Estados Unidos da continuidad al Programa de Permisos de Ingreso para Empresarios Internacionales
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos anunció que el Departamento de Seguridad Nacional ha retirado una notificación de regla propuesta del 2018 que proponía eliminar el programa de Empresarios Internacionales de las regulaciones de DHS.
El programa de permisos de ingreso para empresarios internacionales (IE), presentado por primera vez en 2017, permanecerá como un programa viable para que los empresarios extranjeros creen y desarrollen empresas emergentes con alto potencial de crecimiento en Estados Unidos. El programa ayudará a fortalecer e incrementar la economía de nuestra nación a través de un mayor gasto de capital, innovación y creación de empleos.
El anuncio es consistente con la Orden Ejecutiva 14012 del presidente Biden: “Recuperación de la Fe en Nuestros Sistemas de Inmigración Legal y Fortalecimiento de los Esfuerzos de Integración e Inclusión para Nuevos Estadounidenses”. La orden ejecutiva requiere que el secretario de Seguridad Nacional “identifique cualquier acción de la agencia que impida promover el acceso al sistema de inmigración legal”.
“Los inmigrantes en Estados Unidos tienen un largo historial de espíritu empresarial, dedicación y creatividad que hacen que sus contribuciones a esta nación sean increíblemente valiosas”, dijo Tracy Renaud, directora interina de USCIS. “El programa de permisos de ingreso para empresarios internacionales va de la mano con el espíritu de nuestra nación de acoger el empresarismo y USCIS alienta a aquellos que son elegibles a aprovechar el programa”.
La regla final de IE original se publicó el 17 de enero de 2017, y estaba programada para entrar en efecto el 17 de julio de 2017. Esta regla final guio a DHS en el uso de su autoridad para otorgar un periodo autorizado de estadía, caso por caso, a empresarios extranjeros que demuestran que su estadía en Estados Unidos podría proporcionar un benéfico público significativo a través del potencial de expansión rápida de su empresa y la creación de empleos.
Antes de la fecha de entrada en vigor de la regla, DHS publicó una regla final para aplazar la fecha de implementación de la regla final de IE hasta el 14 de marzo de 2018. Esto le dio a DHS tiempo adicional para redactar un borrador y solicitar comentarios del público sobre una propuesta para rescindir de la regla final IE. Sin embargo, en diciembre de 2017, un tribunal federal revocó el aplazamiento de regla, lo que requirió que USCIS comenzara a aceptar solicitudes de permisos de ingreso para empresarios extranjeros según la regla final IE. Desde entonces, el programa ha estado funcionando, y el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) continúa con la aceptación y adjudicación de solicitudes de permisos de ingreso de empresarios consistente con las regulaciones existentes de DHS.
Bajo el programa IE, el permiso podría otorgarse a hasta tres empresarios por empresa emergente, así como a sus cónyuges e hijos. Los empresarios que reciben el permiso de ingreso son elegibles para trabajar únicamente para su propia empresa emergente. Sus cónyuges podrían solicitar una autorización de empleo en Estados Unidos, pero sus hijos no son elegibles para dicha autorización a base de este permiso de ingreso.
Requisitos para aplicar al programa de permisos de ingreso para empresarios internacionales
Los empresarios que solicitan permiso de permanencia temporal (“parole’) bajo esta regla deben demostrar que:
- Poseen interés propietario sustancial en la entidad emergente creada dentro de los últimos cinco años en Estados Unidos que tiene el potencial sustancial de rápido crecimiento y creación de empleos.
- Tienen un rol central y activo en la entidad emergente a tal grado que están bien posicionados para asistir sustancialmente en el crecimiento y éxito de la empresa.
- Proveerán un beneficio público significativo a Estados Unidos a base de sus roles como empresarios en la entidad emergente al demostrar que:
- La entidad emergente ha recibido una inversión de capital significativa de parte de inversionistas estadounidenses cualificados con un historial probado de inversiones exitosas;
- La entidad emergente ha recibido otorgaciones de subvenciones significativas para desarrollo económico, investigación y desarrollo, o creación de empleos (u otros tipos de subvenciones otorgadas típicamente a las entidades emergentes) de parte de entidades del gobierno federal, estatal o local que usualmente proporcionan dichos fondos o subvenciones a entidades emergentes; o
- Cumplen parcialmente con alguno o ambos de los dos requisitos anteriores y proveen evidencia adicional confiable y convincente del potencial sustancial de la entidad en crecimiento rápido y creación de empleos.
