Venezolanos que traten de ingresar ilegalmente a Estados Unidos serán devueltos a México
Para reducir la cantidad de personas que llegan a la frontera suroeste...
El 12 de octubre de 2022, Estados Unidos anunció un nuevo proceso que permite a los nacionales venezolanos y sus familiares inmediatos venir a Estados Unidos. Este proceso proporciona una forma segura y ordenada para que los nacionales venezolanos que están fuera de Estados Unidos y no tienen documentos de entrada a Estados Unidos sean considerados, caso por caso, para autorización adelantada para viajar y un periodo de permiso de permanencia temporal por hasta dos años por razones humanitarias y de beneficio público. Para participar en este proceso, los nacionales venezolanos deben:
Las personas que participan en el proceso deben tener una persona de apoyo en Estados Unidos que acepte proporcionarles apoyo económico durante la duración de su permiso de permanencia temporal en Estados Unidos.
El primer paso del proceso es que la persona de apoyo que está en Estados Unidos presente un Formulario I-134, Declaración de Patrocinio Económico, con USCIS, para cada nacional venezolano o familiar inmediato que deseen apoyar, incluidos los menores de edad. El gobierno de Estados Unidos luego investigará a la persona de apoyo para asegurarse de que esta pueda apoyar financieramente a la persona a quien ha aceptado apoyar.
Una persona puede ser de apoyo si tiene un estatus legal en Estados Unidos o es una persona que recibió un permiso de permanencia temporal (parolee) o beneficiario de acción diferida o salida forzada diferida (DED) que ha pasado la investigación de seguridad y antecedentes y ha demostrado tener recursos financieros suficientes para recibir, mantener y apoyar a las personas a las que se comprometen a apoyar durante la duración de su estadía en Estados Unidos.
Algunos ejemplos de personas que cumplen con el requisito de persona de apoyo incluyen:
El beneficiario es un nacional venezolano (o su familiar inmediato) que está fuera de Estados Unidos y puede ser considerado para el permiso de permanencia temporal bajo este proceso. Los familiares inmediatos en este proceso incluyen:
Las personas de apoyo que están en Estados Unidos iniciarán una solicitud con USCIS a nombre del nacional venezolano o del nacional venezolano y sus familiares inmediatos que no son venezolanos mediante el envío del Formulario I-134 a USCIS por cada beneficiario, incluidos los hijos menores de edad. Las personas de apoyo pueden ser personas que presenten las solicitudes de manera independiente, con otras personas o que representen a una entidad. No se requiere una tarifa para presentar el Formulario I-134.
Para servir como persona de apoyo, una persona o persona que represente a una entidad debe:
Las personas de apoyo que presenten el Formulario I-134 a nombre de un beneficiario bajo el proceso para venezolanos deben estar dispuestos y ser capaces de recibir, mantener y apoyar al beneficiario que figura en el Formulario I-134 durante la duración de su permiso de permanencia temporal. Ejemplos de estos tipos de apoyo para los beneficiarios que las personas de apoyo deben tener en mente al considerar su capacidad para cumplir con este compromiso incluyen:
Las personas de apoyo deben incluir el nombre del beneficiario en el Formulario I-134. Las personas de apoyo no pueden presentar un Formulario I-134 en nombre de un beneficiario no identificado. Una persona de apoyo puede aceptar apoyar a más de un beneficiario, como por ejemplo, diferentes miembros de un grupo familiar, pero debe presentar un Formulario I-134 por separado para cada beneficiario.
Las personas de apoyo deben presentar un Formulario I-134 por separado para cada beneficiario, incluso para los niños menores de edad. Varias personas de apoyo pueden unirse para apoyar a un beneficiario. En este caso, una persona de apoyo debe presentar un Formulario I-134 e incluir en su solicitud la evidencia complementaria que demuestre la identidad y los recursos que proporcionarán las personas de apoyo adicionales y adjuntar una declaración que explique la intención de compartir la responsabilidad de apoyar al beneficiario. La capacidad de estas personas de apoyo de apoyar a un beneficiario se evaluará colectivamente.
Las organizaciones, empresas y otras entidades pueden desempeñar un papel fundamental en proporcionar apoyo a los venezolanos que lleguen a través de este proceso. Aunque se requiere que una persona presente y firme el Formulario I-134, la persona puede hacerlo en asociación con o a nombre de una organización, empresa u otra entidad que proporcionará parte o la totalidad del apoyo necesario al beneficiario. Las personas de apoyo individuales que presenten una solicitud con o a nombre de una organización, empresa u otra entidad deben presentar evidencia del compromiso de la entidad de apoyar al beneficiario cuando presenten el Formulario I-134. Esto se puede demostrar a través de una carta de compromiso u otra documentación de un funcionario u otro representante creíble de la organización, empresa u entidad que describa el apoyo monetario u otro tipo de apoyo (por ejemplo, vivienda, necesidades básicas, transporte, etc.) que la entidad proporcionará al beneficiario específico. Las personas que presentan una solicitud en asociación con una organización, empresa u otra entidad no necesitan presentar su información financiera personal, si el nivel de apoyo demostrado por la entidad es suficiente para apoyar al beneficiario.
Las organizaciones que no forman parte del gobierno podrían ayudar a las posibles personas de apoyo y beneficiarios a prepararse para este proceso. El Departamento de Estado colaboración Welcome.us para proporcionar al pueblo estadounidense y al sector privado información sobre la acogida y el apoyo a las poblaciones de recién llegados.
Los beneficiarios no pueden presentar una solicitud directamente para este proceso. La persona de apoyo primero debe completar y presentar el Formulario I-134 con USCIS a nombre de un beneficiario venezolano e incluir información sobre ellos y detalles de contacto, como la dirección de correo electrónico. Si consideramos que el Formulario I-134 es suficiente, a discreción nuestra, le enviaremos al beneficiario información sobre el siguiente paso en el proceso para ser considerado para la autorización para viajar a Estados Unidos y la consideración al permiso de permanencia temporal en un puerto de entrada aéreo.
Una vez que los beneficiarios reciban su autorización de viaje, deben hacer arreglos para volar directamente a su destino final en Estados Unidos. Una vez que llegan al puerto de entrada interior, las personas serán inspeccionadas y consideradas al permiso de permanencia temporal. Aquellos que intentan ingresar a los Estados Unidos en puertos de entrada terrestres generalmente se les denegará la entrada.
Los pasos clave en el proceso incluyen: