Portada > Asilo / Refugio > Procesos y Procedimientos > ¿Cómo aplicar por asilo en Estados Unidos?

¿Cómo aplicar por asilo en Estados Unidos?



En esta ocasión responderemos a la tercera pregunta más frecuente de nuestros lectores: ¿Cómo solicitar asilo en Estados Unidos?


DAVID: Juan, justamente las cifras de personas que han llegado a la frontera entre México y Estados Unidos con el deseo de solicitar asilo o simplemente ingresar al país norteamericano de manera irregular ha aumentado progresivamente. Esto ha sido un fenómeno que se ha manifestado en países como Colombia. Según un llamado de preocupación de la Cancillería colombiana, hasta el mes de junio del 2022 se registraron 221.303 mil detenciones de connacionales que intentaron llegar a EE. UU. por las fronteras de México. Es la cifra más alta registrada desde hace dos décadas, que implicó un aumento del 24 % en comparación con el mismo mes del año pasado.



JUAN: Para responder a la pregunta de nuestros lectores y además entender el complejo y largo proceso de solicitud de asilo en Estados Unidos, invitamos a una abogada especialista en derecho constitucional, quien vive desde hace algunos años en el país norteamericano. Abogada Ingrid, por favor preséntese usted misma y cuéntenos ¿Desde hace cuántos años dejó de su país de origen y se radicó en Estados Unidos?


ABOGADA: Hola. Mi nombre es Ingrid Olarte Rojas. Soy de Bogotá, Colombia. Estudié Derecho, estudié leyes en la ciudad de Bogotá, en la Universidad Nacional de Colombia y soy especialista en derecho constitucional. Migré a los Estados Unidos desde el año 2016 por razones familiares. Y dentro de mi viaje conocí una organización que se llama American Jet Guys. Esta es una nonprofit, una ONG que se encarga de lo que tiene como meta apoyar y ayudar a los inmigrantes exclusivamente para temas de derecho migratorio.



DAVID: Abogada Ingrid, empecemos con lo básico y fundamental ¿Qué es el asilo? ¿Y por qué se origina la necesidad de crear esta figura?


ABOGADA: Es un derecho fundamental, es un derecho humano que se reconoce en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En la Declaración Americana de los Derechos Humanos. En la Convención Americana de Derechos Humanos. Y es una figura que se crea para proteger la palabra asilo significa protección, significa cuidado y es el derecho que tiene toda persona de ser protegido cuando es perseguido en su país de origen. El asilo se puede aplicar en cualquier país diferente al cual uno es originario y que haya firmado, o sea parte todas estas declaraciones o de todos estos de acuerdo de protección de derechos humanos, es decir, yo puedo aplicar por asilo no sólo en los Estados Unidos, yo puedo aplicar por asilo en cualquier país que haga parte dentro de estos acuerdos.



JUAN: hay dos términos que a veces solemos confundir: Asilo y refugio ¿Cuál es la diferencia?


ABOGADA: El asilo es una protección que dan los Estados a personas que en el extranjero o en sus países de origen sufren o han sufrido alguna violación de derechos humanos. Pero para aplicar por asilo tienes que cruzar las fronteras y ser tú quien elige el país en el cual quieres ser protegido, en el cual quieres ser asilado. La diferencia con la figura del refugio, que es un tipo de asilo. Tú tienes que permanecer en el país donde se están violando tus derechos y buscar ayuda de organizaciones como por ejemplo la ACNUR. La ACNUR es la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas que busca ayudar a las personas dentro del territorio en el que se genera la violación del derecho o dentro el lugar donde la persona está en peligro. Entonces la gran diferencia es para aplicar por asilo. Yo tomo la decisión de a qué país voy a aplicar el asilo y por mis propios medios. Tengo que llegar a ese país, tengo que cruzar las fronteras y llegar a ese país, llegar a la frontera y decir que voy a aplicar por asilo. El refugio es diferente. Yo busco las organizaciones o el centro de refugiados o la oficina de refugiados más cercana donde yo me encuentre y con ellos aplico por refugio y ellos con un procedimiento interno escogen el país al cual a mí me van a enviar como refugiado.



DAVID: Abogada, los porcentajes de personas que no les aceptan el asilo y son deportadas es muy alto, y esto es porque se necesita de unos requisitos fundamentales para solicitarlo, es decir, el asilo no es para cualquier persona.


