Costa Rica y Honduras exigen visa a ciudadanos venezolanos
Costa Rica exige visa a ciudadanos venezolanos
El gobierno de Costa Rica a través de la directora general del Servicio de Migración y Extranjería Raquel Vargas informo que el país busca implementar una política de migración ordenada, segura y regular, para lo cual se estableció que desde el 21 de febrero de 2022 todo ciudadano venezolano que desee ingresar al país deberá solicitar visa.
Esta medida fue publicada en la Gaceta Diario Oficial del país el pasado 17 de febrero de 2022, donde expresa:
Las personas nacionales de Venezuela deberán tramitar visa consultada para ingresar a territorio nacional ante los consulados de Costa Rica debidamente acreditados en el exterior, según lineamientos que se emitirán por la Dirección General de Migración y lo dispuesto en el Reglamento para el Otorgamiento de Visas de Ingreso a Costa Rica (Decreto Ejecutivo N° 36626-G).
No obstante lo anterior, únicamente en casos de emergencia o fuerza mayor, se autoriza a los cónsules costarricenses para que emitan directamente la visa, sin necesidad de consulta a esta Dirección General. En este supuesto el cónsul deberá verificar bajo su responsabilidad, las razones que argumenta el solicitante.
Es importante recordar que desde el 2020 la Embajada y el Consulado de Costa Rica cerraron sus oficinas en territorio venezolano, por lo cual tramite migratorio deberá realizarse en consulados o embajadas cercanas, como por ejemplo ecuador o Colombia.
Las solicitudes de visa provisional por reunificación familiar a favor de padres adultos mayores o hijos menores de edad o mayores con discapacidad debidamente comprobada y cónyuge, de personas costarricenses o extranjeras residentes permanentes o temporales en Costa Rica con domicilio en el territorio nacional, podrán ser presentadas ante la Unidad de Visas de esta Dirección General, oficinas centrales en La Uruca, San José
En cuanto a las visas de tránsito quienes pretendan ingresar al país vía aérea bajo la categoría migratoria de No Residente, subcategoría Persona Extranjera en Tránsito, para efectuar el cambio de aeronave, deberá presentar obligatoriamente los requisitos y respetar los procedimientos, que al efecto establezca esta Dirección General.
De acuerdo a lo anterior y ante la Circular DG-0002-02-2022-DG, emitida por la Dirección General de Migración y Extranjería se establecen los siguiente parámetros:
Para Ingresar a Costa Rica por Primera vez:
- Presentar su pasaporte con un día de vigencia.
- Disponer de 100 dólares en efectivo por persona. Por cada mes de turismo.( mostrar ante el funcionario de migración)
- Disponer del comprobante de vacuna de fiebre amarilla.
- Tener boleto de retorno.
- Formulario del salud salud.go.cr
- Certificación de vacunación contra el COVID (carnet)
- Visa de Turismo, transito o vinculo familiar.
- No tener impedimento de ingreso al territorio nacional.
Datos Importantes:
- Para la solicitud de visa deberán dirigirse hacia los consulados de Costa Rica. rree.go.cr
- Si te encuentras en Venezuela deberás realizar tu solicitud a través del consulado más cercano de Venezuela y realizar su trámite de manera digital por medio de los correos de los consulados.
- De acuerdo con la Resolución N°AJ-060-04-2019-JM, de las catorce horas con cincuenta y cinco minutos del veintinueve de abril de dos mil diecinueve, para efectos de control migratorio se aceptará el pasaporte y su correspondiente prórroga, hasta con un día de vigencia.
- De acuerdo a la Resolución N°AJ-117-10-2019-JM, de las catorce horas con cincuenta y cinco minutos del día siete de octubre de dos mil diecinueve, publicada en La Gaceta N°199, del veintiuno de octubre de dos mil diecinueve, se establece que, se acepta la prórroga automática de los pasaportes venezolanos por cinco años, a partir de su vencimiento, como documento de viaje válido, para el ingreso o egreso del país, lo cual, sólo aplica para nacionales de Venezuela que hayan ingresado al país antes de la publicación de la resolución mencionada; es decir que hayan ingreso al país antes del 21 de octubre de 2019.
- De acuerdo con la Resolución N°AJ-060-04-2019-JM, de las catorce horas con cincuenta y cinco minutos del veintinueve de abril de dos mil diecinueve, serán aceptados en las solicitudes de visa de las personas nacionales de Venezuela los certificados de antecedentes penales emitidos por parte de la autoridad oficial venezolana que sean enviados al titular vía correo electrónico, con firma digital del funcionario competente pero que carezcan de la formalidad de la apostilla, siempre que se demuestre la debida verificación por parte de la Embajada de Venezuela acreditada en Costa Rica, conforme a la información oficial que conste en la página web del Ministerio del Interior y Justicia de ese país.
Venezolanos exentos del visado de ingreso a Costa Rica:
- Si posee visa de turismo, visa de tripulante o visa de negocios de los Estados Unidos (tipo de visa: B1-B2, B1 o B2, visa tipo D, C1/D de múltiples ingresos) y Canadá (exclusivamente visa múltiple).
- Si posee visa de permanencia legal de Estados Unidos y Canadá con vigencia mínima de 6 meses.
- Si poseen permanencia legal con múltiples ingresos, con vigencia mínima de 6 meses de los países Suiza, Inglaterra, Gales, Escocia, Irlanda del Norte y los países de la Unión Europea.
- Si posee residencia oficial vigente en el país.
Honduras exige visa a ciudadanos venezolanos
El gobierno de Honduras a través del Ministerio de Relaciones Exteriores anunció la implementación de visa a los venezolanos que quieran ingresar al país, la medida busca aplicar "el criterio de reciprocidad", pues los hondureños necesitan visa para ingresar a Venezuela.
Este requisito de aplicación inmediata, tendrá un costo de 100 dólares, además de cumplir con los siguientes requisitos de visa consultada:
- Solicitud dirigida al Instituto Nacional De Migración, consignando la dirección y número de teléfono de contacto, correo electrónico del responsable y del apoderado legal. (debe de presentar dos (2) expediente un original y una copia.
- CARTA PODER, (autenticada)otorgada por el responsable, al apoderado legal con la dirección exacta del abogado número de colegiación número de telefónico fijo de la oficina o de la casa y/o celular, correo electrónico.
- ACTA DE RESPONSABILIDAD, Autenticada por notario, extendida por el solicitante de la visa consultada, con las generales de ley, número telefónico y correo electrónico; responsabilizándose por la subsistencia del extranjero, durante la permanencia en Honduras, por la salida al vencimiento del tiempo autorizado y notificar al Instituto Nacional de Migración cualquier cambio que se dé durante su estadía en Honduras.
- Copia fotostática de la Tarjeta de identidad o Carné de Residencia del Responsable, autenticada por notario.
- Copias Fotostáticas, Legible Del Pasaporte de La Persona Para quien Se Solicita Su Ingreso (Apostillado O Autenticado)
- certificado médico del país de origen, (apostillado o autenticado) Art. 80 Y 81 de la ley de migración y extranjería.
- certificado de antecedentes penales o policiales del país de origen, (apostillados o autenticados)
- pago de Cien Dólares ( $100.00), por tarifa de visa consultada, por persona, articulo 127 numeral 12.
- Croquis y fotografía del lugar donde se hospedara el beneficiario durante su permanencia en Honduras.
- Cualquier otra información o documento que requiera el Instituto Nacional de Migración, para la más acertada decisión del asunto.