El periodo de registro inicial para la cantidad límite de visas H-1B del año fiscal 2023 abrirá el 1 de marzo...
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos exhorta a los solicitantes elegibles a considerar solicitar la transferencia de la base subyacente de su solicitud de ajuste de estatus a la primera (trabajadores prioritarios) y segunda (no ciudadanos en profesiones con grados avanzados o de habilidades excepcionales) categorías de prioridad basadas en el empleo, porque existe una cantidad excepcionalmente alta de visas de inmigrante basadas en el empleo disponibles en estas categorías durante este año fiscal (octubre 2021 a septiembre 2022).
El límite anual general basado en el empleo para el año fiscal 2022 es aproximadamente el doble de lo habitual, porque ese límite incluye todos los números de visas patrocinadas por la familia que no fueron utilizadas durante el año fiscal 2021, lo que fue de aproximadamente 140,000.
Además, en virtud de la legislación pertinente, cualquier visa no requerida en la quinta categoría de preferencia basada en el empleo están disponibles en la primera categoría de preferencia basada en el empleo, y cualquier visa no requerida en la primera categoría de preferencia basada en el empleo está disponible en la segunda categoría basada en el empleo.
Estas visas no pueden ponerse a disposición de los solicitantes en la tercera categoría de preferencia basada en el empleo porque, dado el número significativo de no ciudadanos que esperan visas en la segunda categoría de preferencia basada en el empleo, estas visas están obligadas por ley a ser utilizadas para la segunda categoría de preferencia.
Usted puede ser elegible para transferir la base subyacente de su Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, a una categoría de inmigrante basada en empleo diferente basada en otro Formulario I-140, Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero por medio de la nueva dirección postal a continuación
USCIS puede, a su discreción, conceder una solicitud de transferencia si se cumplen los siguientes criterios:
Debe solicitar por escrito que USCIS transfiera la base subyacente de su Formulario I-485 pendiente de una base a otra categoría de inmigrante.
En ciertos casos, también debe enviar un I-485 Suplemento J, Confirmación de Oferta de Trabajo de Buena Fe o Solicitud de Portabilidad de Trabajo completado bajo la Sección 204(j) de INA con su solicitud de transferencia. El propósito del Suplemento J es confirmar la validez del trabajo que se le ofrece en la petición de inmigrante que desea utilizar como base para su solicitud de transferencia.
USCIS no proporciona una respuesta por escrito para las solicitudes de transferencia. Sin embargo, emitiremos notificaciones de recibo del Suplemento J. La solicitud por escrito para transferir la base subyacente debe contener, como mínimo, información suficiente para que USCIS identifique el Formulario I-485 pendiente y la petición de inmigrante que le gustaría usar como la nueva base para su solicitud (por ejemplo, número de recibo o número A).
Solo las solicitudes de transferencia acompañadas de un Suplemento J deben enviarse a la dirección anterior, y los solicitantes no deben enviar otros formularios, documentos o pruebas a esta dirección. Sin embargo, USCIS procesará las solicitudes de transferencia por escrito enviadas sin un Suplemento J enviado a esta dirección antes del 4 de marzo de 2022.
Si ya ha enviado una solicitud de transferencia a una oficina de USCIS, no debe enviar una nueva solicitud. Todas las solicitudes para transferir la base subyacente ya recibida o que se recibirán en una oficina de USCIS serán procesadas como de costumbre por la oficina de USCIS con jurisdicción sobre su Formulario I-485 pendiente.
No tiene que presentar una nueva solicitud de ajuste de estatus o tarifa de presentación con una solicitud para transferir la base subyacente de su Formulario I-485 de una petición a otra. No se requiere presentar una nueva solicitud de ajuste de estatus para transferir la base subyacente de un Formulario I-485 pendiente y no resultará en una adjudicación más rápida de la solicitud de beneficios.