ABOGADA: Yo tengo que pensar en cuatro requisitos fundamentales para aplicar por asilo. El primero de los requisitos es el siguiente: ¿Usted tiene miedo de regresar a su país?. Recordemos siempre esta palabra miedo, asilo, miedo. El asilo solamente es para aquellas personas que tienen miedo. Tengo miedo de regresar a mi país? Si la respuesta es sí. Primer requisito cumplido.


Segundo requisito del asilo. ¿Usted piensa que esa persecución de la cual ha sido víctima va a continuar en el futuro? Es decir, yo tuve una afectación en este momento por la cual estoy huyendo. Si yo no me voy, si yo no me voy o si regreso en el futuro, ¿esto que me causó daño va a continuar existiendo? Si la respuesta es sí. Segundo requisito cumplido, Tengo miedo de regresar a mi país y en el futuro puedo seguir siendo afectado por esto que me pasó.


Tercero, ¿Su gobierno lo protegió? Es decir, usted fue víctima de un crimen o un delito en terror de su país. ¿Usted buscó ayuda de su gobierno? Su gobierno lo protegió o fue su mismo gobierno que le causó este daño o esta afectación, que también se está viendo en muchos países alrededor del mundo, que son los gobiernos quienes son los que están causando el daño y dando las razones por las cuales las personas quieren salir a buscar asilo. Entonces si yo tengo miedo de regresar. Si mi gobierno no me protege. Aunque traté de buscar ayuda. O si esta afectación va a continuar en el futuro. Ya tengo tres de los cuatro requisitos cumplidos que en la mayoría de los casos aplica, verdad?


Y cuarto importantísimo, esta persecución que se me generó fue por una causa o característica protegida. Esta es la característica o el elemento más difícil de cumplir al aplicar por asilo, y es la razón general por la cual la mayoría de solicitudes son negadas. Cuando yo sea víctima de un crimen en mi país, puedo buscar protección. Pero desafortunadamente, no todos los crímenes o delitos son objeto para aplicar por asilo. Si yo soy víctima de delincuencia común, de estafa, de robo, de la pandemia. Este tipo de personas no pueden aplicar por asilo, porque son delitos generales o delitos comunes que deben ser arreglados o protegidos por el gobierno o por el país donde ocurrió el delito. Entonces, esto que yo puedo clasificar como delitos generales no pueden aplicar por asilo. Pero si esto malo, triste, peligroso que te pasó en tu vida, te pasó por las siguientes cinco razones .... religión, opinión, política, raza y nacionalidad. Si lo que te pasó te pasó por alguna de estas razones puedes tener algo que yo llamo como casos de asilo fuertes, porque son casos de asilos fáciles de demostrar, como demuestres que perteneces a una religión, fotos de facebook, videos de la iglesia, carta de tu pastor o que diga que tú perteneces a una comunidad religiosa. Reporta ante las autoridades por tu opinión política, recortes de prensa por tu raza, partida de nacimiento o registro de nacimiento y por tu nacionalidad igual. Entonces estos son casos fuertes que son probablemente defendibles. Pero hay 1/5 grupo que se deja abierto y es personas que pertenecen a grupos sociales particulares dentro del grupo de personas que pertenecen a grupos sociales particulares. Un caso fuerte son las personas que son perseguidas por su orientación sexual. Si tú has sido discriminado y perteneces a la población LGBTI, los un plus puedes aplicar porque incluso para mi concepto particular, ellos deberían tener también una clasificación especial, porque por lo menos en la situación latinoamericana, es una población que sigue siendo altamente perseguida en alta peligrosidad



JUAN: Abogada Ingrid, normalmente las personas que llegan a la frontera entre México y Estados Unidos, pasan por muchos momentos difíciles y posiblemente pierdan pruebas o evidencias que sustentan su huída del país de origen ¿Usted que recomendaría?


ABOGADA: Tú no cruzas el río con un montón de documentos debajo del brazo para tratar de explicar tu situación. Pero sí, sería muy importante y aconsejable que todos tus documentos los dejes en un correo electrónico o lo dejes en manos de alguien que en algún momento de urgencia te los pueda hacer llegar. Porque esto va a ser lo que va a servir para demostrar que tu historia es real


¿Qué son pruebas o evidencias? Cualquier cosa que tu imaginación te dé para demostrar que tu historia real son fotos, cartas de testigos, reportes de prensa, vídeos, amenazas de una foto de la amenaza y reportes médicos.


