoramiento y otros servicios que ayuden a garantizar un reencuentro exitoso con su familia;
- Servicios de apoyo y viaje sin ningún costo.
Registrarse es el primer paso para reencontrarse con su familia. Para registrarse, necesitará la siguiente información:
- Su información de contacto (ej., correo electrónico, número de teléfono o dirección física)
- El número A del padre separado, si es que lo sabe (este es un número de ocho o nueve dígitos que comienza con la letra A y se encuentra en los documentos proporcionados por los oficiales de migración de los Estados Unidos)
- El número A del niño separado, si es que lo sabe
- Dónde se encuentra el niño separado, si es que lo sabe
- La información de contacto del niño separado, si es que la sabe (ej., correo electrónico o número de teléfono)
- Si es aplicable, el nombre e información de contacto de su representante legal (ej., número de teléfono o correo electrónico). El formulario firmado G-28 no es necesario para completar la registración.
Registrarse es gratis. Solo se necesita un registro por familia y debe incluir a todos los miembros familiares separados en la frontera USA-México. Registrese Aquí
Podría calificar para el reencuentro familiar si es:
- Uno de los padres o tutor legal que fue separado de su niño por el gobierno de los Estados Unidos en la frontera USA-México bajo las leyes migratorias de los Estados Unidos, incluyendo a través del uso de la política Zero Tolerance; o
- Un niño quien fue separado de sus padres o tutor legal por el gobierno de los Estados Unidos en la frontera USA-México bajo las leyes migratorias de los Estados Unidos, incluyendo a través del uso de la política Zero Tolerance; y
- La separación ocurrió entre el 20 de enero del 2017 y el 20 de enero del 2021.
Los padres e hijos que hayan sido reunidos previamente, ya sea en el país de origen o en los Estados Unidos, también tienen derecho a los beneficios de la Fuerza de Tareas y deben registrarse. Los padres e hijos que se encuentran en Estados Unidos, independientemente de su estatus de reunificación, también tienen derecho a la asistencia y los beneficios del Grupo Operativo de Reencuentro Familiar y deben inscribirse.
Podría no calificar para el reencuentro familiar y servicios de apoyo si:
- Usted no es uno de los padres o tutor legal de un niño separado por el gobierno de los Estados Unidos en la frontera USA-México; o
- Usted no es un niño que fue separado de sus padres o tutor legal por el gobierno de los Estados Unidos en la frontera USA-México; o
- La separación sucedió antes del 20 de enero del 2017 o después del 20 de enero del 2021.
Pasos para las familias que califican
Si cree que usted califica para el reencuentro familiar y servicios de apoyo, debe:
- Paso 1: Complete la registración. Solo necesita una registración por familia y debe incluir a todos los miembros de la familia separados en la frontera U.S.A-México.
- Paso 2: El Family Reunification Task Force (Grupo Operativo de Reencuentro Familiar) confirmará si califica para enviar una solicitud con el apoyo del Family Reunification Task Force (Grupo Operativo de Reencuentro Familiar) a través de la Organización Internacional para las Migraciones. La Organización Internacional para las Migraciones es una entidad de confianza en asociación con el gobierno de los Estados Unidos que ayuda a asegurar una migración humana. Si es necesario, el Family Reunification Task Force (Grupo Operativo de Reencuentro Familiar) podría contactarlo para pedir información adicional.
- Paso 3: Si se determina que usted califica, un representante de la Organización Internacional para las Migraciones lo contactará (o a su representante legal) para ayudarlo a comenzar el proceso de reencuentro familiar.
- Paso 4: Un representante de la Organización Internacional para las Migraciones le ayudará a preparar y enviar la solicitud y obtener los documentos necesarios, como pasaportes y documentos de salida. Para las personas que se encuentran actualmente en Estados Unidos, un representante de la Organización Internacional para las Migraciones le ayudará a preparar la presentación de una solicitud de permiso humanitario.
- Paso 5: Un representante de la Organización Internacional para las Migraciones también lo ayudará a determinar si otros miembros inmediatos de su hogar pueden enviar una solicitud para permiso humanitario a través de este proceso.
- Paso 6: Una vez recibida su solicitud, el gobierno de los Estados Unidos tiene la meta de aprobar o rechazar su solicitud de permiso humanitario dentro de 60 días; sin embargo, algunos casos pueden tardar más.
- Paso 7: Si su solicitud para permiso humanitario es aprobada, usted tendrá autorización de vivir en los Estados Unidos por tres años. Al ingresar a los Estados Unidos, o si se encuentra actualmente en los Estados Unidos, será elegible para solicitar un permiso de trabajo y servicios que ayuden a reducir su nivel de estrés y brinden apoyo emocional durante el reencuentro con su familia. Se le proveerá información sobre cómo acceder a esos servicios.
¿Debe completar el registro para solicitar de permiso humanitario?
Usted puede solicitar permiso humanitario sin completar la registración provista en este sitio web. Sin embargo, para recibir cualquiera de los servicios elegibles que se indican a continuación, debe registrarse en este sitio.
Si se registra a través de este sitio:
- Recibirá ayuda de la Organización Internacional para las Migraciones para obtener documentos y presentar los formularios correspondientes.
- Su solicitud para permiso humanitario con USCIS se procesará de forma acelerada.
- Su solicitud para el permiso de trabajo se procesará de forma acelerada (si es que elige solicitar un permiso de trabajo).
- Será identificado como elegible para recibir otros servicios más rápido.
- Recibirá los servicios mencionados anteriormente de forma gratuita.
Si no se registra a través de este sitio
- Podrá solicitar permiso humanitario por separado con el USCIS, pero su solicitud no se agilizará y puede estar sujeta a la tasa de solicitud.
- No recibirá ayuda de la Organización Internacional para las Migraciones con su solicitud.
- Puede solicitar el permiso de trabajo por separado con el USCIS, pero su solicitud no se acelerará y puede estar sujeta a la tasa de solicitud.
- No podrá recibir ciertos servicios de apoyo financiados por el gobierno.
Qué esperar después
Luego de registrarse, el Family Reunification Task Force (Grupo Operativo para el Reencuentro Familiar) determinará si califica para enviar una solicitud con el apoyo del Family Reunification Task Force (Grupo Operativo para el Reencuentro Familiar) a través de la Organización Internacional para las Migraciones.
Si califica, un representante de la Organización Internacional para las Migraciones contactará a su representante legal o a usted para ayudarlo con los pasos siguientes en el proceso de reencuentro familiar.
Registrese Aquí
Última Actualización: Febrero 16 de 2023
Fuente: www.juntos.gov
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