Programa Humanitario: Estatus De Protección Temporal (TPS)
El Secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) puede designar un país extranjero al Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) debido a condiciones en dicho país que impiden a los ciudadanos del país regresar a su país temporalmente de manera segura. USCIS podría otorgar TPS a los nacionales elegibles de ciertos países (o partes de los mismos) que ya están en Estados Unidos. Las personas elegibles que no tienen nacionalidad y cuya última residencia fue el país designado, también podrían obtener TPS.
El Secretario de DHS podría designar un país al TPS debido a las siguientes condiciones temporales:
- Conflicto armado en curso (tal como una guerra civil)
- Un desastre natural (tal como un terremoto o huracán) o una epidemia
- Otras condiciones extraordinarias y de carácter temporal.
Durante el periodo designado, las personas que son beneficiarias de TPS o que han resultado elegibles de forma preliminar al TPS durante la revisión inicial de sus casos (elegibles prima facie, o elegibles de primera intención):
- No serán removidos de Estados Unidos
- Pueden obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés)
- Pueden obtener una autorización de viaje.
Una vez se le conceda TPS, una persona tampoco podrá ser detenida por DHS debido a su estatus migratorio en Estados Unidos.
TPS es un beneficio temporal que no conduce al estatus de residente permanente legal ni confiere ningún otro estatus migratorio. Sin embargo, registrarse al TPS no le impide:
- Solicitar estatus de No Inmigrante
- Presentar una Solicitud de Ajuste de Estatus basada en una petición de inmigrante
- Solicitar cualquier otro beneficio migratorio o protección para el que usted podría ser elegible.
Por favor, tenga en cuenta que para obtener cualquier otro beneficio migratorio usted tiene cumplir todos los requisitos de elegibilidad para dicho beneficio en particular. Una solicitud al TPS no afecta una solicitud de asilo o cualquier otro beneficio migratorio, o viceversa. La denegación de una solicitud de asilo o cualquier otro beneficio migratorio no afecta su capacidad para inscribirse al TPS, aun cuando las bases de denegación de dicha solicitud también podrían conllevar la denegación del TPS.
Países Designados Actualmente Al TPS
Los países designados al día de hoy son: El Salvador, Haití, Honduras, Nepal, Nicaragua, Somalia, Sudán (Inglés), Sudán del Sur (Inglés), Siria,Yemen.
Requisitos De Elegibilidad
Para ser elegible al TPS, usted debe:
- Ser un ciudadano de un país designado al TPS, o una persona sin nacionalidad cuya última residencia habitual fue en el país designado
- Presentar la solicitud durante el periodo inicial de inscripción o reinscripción, o cumple con los requisitos de presentación de solicitud tardía durante cualquier extensión de la designación de su país al TPS. (Las personas que solicitan por primera vez y se inscriben de forma tardía deben ver a continuación la sección ‘Presentación de Solicitud Tardía)
- Haber estado presente físicamente de forma continua (CPP, por sus siglas en inglés) en Estados Unidos desde la fecha de efectividad de la fecha de designación más reciente de su país
- Haber residido continuamente (CR, por sus siglas en inglés) en Estados Unidos desde la fecha especificada para su país (vea la página web de TPS correspondiente a su país). La ley permite una excepción al requisito de presencia física continua y al de residencia continua, para salidas cortas, casuales e inocentes fuera de Estados Unidos. Cuando usted solicita o se reinscribe a TPS, debe informar a USCIS de todas sus ausencias de Estados Unidos desde las fechas de CPP y CR. USCIS determinará si la excepción corresponde en su caso.
Usted NO será elegible al TPS o para mantener su TPS actual si:
- Ha sido condenado por algún delito o dos o más delitos menores cometidos en Estados Unidos
- Es encontrado inadmisible como inmigrante bajo las causales correspondientes en la sección 212(a) de INA, incluyendo las causales criminales o relacionadas a la seguridad para las cuales no existe exención
- Está sujeto a cualquiera de los impedimentos reglamentarios para asilo. Estos incluyen, pero no están limitados a, participar en la persecución de otra persona o incurrir o iniciar actividad terrorista
- No cumplir con los requisitos de presencia física continua o residencia continua en Estados Unidos; o
- Si se le concede TPS, no reinscribirse al TPS según se le requiere, sin tener causa justificada para ello.
Proceso De Solicitud
Primer Paso: Presente Su petición
Una vez haya preparado su paquete de solicitud de TPS con los formularios, la evidencia y las tarifas de presentación (o solicitud de exención de tarifas), tendrá que enviarlo a la dirección indicada en la página de TPS para su país. Por favor, asegúrese de firmar su solicitud e incluir la cantidad correcta de tarifa (o la solicitud de exención de tarifas). Estos son dos de los errores más comunes que USCIS recibe en las solicitudes de TPS. Por favor fíjese en la tabla de tarifas para identificar cuáles son las tarifas que debe pagar (o debe enviar una solicitud de exención debidamente documentada). Si no paga las tarifas apropiadas (o envía una solicitud de exención de tarifas), su solicitud podría ser denegada.
Segundo Paso: USCIS Recibe Su Solicitud
Cuando USCIS recibe su solicitud, la revisaremos para determinar si está completa y tiene las tarifas correctas o una solicitud de exención de tarifas debidamente documentada. Si su caso cumple con los criterios básicos de aceptación, entraremos su solicitud en nuestro sistema y le enviaremos un acuse de recibo. En la parte superior de dicho acuse encontrará un número de recibo, que podrá utilizar para verificar en línea el estatus de su caso.
