USCIS Extiende permiso de permanencia (parole) y autorización de empleo
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunció que extenderá automáticamente el permiso de permanencia (parole) y la autorización de empleo, si corresponde, a personas con permisos de permanencia temporal (parolees) que solicitaron de manera oportuna el estatus de residente a largo plazo de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI).
Esta exención específica del permiso solo aplica a aquellas personas que tienen el permiso de permanencia temporal actualmente y presentaron un Formulario I-955, Solicitud de Estatus de Residente a Largo Plazo de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI) y el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, y cuyas solicitudes estén pendientes al 30 de junio de 2021.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) extenderá automáticamente el permiso de permanencia temporal (y autorización de empleo, si corresponde), sin interrupción, hasta el 30 de diciembre de 2021, o hasta la fecha en que USCIS tome una decisión final acerca del Formulario I-955 y Formulario I-765 del solicitante, lo que ocurra primero.
Las personas elegibles que presentaron el Formulario I-955 y el Formulario I-765 de manera oportuna y cuyas solicitudes aún están pendientes el 30 de junio de 2021 y tienen un Documento de Autorización de Empleo (EAD), si corresponde, que caduca en o antes del 30 de junio de 2021, pueden utilizar los siguientes documentos como evidencia de identidad y autorización del empleo para el Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo, hasta el 30 de diciembre de 2021 (o la fecha en que USCIS tome una determinación final acerca de su solicitud de estatus de residencia a largo plazo, lo que ocurra primero):
- Una copia de esta alerta web;
- El Formulario I-766, Documento de Autorización de Empleo, que tenga la categoría “C-11” con una fecha de caducidad en o antes del 29 de junio de 2020; y
- Evidencia de que el extranjero presentó el Formulario I-955 y el Formulario I-765 en o antes del 17 de agosto de 2020. Puede ser una copia del Formulario I-797C, Notificación de Acción, que indique que la persona que tiene el permiso de permanencia temporal ha presentado el Formulario I-765 y solicita el código de clasificación (“clase”) (c)(37), o si no está disponible, una copia del Formulario I-955 y el Formulario I-765 con el recibo del envío por correo postal.
El estatus de residente a largo plazo de CNMI fue creado por la Ley de Ayuda a Residentes Legales a Largo Plazo de las Islas Marianas del Norte (Ley Pública 116-24) promulgada el 25 de junio de 2019. La ley le otorga específicamente al Departamento de Seguridad Nacional, la discreción de autorizar el permiso de permanencia temporal, con autorización de empleo, a estos extranjeros durante el periodo necesario para implementar la nueva ley. Anteriormente, USCIS había extendido en tres ocasiones el permiso de permanencia temporal en el 2020, el 17 de junio, el 11 de agosto y el 30 de diciembre.
Los extranjeros elegibles tuvieron 180 días, hasta el 17 de agosto de 2020, para solicitar el estatus de residente permanente a largo plazo de CNMI. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunció la fecha límite del 17 de agosto de 2020 cuando abrió el periodo de solicitud el 19 de febrero de 2020. Si USCIS no acepta el Formulario I-955 ni el Formulario I-765 del solicitante, su permiso de permanencia temporal (y autorización de empleo, si aplica) caducará y deberá salir de CNMI.
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