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Formulario I-140, Petición De Trabajador Inmigrante Extranjero

Formulario I-140, Petición De Trabajador Inmigrante Extranjero

El Formulario I-140, Petición de Inmigrante como Trabajador Extranjero se utiliza para solicitarle al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) que clasifique a un nacional extranjero como una persona elegible para una visa de inmigrante basada en el empleo. El empleador usualmente presenta el Formulario I-140 a nombre del nacional extranjero, con esta solicitud el trabajador extranjero se convierte en un residente permanente legal de los Estados Unidos.


Consejos Generales Para Presentación Del Formulario

Para garantizar que no rechacemos su Formulario I-140, por favor asegúrese de enviar su formulario con la información correcta y la documentación de apoyo bien organizada. Siga los consejos que aparecen en la página Consejos de Presentación de Formularios para asegurarse que aceptemos su Formulario I-140 para procesamiento.


Información General



Cómo Completar el Formulario



Cómo Presentar un Formulario I-140 que Requiere la Certificación Laboral Aprobada por DOL

Si usted presenta un Formulario I-140 y solicita una categoría de visa que requiere una certificación laboral aprobada por el Departamento del Trabajo (DOL, por sus siglas en inglés), revisaremos su formulario para verificar que la solicitud está apoyada por una certificación laboral válida. Las categorías de visa incluyen:


Debe presentar la certificación laboral junto con el Formulario I-140 durante el plazo de 180 días de validez indicado al final de cada página de la certificación laboral de DOL. Rechazaremos cualquier Formulario I-140 que no incluya una certificación laboral de DOL, a menos que indique claramente que está presentando bajo una de las dos excepciones indicadas abajo:


A continuación encontrará consejos adicionales para presentar una petición del Formulario I-140 que requiere una certificación laboral:



Cómo Presentar Evidencia

Agrupe su evidencia según los requisitos de elegibilidad que intenta cumplir.



Consejos de Presentación para Categorías de Visa Específicas que No Requieren una Certificación Laboral Aprobada por DOL

E11, Extranjeros con Aptitudes Extraordinarias (Formulario I-140, Parte 2. opción a.)



E12, Profesor o investigador destacado (Formulario I-140, Parte 2. Opción b.)



E13, Ejecutivo o gerente de una multinacional (Formulario I-140, Parte 2. opción c.)


E21, Extranjero con habilidades extraordinarias (Formulario I-140, Parte 2. Opción d. o i.)



E21, Miembros de profesiones que poseen un posgrado o un extranjero de habilidades extraordinarias que solicita una exención por interés nacional (Formulario I-140, Parte 2. Opción i.)


Anejo A, Escasez en ocupaciones de los Grupos I y II (Formulario I-140, Parte 2, opción 2.b)



Cómo solicitar o Cambiar de Categorías de Visas

Si usted quiere corregir la categoría de visa que eligió en la Parte 2 del Formulario I-140

Cuando aceptamos su Formulario I-140 para procesamiento, creamos un registro electrónico y le enviamos por correo un Formulario I-797, Notificación de Acción, a usted o al representante que indica el Formulario G-28. La notificación de recibo indicará la categoría de visa que solicitó en la Parte 2 de su Formulario I-140. Asegúrese que esa categoría es la correcta. Si no es la correcta (por ejemplo, si usted o USCIS cometió un error clerical), llame inmediatamente al Centro de Contacto de USCIS al 1-800-375-5283 o 1-800-767-1833 (TTY) para solicitar que cambiemos la clasificación de visa antes de que tomemos una decisión sobre su solicitud.

Aunque usted puede solicitar que cambiemos la clasificación de visa para corregir un error clerical en la Parte 2 del formulario, tomaremos la decisión final sobre si cambiaremos la clasificación de visa según todos los datos de su caso. Si denegamos su Formulario I-140 porque usted es inelegible para la categoría de visa solicitada, también denegaremos cualquier Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus que presentó con la solicitud.

No podemos cambiar la categoría de visa si ya hemos tomado una decisión sobre su Formulario I-140.