Si no recibe su acuse de recibo dentro de tres semanas de haber presentado su solicitud, puede llamar a nuestro Centro de Contacto de USCIS
al 800-375-5283 para solicitud asistencia. Si su solicitud es rechazada durante la etapa inicial de revisión, puede volver a presentar la misma dentro del periodo de reingreso, luego de corregir los problemas descritos en la notificación de USCIS.
Si su solicitud fue rechazada porque determinamos que no es elegible para una exención de tarifas, debe presentar un nuevo paquete de solicitud de TPS. Vea la sección ‘Exención de Tarifas’ para más información.
Tercer Paso: USCIS Se Comunicará Con Usted
Si USCIS necesita tomarle su fotografía, firma y/o huellas dactilares (llamados datos biométricos), le enviaremos una notificación de cita para tomarle sus datos biométricos en un Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC, por sus siglas en inglés). Se le tomarán los datos biométricos a todo solicitante de TPS de 14 años de edad o más. Los datos biométricos son requeridos para corroborar identidad, realizar verificación de antecedentes y generar un EAD, si ha sido solicitado.
En ciertas situaciones, tales como cuando es imposible tomar una huella dactilar, USCIS podría eximir la toma de datos biométricos. En algunos casos, podríamos reusar datos biométricos que se le hayan tomado previamente para una solicitud de TPS anterior. Aún si no tiene que comparecer a una cita en un ASC, tendrá que pagar la tarifa de datos biométricos (si se le requiere) para ayudar a cubrir los costos asociados con la reutilización de sus datos biométricos.
Cuarto Paso: Vaya A Un ASC
Cuando comparezca a su cita en un ASC, debe llevar:
1. Evidencia de su nacionalidad e identidad que tenga una fotografía suya, tal como un pasaporte
2. Su acuse de recibo
3. Su notificación de cita en el ASC
4. Su EAD vigente, si ya tiene uno.
Si no puede asistir a su cita programada, puede reprogramarla. Para ello, saque una copia de su notificación y guárdela para sus archivos, luego envíe la notificación original junto con su solicitud de reprogramación de cita a la dirección del ASC que aparece en la notificación. Debe presentar su solicitud de reprogramación tan pronto conozca que tiene un conflicto inevitable en la fecha programada para su cita en el ASC. Se le enviará por correo una nueva notificación de cita. Por favor, tenga en cuenta que la reprogramación de una cita para toma de datos biométricos podría causar que se retrase la adjudicación de su caso.
Si necesita un acomodo razonable por motivo de una discapacidad que le afecta su habilidad para asistir al ASC, por favor consulte la página web Solicitar Acomodo Razonable por Discapacidad para más información.
ADVERTENCIA: Si usted no comparece a su cita en el ASC sin haber reprogramado la misma, o si usted pierde sus citas en el ASC en repetidas ocasiones, su solicitud de TPS podría ser denegada por abandono.
Si hay una necesidad de que usted viaje al extranjero en carácter de emergencia por razones humanitarias, puede solicitar el trámite acelerado de su solicitud de Permiso Adelantado de Viaje (Formulario I-131), luego de haber comparecido a un ASC para la toma de datos biométricos.
Quinto Paso: USCIS Determina Su Autorización De Empleo
Si usted no le interesa obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD), pase al Sexto Paso.
- Si Está solicitando TPS por primera vez y le interesa una Autorización De Empleo (EAD):
Antes de tomar una decisión final sobre su solicitud de TPS, USCIS evaluará su caso para determinar si usted es elegible para trabajar. Si durante la revisión inicial de su solicitud de TPS determinamos que es elegible (elegible prima facie) usted recibirá un EAD.
Aviso: Si su solicitud es denegada y usted determina apelar ante la Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) de UCIS o solicitar la revisión de su solicitud por parte de un juez de inmigración, se extenderá su EAD mientras usted espera por una decisión. Si su EAD caduca, debe solicitar la extensión de su EAD presentando el Formulario I-765 junto con evidencia de su apelación ante la AAO o de que solicitó que un juez de inmigración revisara su solicitud de TPS.
- Si Está reinscribiéndose al TPS y le interesa una Autorización De Empleo (EAD)
Recibirá su nuevo EAD cuando sea adjudicado en su totalidad su paquete de TPS.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) realiza esfuerzos para evitar retrasos en este paso, pero le pedimos que recuerde que USCIS podría experimentar un alto volumen de solicitudes durante los primeros meses del periodo de inscripción.
Sexto Paso: USCIS Adjudica La Solicitud
Durante esta fase, podríamos solicitarle documentación adicional para determinar su elegibilidad al TPS. Si recibe una Solicitud de Evidencia (RFE, por sus siglas en inglés) o una Notificación de Intención de Denegación, es de extrema importancia que responda inmediatamente para evitar retrasos en el procesamiento y la posible denegación por falta de una respuesta oportuna. Una vez USCIS complete su caso, le notificará si su solicitud de TPS fue otorgada o denegada. Si le corresponde una o más causales de inadmisibilidad, USCIS le dará una oportunidad para presentar el Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad, si usted no lo incluyó con su paquete de TPS. Por favor, presente este formulario dentro del periodo especificado en la notificación del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), o de lo contrario, su caso será denegado.
Séptimo Paso: USCIS Aprueba O Deniega Su Solicitud
- Si su solicitud de TPS es Aprobada y usted presentó una solicitud inicial:
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) le enviará una notificación de aprobación y un EAD, si lo solicitó y no lo ha recibido antes de este paso.
- Si su solicitud de TPS es Aprobada y usted presentó una solicitud de reinscripción:
Si no solicitó una EAD, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) le enviará una notificación de aprobación.
Si solicitó una EAD, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) le enviará una nueva EAD.
- Si su solicitud de TPS es Denegada:
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) le enviará una carta indicándole la razón para la denegación y, si corresponde, le proporcionará la oportunidad de apelar la denegación.