- Ameritan de alguna otra manera el ejercicio de discreción favorable.
Cómo Presentar la Solicitud al programa de permisos de ingreso para empresarios internacionales
Mediante la presentación del Formulario I-941, Solicitud de Regla de Empresario
- Usted debe presentar el Formulario I-941, Solicitud de Permiso de Permanencia Temporal de Empresario, con las tarifas requeridas (incluidas las tarifas de servicios biométricos), y evidencia documental de apoyo de acuerdo a 8 CFR 212.19 y a las instrucciones del Formulario I-941. La tarifa de presentación del Formulario I-941 es $1,200 y la tarifa de servicios biométricos es de $85.
- Presentar y obtener la aprobación de un Formulario I-941 bajo esta regla, por sí solo, no constituye una otorgación de permiso de permanencia temporal. Si su Formulario I-941 es aprobado, usted debe visitar un consulado estadounidense en el extranjero para obtener la documentación de viaje (por ejemplo, un sello de abordaje) antes de comparecer a un puerto de entrada de Estados Unidos para una determinación final de otorgación de permiso de permanencia temporal. Un nacional canadiense que viaje directamente de Canadá a un puerto de entrada en Estados Unidos podría presentar un I-941 aprobado en el puerto de entrada de EE.UU. sin tener que obtener primero la documentación de viaje.
Mediante la presentación del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje
- El cónyuge e hijos (hijos solteros menores de 21 años de edad) de un empresario que presenta el Formulario I-941 podrían presentar el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, con las tarifas de presentación y de servicios biométricos requeridos para solicitar permiso de permanencia temporal para poder acompañar o reunirse con el empresario. Deben presentar el Formulario I-131 concurrentemente con el Formulario I-941 o pueden presentarlos por separado.
- La tarifa de presentación del Formulario I-131 presentada por un cónyuge o hijo de un empresario es $575. Se requiere una tarifa de $85 por concepto de servicios biométricos para los solicitantes de 14 a 79 años de edad. Escriba “IER” en la Parte 2, Tipo de Solicitud, del Formulario I-131. Debe presentar el Formulario I-131 junto con evidencia que demuestre que usted es el cónyuge o hijo dependiente de un Empresario con Permiso de Permanencia Temporal o un Solicitante de Permiso de Permanencia Temporal para Empresario.
- Envíe todos los siguientes documentos:
- Una copia del certificado de matrimonio o certificado de nacimiento que demuestre su relación con un Empresario con Permiso de Permanencia Temporal o un Solicitante de Permiso de Permanencia Temporal para Empresario.
- A menos que presente el Formulario I-131 concurrentemente con el Formulario I-941 del empresario, presente documentación que indique que el empresario tiene un Formulario I-931 en trámite para solicitar permiso de permanencia temporal, que dicha petición fue autorizada, o que el empresario tiene un permiso de permanencia temporal. Dicha documentación podría incluir copia de:
- Formulario I-797, Notificación de Acción, que indique que USCIS recibió el Formulario I-941 del empresario;
- El Formulario I-521, Autorización de Permiso de Permanencia Temporal de un Extranjero a Estados Unidos, del empresario; o
- Formulario I-94, Registro de Entrada-Salida, que indique el empresario ha obtenido permiso de permanencia temporal en Estados Unidos.
Mediante la presentación del Formulario i-765, Solicitud de Autorización de Empleo
- Si el Formulario I-131 es aprobado, y el cónyuge del empresario obtiene el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos, el cónyuge entonces puede solicitar una autorización de empleo mediante la presentación del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. Los hijos del empresario no serán elegibles para solicitar autorización de empleo bajo esta regla. Para el ítem número 27, Categoría de Elegibilidad, ingrese “(C)(34)”. Presente el Formulario I-765 junto con evidencia de su estatus de permanencia temporal, como por ejemplo, su Formulario I-94, y evidencia de que es el cónyuge de un Empresario Internacional con Permiso de Permanencia Temporal, como lo es por ejemplo, una copia del Formulario I-941 del beneficiario principal y una copia del certificado de matrimonio.
- Aviso: Si presenta un Formulario I-765 ante USCIS antes de que su cónyuge haya obtenido el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos, la solicitud puede ser denegada y no se le devolverán las tarifas.
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