Cómo Viajar De Emergencia Estando En Los Estados Unidos
En caso de una emergencia, y antes de salir de Estados Unidos, usted debe conocer qué documentos se le requerirán para volver a entrar a Estados Unidos, así como también debe entender si su salida impactará o no impactará negativamente su(s) solicitud(es) de beneficio(s) de inmigración.
Como regla general, cualquier persona que no es un ciudadano estadounidense o un nacional no ciudadano estadounidense está sujeto a una revisión de inmigración cada vez que la persona solicite admisión a los Estados Unidos desde cualquier lugar fuera del país. Aún si usted ha sido admitido como residente permanente (tiene una Tarjeta Verde o Green Card) usted está sujeto ser inspeccionado por un oficial de inmigración. Si durante la inspección se determina que usted es inadmisible (aun cuando haya sido admisible anteriormente), se le puede denegar la admisión.
Si usted desea obtener admisión o permiso de ingreso (“parole”) en un puerto de entrada, por lo general debe tener consigo un documento de viaje válido y que no haya caducado (por ejemplo, una Tarjeta Verde, una visa estadounidense o un documento de permiso adelantado) para presentárselo al oficial en el puerto de entrada.
Según su estatus migratorio, o si tiene una solicitud de beneficio migratorio en trámite, se le requerirán diferentes tipos de documentos de viaje si usted (incluidos los residentes permanentes) desea regresar a Estados Unidos legalmente después de un viaje al extranjero. En ciertos casos, usted debe solicitar estos documentos antes de salir de Estados Unidos.
Precauciones
Viajar fuera de Estados Unidos podría tener serias consecuencias si usted está en el proceso de ajustar su estatus (solicitar una Tarjeta Verde). En general, si usted está solicitando estatus de inmigrante (Tarjeta Verde) y sale de Estados Unidos sin la documentación apropiada (por ejemplo, un permiso adelantado), podría ser inadmisible a Estados Unidos una vez regrese, y aún si se le admitiera podría determinarse que usted ha abandonado su solicitud.
Si usted ha sido admitido en calidad de no inmigrante y ha solicitado extender el periodo de su estadía autorizada de no inmigrante, o ha solicitado cambiar a un estatus de no inmigrante distinto, usted estará abandonando automáticamente su solicitud si sale de Estados Unidos antes de que USCIS tome una decisión sobre la solicitud de permiso adelantado. Recibir un documento de permiso adelantado NO evita la determinación de abandono del cambio de estatus o solicitud de extensión de estadía. Una vez regrese a Estados Unidos, es probable que se le deniegue la admisión si su actual estatus ha expirado.
Por las razones descritas arriba, es importante que usted obtenga la documentación apropiada antes de salir de Estados Unidos. También debe tener en cuenta que no se le garantiza la admisión a Estados Unidos aun cuando haya obtenido los documentos apropiados. En todos los casos, usted estará sujeto a una inspección de inmigración en un puerto de entrada para determinar si usted es admisible en el país y si es elegible al estatus migratorio que desea obtener.
Los solicitantes de asilo, asilados, refugiados y residentes permanentes legales que hayan obtenido dicho estatus a base de su estatus de refugiado también estarán sujetos a reglas especiales relacionadas a los viajes fuera de Estados Unidos, tales como:
- Solicitantes de asilo: Los solicitantes de asilo deben recibir libertad condicional antes de salir de los Estados Unidos. La libertad condicional anticipada no garantiza que el extranjero sea recibido nuevamente en los Estados Unidos. Por el contrario, el solicitante de asilo aún debe ser inspeccionado por un inspector de inmigración de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP).
- Asilados: Los asilados (individuos a quienes se les ha otorgado asilo) pueden viajar al extranjero con el permiso previo de aprobación del Secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Dicha aprobación previa viene en forma de documento de viaje para refugiados. Un documento de viaje para refugiados es válido por un año y se expide a un asilado para permitirle regresar a los Estados Unidos después de un viaje temporal al extranjero. En general, el asilado debe obtener el documento de viaje de refugiado antes de partir de Estados Unidos, aunque las regulaciones aplicables también permiten la emisión de un documento un viaje de refugiados en el extranjero pero bajo ciertas circunstancias. El permiso anticipado, de viaje para refugiados no garantiza la admisión a los Estados Unidos, la persona debe cumplir con la inspección de inmigración de CBP
- Residentes permanentes legales: Residentes permanentes legales que obtuvieron dicho estado en función de su estado de asilo también puede viajar al extranjero con los documentos de viaje para refugiados.
