Green Card o Residencia Para Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ)
La clasificación de Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ, por sus siglas en inglés) proporciona a ciertos hijos que han estado sujetos a un proceso judicial juvenil estatal relacionado con el abuso, negligencia, abandono u otra forma similar bajo la ley estatal, la posibilidad de solicitar la residencia permanente legal en los Estados Unidos.
USCIS determina si un menor cumple con los requisitos de la clasificación SIJ al adjudicar el Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial. Para obtener más información acerca de la clasificación de SIJ, consulte el artículo Jóvenes Inmigrantes Especiales En Estados Unidos.
Para solicitar la residencia permanente legal basada en la clasificación de SIJ. También conocido como ajuste de estatus (“adjustment of status”). Antes de solicitar usted debe leer las Instrucciones del Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus (PDF, 539.23 KB) . .
Requisitos Para El Ajuste De Estatus
Usted debe cumplir con los siguientes requisitos para ser elegible a obtener una Tarjeta Verde como SIJ:
- Presentar correctamente el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus
- Haber sido inspeccionado y admitido o haber sido inspeccionado y se le otorgó un permiso condicional para ingresar a Estados Unidos (vea más adelante)
- Estar físicamente presente en Estados Unidos al momento en que presenta el Formulario I-485
- Ser elegible para recibir una visa de inmigrante (vea más adelante)
- Una visa de inmigrante está disponible de inmediato para usted en el momento en que presenta el Formulario I-485 y en el momento en que USCIS toma una decisión final sobre su solicitud
- Ninguno de los vetos de ajuste de estatus aplican a su caso
- Ser admisible a Estados Unidos para obtener la residencia permanente legal o es elegible a una exención de inadmisibilidad u otra forma de alivio migratorio y
- Usted amerita un ejercicio discrecional favorable de parte de USCIS.
Si USCIS haya aprobado su Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial, usted está clasificado como SIJ. Los SIJ son considerados para el permiso de ingreso con el propósito de solicitar el ajuste de estatus. USCIS considerará el permiso otorgado en cuanto adjudique el Formulario I-485 sin tomar en cuenta como usted llegó a Estados Unidos.
Elegibilidad a Recibir una Visa de Inmigrante
Para ser elegible a recibir una visa de inmigrante, usted debe:
- Tener un Formulario I-360 aprobado que le clasifica como SIJ
- Tener un Formulario I-360 en trámite (que sea finalmente aprobado) o
- Presentar un Formulario I-360 (y el Formulario I-360 finalmente aprobado) junto con su Formulario I-485.
Importante: No hay edad límite para solicitar una Tarjeta Verde como SIJ. Si usted tenía menos de 21 años de edad en la fecha en que presentó correctamente su Formulario I-360, no denegaremos su Formulario I-485 basado en SIJ solo por tener más de 21 años de edad al momento de adjudicar o presentar el Formulario I-485. Además, usted debe estar soltero en el momento en que presenta la solicitud de ajuste de estatus y en el momento de la adjudicación final del formulario.
Vetos De Ajuste
Si usted cometió un crimen específico o una violación de la ley de inmigración, podría ser que usted resulte inelegible al ajuste de estatus. Si está clasificado como SIJ, usted está exento de todos los vetos de ajuste excepto los vetos de ajuste relacionados con el terrorismo en la sección 234(c)(6) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés). No hay una exención para este veto de ajuste, por lo que será inelegible para el ajuste de estatus si el veto aplica en su caso.
Casuales De Inadmisibilidad
Para cualificar para una Tarjeta Verde, usted debe ser admisible a los Estados Unidos. Las razones por las que usted podría resultar ser no admisible están listadas en INA 212(a) y son conocidos como casuales de inadmisibilidad.
En general, USCIS solo puede aprobar su solicitud de Tarjeta Verde si no aplica ninguna causal de inadmisibilidad en su caso. Como SIJ, usted está exento de algunas de las casuales de inadmisibilidad indicadas en la INA 212(a). Consulte el Manual de Políticas, Ajuste de Estatus, Parte F, Inmigrantes Especiales Basada en el Ajuste, Capítulo 7- Jóvenes Inmigrantes Especiales, Sección C para verificar de cuales casuales de inadmisibilidad usted está exento.