Si usted quiere que USCIS considere varias categorías de visas para un beneficiario

Si usted quiere clasificar al beneficiario bajo varias categorías de preferencias de visa, debe presentar un Formulario I-140 individual por cada categoría de visa. También debe pagar la tarifa requerida por cada Formulario I-140 y presentar los documentos de apoyo para cada categoría de visa solicitada.


Transferibilidad del empleo bajo INA 204(j)

Como beneficiario de una petición I-140, usted puede solicitar cambiar de empleo o de empleadores bajo INA 204(j), lo que se conoce como “transferibilidad”, si:

Si usted solicita cambiar de empleo o de empleadores bajo INA 204(j) mientras su Formulario I-140 está en trámite, debemos aprobar su Formulario I-140 antes de que aprobemos su solicitud de transferibilidad de empleo.


Cómo solicitar la transferibilidad

Para solicitar la transferibilidad bajo INA 204(j), usted y su posible empleador (este puede ser un empleador actual o futuro) debe completar el Suplemento J del Formulario I-485 y presentarlo con el centro de servicio de USCIS donde actualmente está tramitándose su Formulario I-485, según indica su notificación de recibo. El Suplemento J debe especificar:


El Suplemento J debe estar firmado por usted y la autoridad competente que está autorizada para confirmar una oferta de empleo permanente en la organización de su nuevo empleador. Para instrucciones de presentación del formulario adicionales e información sobre dónde debe presentarlo, por favor revise la página del Suplemento J del Formulario I-485.

Cuando usted presenta el Suplemento J del Formulario I-485 para solicitar la transferibilidad del empleo bajo INA 204(j), seguimos los siguientes pasos:

1. Primero determinamos si usted es el beneficiario de un Formulario I-140 aprobado. Si no lo es, entonces determinaremos si el Formulario I-140 que está en trámite y no ha sido aprobado, tenía posibilidades de ser aprobado cuando lo presentó y puede continuar siéndolo hasta que aprobemos el Formulario I-1485 asociado a éste, que ha estado en trámite por 180 días. Puede que le enviemos una solicitud de videncia antes de hacer esta determinación.

2. Si determinamos que podemos aprobar su Formulario I-140, adjudicaremos su Suplemento J. Determinaremos si su nueva posición es la misma o es similar propósitos de la transferibilidad de empleo bajo INA 204(j) y del Formulario I-485.


Mociones y Apelaciones

Si usted es el beneficiario del Formulario I-140, típicamente no puede apelar o presentar una moción acerca de la decisión tomada sobre el Formulario I-140. Tampoco recibirá notificaciones acerca de dichos procedimientos. Sin embargo, hay una excepción. Puede recibir notificaciones y tener la oportunidad presentar una moción o apelación en la revocación de procedimientos si cumple con los siguientes requisitos:


Si cumple los requisitos mencionados arriba, puede proporcionar evidencia en respuesta a la Notificación de Intención de Revocar un Formulario I-140 ya aprobado anteriormente. Si USCIS revoca su Formulario I-140 aprobado, también puede presentar una apelación o moción con el Formulario I-290B , Aviso de Apelación o Moción.


Cómo retirar su Formulario I-140

El peticionario puede pedir que se retire un Formulario I-140 en cualquier momento. Sin embargo, si el peticionario solicita retirar un Formulario I-140 que ya había estado aprobado por al menos 180 días, o si el Formulario I-485 había estado en trámite por al menos 180 días, no revocaremos el Formulario I-140 que fue aprobado y el beneficiario retendrá la fecha de prioridad del formulario. Consideraremos que se ha retirado la oferta de empleo, pero el Formulario I-140 se mantendrá aprobado para propósitos de la transferibilidad de empleo bajo INA 204(j), a menos que lo revoquemos por otras razones. Vea 8 CFR. § 205.1(a)(3)(iii)(C) (revisada al 17 de enero de 2017). Para poder convertirse en un residente permanente legal a base de la continuidad de aprobación de este Formulario I-140, el beneficiario debe obtener una nueva oferta de empleo bajo INA 204(j) o que se presente una nueva petición I-140 a su nombre.

Para solicitar que se retire un Formulario I-140, usted debe presentar lo siguiente:











Última Actualización: Agosto 26 de 2020
Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos

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