Cuando tú cruces la frontera, te entregan documentos de muchas organizaciones que te pueden ayudar. Te van a preguntar más o menos hacia qué región vas a estar, en qué estado vas a estar? Y mi consejo siempre es que en cuanto en cuanto cruces, lo primero que tienes que hacer es buscar ayuda. No dejes que el tiempo pase porque el tiempo pasa muy rápido. Y cuando nos demos cuenta, ya ha pasado el año que yo tengo para aplicar por asilo. ¿Dónde puedo buscar ayuda si no conozco alguna organización que me pueda ayudar? En las escuelas, en las iglesias, en los hospitales y en las bibliotecas o librerías. Ellos siempre van a tener información de qué organizaciones te pueden ayudar, porque desafortunadamente los costos de abogados en los Estados Unidos son altísimos.


DAVID: Abogada, sabemos que hay tres formas de aplicar al asilo dependiendo de la manera en que las personas cruzan la frontera: El proceso afirmativo; La Entrevista de Méritos de Asilo después de una determinación positiva de temor creíble; y El proceso de defensa de asilo. Entonces vamos a nombrar uno por uno y por favor explíquenos en qué caso se aplica cada uno y cuáles son sus características.



JUAN: Primero: Proceso afirmativo


ABOGADA: Tú cruzaste la frontera caminando, te entregas a un oficial de asilo y le dices el oficial que quieres aplicar por asilo. Primera posibilidad para el proceso afirmativo. Cuando tu curso en la frontera, después de que te preguntan tu nombre, tu información biográfica, si tienes pasaporte o no, y si conoces a alguien o tienes un sponsor, van a preguntarte y te van a clasificar en uno de los grupos. La mayoría de hombres que vienen solos, claro, son el grupo más grande. Son las personas que más detienen en la frontera y no los dejan cruzar, sino que los envían a lo que se llaman centros de detención. No son cárceles porque tú no estás cometiendo ningún delito penal o criminal. Pero si te enviaban a este centro a detenerte hasta saber cuál es tu situación. También hay centros de detención para familias, aunque son menores y más pequeños. Y cuando los menores de 18 años cruzan solos, siempre son enviados a centros para menores, porque no te pueden liberar a menos de que este menor tenga contacto con una persona que se haga responsable de ellos. Pero dentro de este grupo de personas no los pueden detener a tantos, como te contaba hace un momento, no pueden ser 300, 400.000 personas que cruzan por mes. No hay tantos centros de detención, los centros de acogida.


Muchas de las personas son liberadas, simplemente se les da un documento en el que les dicen a las personas que tienen que buscar ayuda y tienen que buscar presentarse ante el juez. Eso es a lo que tú llamas asilo afirmativo. Como las personas todavía no tienen una citación para un juez, es obligación de estas personas que sean liberadas en la frontera. Obligación buscar ayuda y buscar ayuda porque tienen un año máximo para presentar la solicitud de asilo. La otra posibilidad es que tú entres a los Estados Unidos con visa de turismo, de paseo, con una visa de estudiante o con alguna visa de trabajo. Y ya estando en el territorio de los Estados Unidos, quieres aplicar para asilo porque no quieres regresar a tu país, porque las personas que también entran con algún tipo de permiso también tienen el derecho de aplicar por asilo si consideran que su vida ha estado en riesgo. Entonces, en estos casos, que aún no se ha puesto en conocimiento de un juez de migración, tu situación es cuando hablamos de proceso de asilo. Afirmativo


DAVID: Para quienes son detenidos y no son liberados bajo el proceso afirmativo, pasan por la segunda manera de aplicar al asilo...



JUAN: Segundo: La Entrevista de Méritos de Asilo después de una determinación positiva de temor creíble O Entrevista de miedo creíble.


ABOGADA: En este grupo están la mayoría de personas que cruzan la frontera sin documentos y se ponen en conocimiento de un oficial de migración que quieren aplicar por asilo. Recordemos que la palabra asilo significa protección o cuidado. Entonces, quiero que me protejan en los Estados Unidos. Las personas cruzan poner en conocimiento de un oficial que quieren aplicar por asilo y el oficial le dice está bien, pero su proceso va a comenzar con algo que se llama entrevista de miedo creíble o entrevista de determinación positiva de temor creíble.


