Criterios para entrevistar a un solicitante de refugio cuando pides una Green Card
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos anunció el 15 de diciembre de 2020 una guía (PDF, 319.68 KB) actualizada que amplía los criterios discrecionales que los oficiales de USCIS utilizan para determinar si entrevistarán a los solicitantes que presentan el Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus, basado en el estatus de refugiado o asilado.
Los criterios actualizados están dentro de los parámetros de la autoridad reguladora de USCIS para determinar, caso por caso, si una entrevista es necesaria para determinar la admisibilidad de un extranjero que solicita el estatus de residente permanente legal bajo INA § 209. Las actualizaciones no cambian los requisitos de elegibilidad para ajustar estatus.
La decisión de entrevistar a un solicitante de refugio para un ajuste de estatus se toma caso por caso. Las entrevistas generalmente son necesarias cuando un oficial no puede verificar la identidad o determinar la admisibilidad basándose únicamente en los registros de inmigración disponibles para el oficial.
Criterios para determinar si se requiere entrevista a refugiado
Aunque la decisión de realizar una entrevista se toma caso por caso, un oficial generalmente debe remitir un caso para entrevista si cumple con uno o más de los siguientes criterios:
- El oficial no puede verificar la identidad del solicitante a través de la información en el A-File.
- El oficial puede verificar la identidad del solicitante a través de la información en el A-File, pero el solicitante reclama una nueva identidad.
- Los registros de inmigración son insuficientes para que el oficial determine si el solicitante tiene o no estatus de refugiado.
- El solicitante tiene un Formulario I-730 aprobado, pero, si se otorgó en el extranjero, no fue entrevistado como parte del proceso derivado de refugio o, si se otorgó en los Estados Unidos, no fue entrevistado antes de la aprobación.
- Los resultados de las huellas dactilares de la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) del solicitante indican que se necesita un procesamiento adicional.
- El oficial no puede determinar la admisibilidad del solicitante sin una entrevista.
- El oficial determina que el solicitante es inadmisible pero que es necesaria una entrevista para determinar si una exención es apropiada.
- El solicitante tiene un motivo de inadmisibilidad articulable relacionado con la seguridad nacional o el terrorismo.
- Otro fraude de elegibilidad, identificado caso por caso, donde la detección de fraude y seguridad nacional (FDNS), el centro de operaciones de detección de fraude (CFDO) o las unidades de verificación de antecedentes (BCU) recomiendan una entrevista.
- Los registros de inmigración son insuficientes para que el oficial pueda determinar si el solicitante es inadmisible o no en base a la colocación pasada o actual en un proceso de deportación en cualquier momento.
- El solicitante tiene identidades conflictivas o múltiples, además de estar debidamente documentado mediante cambios de nombre legal.
- Se requiere una declaración jurada para abordar la admisibilidad del solicitante.
- Una entrevista proporcionaría información aclaratoria, como una respuesta poco clara a una solicitud de pruebas sobre la admisibilidad del solicitante.
- El solicitante es ciudadano de, o residió habitualmente por última vez en, un país que ahora es, o era en el momento de su última residencia, un Estado Patrocinador del Terrorismo.
- El oficial tiene cualquier otra inquietud articulable con respecto a la identidad, inadmisibilidad, seguridad nacional, seguridad pública o fraude, y recomienda una entrevista para ayudar a resolver esa inquietud.
Estos criterios de entrevista pueden modificarse en respuesta a circunstancias e inquietudes en desarrollo. Estos criterios son similares a los que usa el USCIS en general al determinar si se requiere una entrevista para una solicitud de ajuste de estatus en particular y promueven una mayor coherencia en la adjudicación de las solicitudes de ajuste de estatus por parte de la agencia. Los criterios adicionales específicos para las solicitudes de ajuste de estatus presentadas por refugiados y sus familiares derivados ayudan a garantizar la integridad del programa y mejoran la detección de fraude, tergiversación, amenazas a la seguridad nacional y riesgos de seguridad pública.
Puede encontrar los criterios de entrevista en el Manual de Políticas, Volumen 7, Parte L, Capítulo 5, Parte B. La lista actualizada proporciona mayor paridad con los criterios que USCIS aplica para determinar si se entrevistará a otros solicitantes de ajuste de estatus.
Cada determinación hecha por USCIS para eximir o requerir una entrevista continuará haciéndose a discreción del oficial de USCIS caso por caso. Aunque los criterios actualizados podrían resultar en que más solicitantes tengan que comparecer a una entrevista, los cambios son necesarios para ayudar a asegurar la integridad del programa y apoyar los esfuerzos de USCIS para detectar y prevenir el fraude y los riegos que perjudiquen a Estados Unidos.
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