Si usted presenta el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, para solicitar un documento de permiso adelantado y sale de Estados Unidos sin tener en su posesión un documento de permiso adelantado que sea válido por todo el tiempo que usted estará en el extranjero, se considerará que ha abandonado su solicitud de Formulario I-131. En algunas ocasiones, una persona puede tener un documento de permiso adelantado mientras un segundo documento de permiso adelantado está en trámite. Las personas pueden viajar con el documento de permiso adelantado siempre que el documento sea válido por el tiempo completo que durará su viaje en el extranjero. En este caso no consideraremos que ha abandonado su Formulario I-131.
Presencia Ilegal
Si usted sale de Estados Unidos después de haber acumulado ciertos periodos de presencia ilegal en el país (tiempo que ha permanecido en Estados Unidos ilegalmente) podría prohibírsele la admisión por tres años o diez años, dependiendo del tiempo de presencia ilegal que haya acumulado. Cualquier salida de Estados Unidos podría poner en marcha esta causal de inadmisibilidad aun cuando usted haya obtenido un documento de permiso adelantado.
Si usted ha acumulado más de 180 días pero menos de un año de presencia ilegal y ha salido voluntariamente de Estados Unidos antes de que comenzaran los procedimientos de remoción, será inadmisible por 3 años a partir de la fecha de su salida. Si usted ha acumulado 1 año o más de presencia ilegal y sale de Estados Unidos, usted será inadmisible si busca admisión dentro de 10 años a partir de la fecha de su salida, sin importar si los procedimientos de remoción han comenzado o no.
Criterios para Procesamiento Expedito de una Solicitud
USCIS puede solicitar el procesamiento expedito de una solicitud, incluso a un Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, si cumple con ciertos criterios. Para más información vea la página Cómo Presentar una Petición para Procesamiento Expedito.
Documentos de Permiso Adelantado de Emergencia
Si usted está experimentando una situación de extrema urgencia, puede visitar su oficina local para solicitar un documento de permiso adelantado de emergencia. Para visitar una oficina local para obtener este servicio, usted tiene que programar una cita a través del Centro de Contacto de USCIS. Puede comunicarse con nuestro centro de contacto llame al 800-375-5283 o TTY 800-767-1833.
Al visitar su oficina local para solicitar dicho documento, usted debe llevar consigo:
- Un Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, completado y firmado;
- La tarifa de presentación correcta del Formulario I-131;
- Evidencia de apoyo de la petición de emergencia (por ejemplo, documentación médica, certificado de defunción);
- Dos fotos tipo pasaporte.
Cómo Presentar su Solicitud
Para solicitar un documento de viaje de emergencia, usted debe presentar el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, completo con la documentación de apoyo, fotos y tarifas correspondientes. Vea la solicitud para instrucciones de presentación específicas.
Dónde Presentar su Solicitud
El lugar de presentación de su Formulario I-131 dependerá del beneficio que desea obtener. Vea las instrucciones del formulario para más información. Su oficina local podría aceptar una solicitud de permiso adelantado de emergencia si usted está experimentando una situación extremadamente urgente. Los viajes de negocios, bodas, festividades y otros eventos planificados usualmente no serían consideradas situaciones de emergencia.
Cuándo Presentar su Solicitud
Usted debe solicitar el documento de viaje antes de salir de Estados Unidos. Usualmente, un solicitante de documento de viaje también debe completar el proceso de toma de datos biométricos en un Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC, por sus siglas en inglés) antes de salir de Estados Unidos. No hacerlo podría causar que el solicitante pierda el permiso para reingresar al país y que ello conlleve la denegación de cualquier otra solicitud que esté en trámite.