Esta entrevista de miedo creíble consiste en los siguientes: Hablar con un oficial por teléfono. Y explicaré las razones por las cuales tú vienes huyendo de tu país. Es una entrevista bastante complicada porque nadie está lista para presentarla y es de la siguiente manera: Tú tienes un derecho fundamental en el proceso de asilo y es que todo tu proceso sea en idioma materno o en el idioma que tú más hables. ¿Lo primero que te van a preguntar es cuál es tu idioma con el que eres más fluido o entiendes mejor? Si tenías un poquito de inglés, no te atrevas a decir que hablas el inglés. Es mi recomendación, porque cuando tú estás nervioso estás en una situación de alto estrés. Se te olvida completamente el manejo del segundo idioma. Entonces, la recomendación es siempre hacer estas entrevistas o todo el proceso con un intérprete en el idioma que tú más entiendas. Pero como en el idioma que tú más entiendes, en este caso el español, vas a tener que utilizar un intérprete. ¿Quién te va a suministrar el intérprete? Migración. Ellos te consiguen del intérprete y por teléfono vas a tener esta entrevista.


Te van a hacer unas preguntas introductorias y después, a través del intérprete, te van a preguntar cuáles son las razones por las cuales tú vienes huyendo de tu país. Y vas a tener que explicar cuáles son como todos. Es la prueba más importante de que tú vienes huyendo. Es tu palabra, tu testimonio, lo que tú estás tratando de explicar.


Pero para demostrar que tu caso es real, lo ideal es que tengas algo que se llaman pruebas o evidencias de lo que te ocurrió en tu país y que generó tu salida de tu país.


Y después te presentas esta entrevista de miedo creíble. El oficial va a determinar si te cree o no te cree. La respuesta puede ser positiva o la respuesta puede ser negativa. Si el oficial te cree que tienes miedo creíble, el oficial te va a permitir iniciar el proceso de asilo, porque tú hasta ahora no has iniciado nada. Tú solamente inicias una aplicación de asilo cuando envías la documentación a la oficina correspondiente, mientras tu me envías una aplicación que es la forma I589 para las personas que la quieran buscar en Internet. La forma I589 es en este documento en el cual tu pones tu información y explica las razones por las cuales vienes huyendo de tu país. Hasta que tu no empieces. Aplicación. Tú no has empezado la solicitud de asilo. Cuando la entrevista de miedo es positiva y el oficial te dice que sí te cree, puedes iniciar ese proceso. Si el oficial durante la entrevista determina que tu razones no son válidas o no tienes forma de demostrar que tu historia es real, vas a tener una respuesta negativa en esa entrevista y el oficial te va a poner en proceso de deportación. En ese momento tú vas a tener la oportunidad de solicitar que un juez revise la entrevista y será el juez quien determine si el oficial estuvo en lo correcto o si la información fue malinterpretada por el oficial. El juez toma la decisión final. Si el juez dice que, que que si puedes aplicar por así, lo puedes iniciar el proceso. Pero si el juez dice que no puedes aplicar y ya tiene dos negativos, el oficial del juez vas a ser deportado para tu país.



JUAN: Tercero: El proceso de defensa de asilo.


ABOGADA: En este procedimiento de defensa aplica cuando las personas ya tienen una decisión negativa en su contra, es decir, cuando ya tienen un proceso de remoción ante un juez y ellos quieren aplicar para que ese proceso de remoción, de quitar, de salir de los Estados Unidos les sea eliminado.

Ahí puedes tomar la decisión de la apelación si no apelas, o después de la apelación y de la decisión negativa del juez. Creo que te dan 30, 60 días para abandonar el país. ¿Qué es lo que estamos viendo en la realidad? Porque una cosa es el papel que otra cosa muestra en la realidad del proceso. Y es que tristemente, las personas se quedan. Las personas se quedan porque ya han hecho una vida o porque definitivamente no pueden regresar a sus países y se quedan como indocumentados. Y si después de tener un proceso, una negativa, ya se quedan con una orden de deportación.


Cuando te deportan. Como te decía, tienes que regresar al país que puede expedir un pasaporte del cual tú eres ciudadano. Es el único país que te va a recibir. Eres deportado, regresas y tienes una sanción de diez años, es decir, durante diez años, después de que tú sales del país, después de que tú eres deportado del país durante diez años, no vas a poder aplicar a ningún tipo de visa para ingresar a los Estados Unidos. Ni de turismo, ni de trabajo, ni de estudios, ni peticiones familiares. Bueno, en el caso de peticiones familiares se puede aplicar por unos perdones, pero la sanción es de diez años. ¿Pero qué pasa? Tu sanción es de diez años. Pero si tú regresas a tu país y esta condición de peligro continúa y ya tienes las pruebas. Y son nuevos hechos, nuevas circunstancias, no las que ya le explicaste al juez y son nuevas. Tú sigue siendo víctima y después de entender un poco el proceso de asilo, piensas que si cumple los requisitos tú puedes volver a aplicar por así puedes volver a aplicar por asilo, no solamente en los Estados Unidos



DAVID: ¿Cómo las personas pueden hacer seguimiento? ¿Cuánto puede tardar la respuesta de un juez?


