Perdón Migratorio Por Presencia Ilegal En Estados Unidos
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La presencia ilegal es el periodo cuando usted está en Estados Unidos sin ser admitido o haber recibido permiso de ingreso o cuando no está en un “periodo de estadía autorizado por el Secretario”. Usted será inelegible (a menos que le aplique una excepción):
Usted puede encontrar estas causales de inadmisibilidad en la sección (a)(9)(B)(i)(I) y la sección (II) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) (causales de inadmisibilidad de 3 y 10 años por presencia ilegal) y en INA212(a)(9)(C)(i)(I) (causal de inadmisibilidad permanente por presencia ilegal).
Determinar si usted es inadmisible después de haber acumulado presencia ilegal le aplica a usted puede ser complicado. Si necesita ayuda o asesoría legal sobre asuntos de inmigración, asegúrese que la persona que le ayuda está autorizada para brindar consejo legal.
Si usted es un no ciudadano y no es un residente permanente legal de Estados Unidos, podría ser inadmisible (a menos que le aplique una excepción) si:
Este periodo reglamentario de 3 años de inadmisibilidad comienza cuando usted sale o es removido de Estados Unidos.
Usted no es inadmisible bajo la causal de inadmisibilidad por presencia ilegal de 3 años si acumuló más de 180 días pero menos de 1 año de presencia ilegal y sale de Estados Unidos después de comenzado sus procesos de remoción, pero antes de que se cumpla 1 año. Aún si usted no es sujeto a la causal de inadmisibilidad por presencia ilegal de 3 años en este caso, usted podría ser inadmisible por otras razones (por ejemplo, las razones de base de su remoción, tal como actividad delictiva). Usted también podría ser inadmisible por no comparecer a los procesos de remoción y/o si el juez de inmigración ordenó su remoción en ausencia (aún si usted no compareció a la audiencia debido a su salida). Si usted sale de Estados Unidos después de que comiencen los procesos de remoción, es su responsabilidad informar a la Oficina Ejecutiva para Revisión de Casos de Inmigración .
Si usted es un no ciudadano y no es un residente permanente legal de Estados Unidos, usted podría ser inadmisible (a menos que le aplique una excepción) si:
La causal de inadmisibilidad por presencia ilegal de 10 años aplica ya sea que haya salido antes, durante, o después de que DHS haya iniciado los procesos de remoción.
Este periodo reglamentario de 10 años comienza cuando usted sale o es removido de Estados Unidos.
Si usted es inadmisible bajo la causal de inadmisibilidad por presencia ilegal de 3 años o de 10 años, podría ser elegible para solicitar una exención de la causal por inadmisibilidad. Los requisitos y procedimientos legales para solicitar la exención dependerán del beneficio de inmigración que usted desee obtener.
Si usted es un no ciudadano podría ser inadmisible permanentemente bajo INA 212(a)(9)(C)(i)(I) si:
“Periodo Total” significa el número total de días de presencia ilegal que usted acumuló durante todas sus estadías en Estados Unidos combinadas.
Si la causal de inadmisibilidad permanente por presencia ilegal le aplica a usted, usted será inelegible permanentemente a:
Aunque usted es inadmisible permanentemente bajo esta causal, usted podría pedir permiso para volver a solicitar admisión a Estados Unidos, pero solo si usted ha estado fuera de Estados Unidos durante al menos 10 años desde la fecha de su última salida. Este permiso es llamado “consentimiento para volver a solicitar admisión” a Estados Unidos. Usted debe solicitar el consentimiento para volver a solicitar admisión desde fuera de Estados Unidos. Si su solicitud de consentimiento para volver a solicitar admisión es denegada, entonces usted permanece inadmisible bajo esta causal. Puede obtener más información sobre consentimiento para volver a solicitar admisión en la página Formulario I-212, Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Admisión a Estados Unidos Después de Deportación o Remoción .
Pueden existir otras maneras para superar esta causal de inadmisibilidad, dependiendo del beneficio de inmigración que usted solicita. Vea la sección Si una Causal de Inadmisibilidad por Presencia Ilegal le Aplica a Usted para más información.