Si usted resulta inadmisible, la ley puede proporcionar una exención para la casual de inadmisibilidad particular u otra forma de alivio que pueda compensar la inadmisibilidad. Puede solicitar una exención de inadmisibilidad u otra forma de alivio usando el Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad o Formulario I-212, Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Ingreso a los Estados Unidos Después de Haber sido Deportado o Removido. Si se le otorga una exención u otra forma de alivio, USCIS puede aprobar su solicitud de Tarjeta Verde siempre y cuando sea elegible de cualquier otra manera.
Una exención u otra forma de alivio disponible depende de los motivos de inadmisibilidad específicos que le aplican a usted y la categoría a la que se quiere ajustar. Los requisitos de elegibilidad para exenciones y otras formas de alivio varían.
Si desea obtener más información sobre los motivos de inadmisibilidad y exenciones, por favor consulte el Manual de políticas de USCIS, Volumen 8, Admisibilidad y Volumen 9, Exenciones.
Cómo Solicitar
Las visas de inmigrante para estatus SIJ (Jóvenes Inmigrantes Especiales) provienen de la categoría de visa de inmigrante de cuarta preferencia (EB-4) basada en el empleo para inmigrantes especiales.
Si actualmente se encuentra en Estados Unidos y una visa de inmigrante EB-4 está disponible de inmediato para usted, puede presentar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus para solicitar una Tarjeta Verde sin salir del país. Si una visa está disponible de inmediato, puede presentar su Formulario I-485:
Nota: Si se encuentra en un proceso de deportación, USCIS generalmente no tiene jurisdicción sobre su solicitud de Tarjeta Verde, a menos de que sea un extranjero que llega o hasta que finalicen los procedimientos de deportación.
Qué Documentos Presentar
Debe presentar la siguiente documentación y evidencia para ajustar el estatus:
- Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus
- Copia del Formulario I-797, Notificación de Acción, de su Formulario I-360 para su petición de SIJ (a menos que esté presentando el Formulario I-360 junto con el Formulario I-485)
- Dos fotografías estilo pasaporte
- Copia de su documento de identidad emitido por el gobierno con fotografía (si está disponible)
- Copia de su certificado de nacimiento
- Copia de su página de pasaporte con su visa de no inmigrante (si corresponde)
- Copia de su página de pasaporte con su sello de admisión o de permiso condicional (si corresponde)
- Copia de su Formulario I-94, Registro de Entrada / Salida, o copia del sello de entrada o salida en el Permiso Adelantado de Reingreso por el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) en el documento de viaje (si corresponde). Si CBP le proporcionó un I-94 electrónico a su llegada / ingreso a Estados Unidos, puede imprimir una versión en papel del Formulario I-94 descargándolo del sitio web de CBP en www.cbp.gov/I94.
- Formulario I-693, Informe Médico y Registro de Vacunas. (puede enviar este formulario junto con el Formulario I-485 o posteriormente cuando se lo solicitemos)
- Registros policiales y judiciales certificados de cualquier hallazgo de delincuencia juvenil, cargos penales, arrestos o condenas (si corresponde)
- Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad (si corresponde)
- Formulario I-212, Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Ingreso a Estados Unidos Después de Haber sido Deportado o Removido (si corresponde) y
- Documentación de estatus de no inmigrante J-1 o J-2 en el pasado o presente (si corresponde), incluida la prueba de cumplimiento o exención del requisito de 2 años de residencia en el extranjero conforme a INA 212 (e). Para obtener más información, consulte el Formulario I- 612, Solicitud de Exención del Requisito de Residencia en el Extranjero (conforme a la Sección 212(e) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, según sus enmiendas.
Nota: Ciertos formularios, incluido el Formulario I-485, tienen una tarifa de presentación.
Miembros De La Familia
Nadie puede presentar una solicitud derivada de un SIJ. Sin embargo, puede pedir a miembros de la familia que cualifican por medio de inmigración basada en la familia después de que le otorguemos una Tarjeta Verde.
Tenga en cuenta que si se le otorga una Tarjeta Verde basada en su clasificación SIJ y luego se naturaliza, no puede solicitar que sus padres adoptivos naturales o anteriores obtengan una Tarjeta Verde. Esto aplica incluso a un padre custodio, no abusivo.
Empleo Y Autorización De Viaje
Generalmente, cuando tiene un Formulario I-485 pendiente, puede solicitar la autorización de empleo presentando un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo.
Si necesita salir de Estados Unidos temporalmente mientras su Formulario I-485 está pendiente, consulte el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje y sus instrucciones para obtener más información. En general, si tiene un Formulario I-485 pendiente y se va de Estados Unidos sin un Permiso Adelantado de Reingreso, habrá abandonado su solicitud.
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