ABOGADA: Cuando tú cruzas la frontera de los está en cualquiera. Las fronteras de los Estados Unidos y empiezas un proceso con inmigración, migración te va a dar un número. Entonces tú ya no te vas a llamar David, sino que vas a llamar número a número de alguien. Número de extranjero es un código de nueve dígitos, el cual te va a identificar durante toda tu vida en los Estados Unidos. Te entregan ese código, ese número va. Y con ese número, con ese código tú puedes.


Hay una línea de teléfono y hay una página en internet donde tú pones el número y tu nombre. Puedes consultar en qué va tu proceso. Cuando a ti te preguntan cuando cruzan la frontera y te preguntan tu dirección, es porque a esa dirección te van a estar enviando las notificaciones, las citaciones y como va tu proceso. Por eso es tan importante que las personas den una dirección real y que si se mudan de dirección le avisen a la corte donde está siguiéndose su proceso. O a los oficiales que los están vigilando, que lo informen siempre de la dirección real.


En el pasado hemos visto que una solicitud de asilo puede durar entre tres y siete años. Los procesos son larguísimos y en este momento Migración debe tener un retraso de más de 1.000.700 solicitudes o más 700 solicitudes, represalias, lo que vuelve los procesos muy lentos, muy lentos y que puede durar años sin que alguien tome una decisión. ¿Qué es lo triste? que pareciera que la vida se te .congelara de verdad, quedas con una petición ante un oficial durante siete años y en tu vida no puedes volver a salir del país. No puedes regresar a tu país claramente porqué estás huyendo de él y permaneces en una situación un poco débil en los Estados Unidos. Pero después de que tú envías tu solicitud de asilo. Al año de haber enviado la solicitud, te dan la posibilidad de aplicar para lo que se llama permiso de trabajo.


JUAN: Abogada, para finalizar nuestro episodio me interesa saber ¿Qué pasa con una persona cuando tiene el asilo? ¿Qué posibilidades de visa tiene en Estados Unidos?


ABOGADA: La idea del asilo es que te puedas quedar con un estatus, es decir, con regularizar tu situación en los Estados Unidos, con la no solamente de los Estados Unidos cuando tú ganas tu solicitud de asilo. Y ya tienes el estatus de asilado. Si ya te dieron esa condición para poder permanecer en los Estados Unidos después de unos años, tú vas a poder aplicar por una residencia y vas a poder volverse residente durante un tiempo. Vas a poder demostrar que eres un buen, una buena persona, que no cometes delitos, que paga sus impuestos, que eres un buen padre de familia, que eres un buen trabajador. Después de ese tiempo tú puedes aplicar para una residencia y después de la residencia tener la residencia por cinco años. Tú puedes aplicar para la ciudadanía, es decir, el asilo es un caminito largo, complicado para el final. Si haces las cosas bien, poder volverte ciudadano a los Estados Unidos


DAVID: Mil gracias a la abogada Ingrid Olarte Rojas por ayudarnos a entender el proceso del asilo de una manera desmenuzada y sencilla. La solicitud de asilo es un proceso largo y muy complejo, pero es una oportunidad para salvaguardar la vida de cientos de personas que corren peligro en sus países de origen. Es importante que quienes nos escuchen sigan los consejos de la abogada, se informen y se asesoren con las organizaciones de derechos humanos para poder tener éxito en este camino.










Última Actualización: Septiembre 21 de 2022
Fuente: Tutor de Visas Podcast inmigracionyvisas



Comparta este articulo en:





Estos artículos también te pueden interesar:

Residencia Permanente para Refugiados en Estados Unidos




Los refugiados pueden solicitar el estatus de residente permanente legal después que han estado físicamente...

Cómo solicitar hijos e hijas siendo refugiado o asilado en Estados Unidos




Para asuntos relacionados con asilo y refugio, se define un hijo/a como una persona soltera menor de 21...