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Nuevas restricciones para quienes planean viajar a España
El Consejo de Ministros ha acordado que se prorroguen los Acuerdos del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2020 y de 2 de febrero de 2021, por los que, respectivamente, se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el Covid-19, mediante la limitación de los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles; y los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles.
Para el caso del Reino Unido solo podrán realizarse vuelos o desembarco de buques de pasaje a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países. La medida entrará en vigor desde las 18:00 del día 16 de febrero (hora peninsular) hasta las 18:00 horas del día 2 de marzo de 2021 (hora peninsular).
Desde la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica solo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español. La prórroga de las restricciones a los vuelos desde Brasil y Sudáfrica entrará en vigor desde las 09:00 horas del día 17 de febrero de 2021 (hora peninsular) hasta las 18:00 horas del día 2 de marzo de 2021 (hora peninsular).
Estas restricciones no afectan a los conductores de las cabezas tractoras de la mercancía rodada, ni tampoco al personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo. En ambos casos se podría prolongar en función de la evolución de la pandemia y de la coordinación de medidas a nivel comunitario.
Además, se contemplan otras exenciones relativas a transportes aéreos o marítimos de Estado, servicios de búsqueda y salvamento (SAR), vuelos con escala en territorio español con fines no comerciales y que tengan por destino final otro país, vuelos exclusivos de carga, posicionales (ferry) y humanitarios, médicos o de emergencia, o a aquellos buques que hayan salido de un puerto de Reino Unido antes del inicio de la restricción.
Si va a viajar a España tenga en cuenta estas recomendaciones
Recordemos que desde día 23 de noviembre del 2020, todos aquellos pasajeros que procedan de un país de alto riesgo ( consulte el listado aquí ) en relación con coronavirus SARS-CoV-2, tienen que presentar obligatoriamente, para poder entrar en España, un certificado con resultado NEGATIVO de PDIA (RT-PCR u otras técnicas moleculares de detección de ARN viral con una fiabilidad equivalente, como la TMA, RT-LAMP), realizado en la 72h anteriores a su llegada. No tienen la obligación de realizar esta prueba los niños menores de 6 años.
Es obligatorio rellenar un Formulario de Control Sanitario al que se puede acceder desde la página spth.gob.es o bien descargándose la app en el móvil desde la misma página.
Antes del viaje a España:
Deberá cumplimentar todo el Formulario desde la página web o desde la app, y a partir de 48 HORAS antes del vuelo podrá enviar el formulario a las autoridades sanitarias. Una vez enviado recibirá un correo con un código QR que le permitirá acceder al aeropuerto destino. Debe llevarlo impreso o en el teléfono móvil.
En el aeropuerto de España:
Una vez en el aeropuerto deberá mostrar el código QR que será escaneado en el control sanitario, para poder acceder al terminal y a recoger su equipaje. Mantenga la distancia física interpersonal de al menos 1,5m, una higiene de manos frecuente y sigua la etiqueta respiratoria (cubrirse al toser o estornudar) en el aeropuerto y durante el viaje.
Durante la estancia en España:
Si durante su estancia en España presenta síntomas compatibles con la COVID-19 (fiebre, dificultad respiratoria, tos) u otros síntomas compatibles con COVID-19 como disminución del olfato y del gusto, escalofríos, dolor de garganta, diarrea o vómitos, deberá ponerse en contacto con las autoridades sanitarias de la comunidad autónoma en la que se encuentre.