Cómo adquirir la nacionalidad chilena
La Carta de Nacionalización es un modo de adquirir la nacionalidad chilena en virtud de lo establecido en el Art. 10 N° 3 de la Constitución Política de La República, la que se materializa en un Decreto Exento firmado por el Ministro del Interior por orden del Presidente de la República.
Las solicitudes de Carta de Nacionalización se realizan en el portal tramites.extranjeria.gob.cl, con ClaveÚnica,. Desde el mediados del mes de septiembre del año 2019 no se aceptan solicitudes por correo postal.
Los nacionales de Brasil, China, Cuba, Haití, Pakistán y Perú deberán realizar el trámite en ChileAtiende.
Requisitos para optar a la Nacionalidad chilena
- Ser mayor de 18 años, o 14 si cuenta con la autorización de quienes estén a cargo de su cuidado personal
Desde enero de 2016 podrá otorgarse Carta de Nacionalización a quienes hayan cumplidos 18 años de edad que tengan cinco o más años de residencia en Chile (a contar desde el estampado de la visa que dio origen a la Permanencia Definitiva que mantiene vigente), y que sean titulares de Permanencia Definitiva.
También podrán solicitar Carta de Nacionalización los hijos de extranjeros que hayan cumplido 14 años de edad, tengan cinco o más años de residencia en Chile (a contar desde el estampado de la visa que dio origen a la Permanencia Definitiva que mantiene vigente), sean titulares de Permanencia Definitiva y cuenten para ello con una autorización notarial de su padre, madre o quién esté a cargo de su cuidado personal (debiendo presentar documento legal que otorgue tal cuidado).
- Más de cinco años de residencia en el país.
- Ser titular de un Permiso de Permanencia Definitiva vigente.
- No haber sido condenado, ni estar actualmente procesado por crimen o simple delito.
- Demostrar medios de subsistencia.
Pasos a seguir para obtener la naturalización chilena
1- Infórmese sobre los requisitos:
Revise cuidadosamente los requisitos generales como también los correspondientes a la actividad laboral que desempeña.
2- Recopile antecedentes necesarios:
Es probable que tenga que acudir a otras instituciones públicas, como el consulado de su país o el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Cada institución trabaja con sus propios plazos y es importante que lo considere.
3- Envíe su solicitud:
Debe acceder a tramites.extranjeria.gob.cl, con ClaveÚnica,, ingresando al trámite «Solicitud de Carta de Nacionalización». Desde mediados de septiembre del año 2019 no se aceptan solicitudes por correo postal. Los nacionales de Brasil, China, Cuba, Haití, Pakistán y Perú deberán realizar el trámite en ChileAtiende. Previo al envío, usted podrá simular su Solicitud de Carta de Nacionalización.
4- Acuda a la entrevista de la Policía de Investigaciones:
Una vez recepcionada la solicitud, será citado por Policía de Investigaciones de Chile a entrevista personal, por lo que se aconseja no salir del país durante la tramitación de su solicitud y en caso de que lo haga informar en Policía de Investigaciones.
5- Reciba la notificación del estado de su trámite:
Luego del análisis de su solicitud, será notificado por correo postal, si esta fue aprobada, archivada y/o requiere presentar más antecedentes adicionales. Puede consultar además el estado de su solicitud en Consulta Estado de Trámite en línea.
6- Pague el arancel:
Para el caso de calificación favorable de la solicitud, recibirá por correo postal su orden de giro y las indicaciones para entregar el Certificado de Antecedentes para fines especiales actualizado (que puede descargar en registrocivil.cl). También podrá descargar la orden de giro en Consulta Estado de Trámite en línea. Pague los derechos en un banco cercano o en ServiEstado.
7- Reciba el decreto que le otorgará la nacionalidad:
Si solicitó la nacionalidad chilena en Santiago o en región, se le remitirá copia a su domicilio del Decreto Exento totalmente tramitado.
8- Solicite su Cédula de Identidad Nacional
En poder de la copia del Decreto Exento, acérquese a la oficina más cercana del Servicio de Registro Civil e Identificación y solicite su Cédula de Identidad y pasaporte.
Documentos básicos requeridos para optar a la Nacionalidad chilena
Los documentos expedidos en el exterior ser apostillados o debidamente legalizados por el Consulado de Chile del país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Chile, además todo documento que se encuentre en un idioma diferente al español o al inglés debe ser traducido para su presentación.
- Solicitud de Carta de Nacionalización: Debe presentarse en el plazo impostergable de un año, contado desde que el solicitante cumpla 18 años de edad.
- Fotocopia del Certificado de Permanencia Definitiva o Cédula de Identidad de extranjeros, si reside en Chile.
- Certificado de nacimiento chileno, cuando corresponda.
- Pasaporte de no tener pasaporte presentar documento de identidad o certificado de cónsul que acredite su identidad y nacionalidad
- Certificado de viajes emitido por PDI (Obligatorio solo para quienes ingresaron a Chile siendo menores de edad)
- Certificado de antecedentes en el país de origen legalizado y apostillado y traducido si corresponde (aplica para mayores de 18 años) Los Certificados de Antecedentes Penales o Judiciales del país de origen deben tener una vigencia no superior a 90 días desde la fecha de emisión. Todo documento emitido en el exterior debe estar apostillado o debidamente legalizado por el consulado de Chile del país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Chile
- Para profesionales de la salud e ingeniería deben presentar título profesional
- Si es cónyuge de un chileno presentar certificado de matrimonio o certificado de nacimiento de su cónyuge
- Si es hijo de chileno nacionalizado presentar certificado de nacimiento
- Si es padre o madre de chileno presentar certificado de nacimiento de los hijos chilenos
- Si esta en unión civil con un chileno presentar certificado de acuerdo de Unión Civil o certificado de nacimiento del conviviente civil
Cabe señalar que el sistema informático no permite enviar solicitudes incompletas, por lo que se deben adjuntar todos los documentos solicitados. De lo contrario, no es posible avanzar en el ingreso de la solicitud y concluir su envío.
Asimismo, es necesario tener especialmente presente que si el usuario adjunta información errónea, incompleta o que no corresponde, será notificado que su solicitud no avanza y se le otorgará un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación, para subsanar la falta o acompañar los documentos respectivos, remitiéndolos mediante la Oficina de Partes más cercana a su domicilio. Si así no lo hiciere en el plazo indicado, se le tendrá por desistido de su petición, pudiendo presentar una nueva solicitud a través de la plataforma digital una vez que reúna todos los antecedentes que funden su solicitud. Al realizar esta nueva postulación, usted deberá acompañar nuevamente la documentación completa, actualizada y vigente a la fecha del ingreso a trámite.
¿Quiénes están impedidos de solicitar la nacionalidad?
- Los que hayan sido condenados y los que estén actualmente procesados por simples delitos o crímenes.
- Los que no estén capacitados para ganarse la vida.
- Los que practiquen o difundan doctrinas que puedan producir la alteración revolucionaria del régimen social o político, o que puedan afectar a la seguridad nacional.
- Los que se dediquen a trabajos ilícitos, o que atenten contra las buenas costumbres, la moral o el orden público y, en general aquellos extranjeros cuya nacionalización no se estime conveniente por razones de seguridad nacional.
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