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España emite el Certificado COVID Digital y da nuevas normas para su ingreso
España desde el 7 de junio ha comenzado a emitir el Certificado COVID Digital de la Unión Europea a todos los ciudadanos que residen en España y lo soliciten. De esta manera, se convierte en uno de los primeros países europeos capaces de emitir y reconocer este Certificado. Así, se adelanta más de 20 días al momento en el que será obligatorio, fijado para el próximo 1 de julio, que es la fecha marcada por el Reglamento Europeo para que nazca el derecho de los ciudadanos y la obligación de los Estados.
Se hará de manera progresiva y en periodo de pruebas durante todo el mes de junio aunque los certificados que se emitan serán válidos desde el primer momento. Esta semana, la mayoría de las comunidades autónomas comenzarán a emitir certificados digitales para acreditar algunas de las condiciones, principalmente haber recibido la vacuna o haberse recuperado de la enfermedad.
En los próximos días y semanas, las comunidades autónomas irán ofreciendo cada vez más funcionalidades de dicho Certificado con el objetivo de que el día 1 de julio todas puedan emitir en electrónico y presencial certificados que acrediten las tres circunstancias: vacunación, recuperación y resultado negativo de pruebas diagnósticas.
También desde el 7 de junio de 2021, cualquier ciudadano que lo solicite en la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, podrá acreditar que se ha vacunado o que ha superado la enfermedad.
El Certificado COVID Digital es seguro y gratuito
El Certificado COVID Digital de la UE, que se comenzó a emitir y que también España acepta de los viajeros procedentes de otros países europeos es totalmente gratuito y podrá obtenerse tanto en formato electrónico como en papel. En ambos casos, cada certificado genera un código QR que facilita su lectura.
Es sencillo e interoperable en toda la UE y deberá estar completamente implantado el 1 de julio. Acredita que una persona se ha vacunado, ha superado la enfermedad o tiene una prueba diagnóstica con resultado negativo. Es totalmente seguro y respeta la privacidad. De hecho, los datos permanecen en el certificado y no se almacenan ni se retienen cuando se verifica un Certificado en otro Estado miembro.
Sin este Certificado se podrá viajar dentro de la UE cumpliendo los requisitos sanitarios, pero el proceso de entrada al país será más lento y se podrán establecer medidas adicionales, como test y cuarentenas.
“Gracias al trabajo de los profesionales del Sistema Nacional de Salud, tanto del Ministerio como de las CCAA, será posible que en poco más de un mes, millones de españoles puedan disponer de este Certificado para facilitar su movilidad internacional”, ha subrayado Alfredo González Gómez, secretario General de Salud Digital, Información e Innovación, quien ha añadido: “Se pone así de manifiesto, tanto el enorme potencial de las nuevas tecnologías aplicadas a la salud, como la excelente colaboración existente en el SNS, entre el Gobierno de España y las comunidades autónomas”.
Nuevas normas para entrar en España
Cabe destacar que desde el 7 de junio han entrado en vigor las nuevas normas que regulan los requisitos sanitarios que deben cumplir todos los viajeros que entran en España. Todas las personas vacunadas con pauta completa podrán entrar en nuestro país con independencia de su lugar de origen, acreditando dicha vacunación si proceden de un país o zona de riesgo. Las vacunas aceptadas son las de la EMA y la OMS y deben haber transcurrido al menos 14 días desde que se haya recibido la pauta completa.
Además, todas las personas que viajen a España desde un país europeo del Espacio Schengen, podrán hacerlo si acreditan:
- Haberse vacunado frente al COVID-19 ó,
- Tener una prueba diagnóstica con resultado negativo, incluyendo también por primera vez pruebas de antígenos o
- Haber pasado la enfermedad en los últimos seis meses y haberse recuperado de la misma.
España también acepta que los viajeros procedentes de otro país de la UE acrediten cualquiera de estas tres circunstancias (vacunación, prueba negativa o recuperación) mediante el Certificado COVID Digital de la UE emitido por cualquier país europeo. Con este Certificado, los viajeros podrán entrar en España de manera más ágil y sencilla, y evitando esperas y controles adicionales.
Este nuevo sistema que ha entrado en vigor, supone un paso decisivo en la apertura de España a la movilidad internacional segura, y ha sido posible gracias a la evolución de los sistemas de información y plataformas tecnológicas desarrollados por el Ministerio de Sanidad para garantizar la máxima eficacia del control sanitario en nuestros puertos y aeropuertos.
Este control es una realidad gracias al sistema SpTH y los formularios de control sanitario, que seguirá siendo obligatorio cumplimentar y también a los dispositivos establecidos por Sanidad Exterior, AENA y Puertos del Estado.
Por tanto, desde junio 7 todas las personas vacunadas, vengan de donde vengan, podrán entrar en España y, si, además, proceden de un país de la UE, podrán hacerlo fácil y cómodamente gracias al Certificado COVID Digital de la Unión Europea, recuerde se podrá acceder a España con el Certificado de Vacunación o de Recuperación. Asimismo, se amplían las pruebas diagnósticas que se aceptarán, sumando a las PCR, las de antígenos.
La ministra de Sanidad, Carolina Darias, en un mensaje difundido en sus redes sociales, ha subrayado que “España es un destino seguro y estamos en condiciones de recuperar pronto nuestro liderazgo turístico mundial”; algo que viene avalado por “los excelentes datos de vacunación” que “nos sitúan cada día más cerca de la vuelta a la normalidad”.
En los puertos y aeropuertos se establecerán dos puntos de control. Quienes procedan de países o zonas no incluidas en la relación de países de riesgo tendrán acceso a un control rápido con el código QR obtenido a través de SpTH. Además, una vez entre en vigor el Certificado Covid Digital UE, quienes sean poseedores de este documento tendrán también acceso a este control rápido.
Por otro lado, quienes procedan de zonas que sí están incluidas en la relación de países de riesgo tendrán que someterse a un control documental de manera aleatoria, que tendrá en cuenta su lugar de procedencia y el nivel de incidencia. En la validación del certificado de vacunación, España únicamente aceptará las vacunas aprobadas por la EMA, así como las reconocidas por la OMS.
Estos trámites serán obligatorios para toda persona cuyo destino final sea España, así como para aquellos que se encuentren en tránsito. Estos últimos no serán sometidos a control; la finalidad en este caso es aumentar la trazabilidad internacional del virus. Estarán exentos de estos trámites todas las personas menores de 6 años.
Última Actualización: Junio 08 de 2021
Fuente: Gobierno de España
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