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Panamá Otorga Visa Por Cinco Años a Cubanos, Chinos, Dominicanos, Hindúes y Venezolanos

Panamá Otorga Visa Por Cinco Años

El Servicio Nacional de Migración (SNM), haciendo cumplir el Decreto Ejecutivo N° 611 De 11 de octubre de 2018, informa que a partir del del 12 de octubre del 2018, otorgará́ la Visa Estampada de múltiples entradas y salidas hasta por el término de cinco (5) años, según el criterio de verificación por los funcionarios, a los nacionales de países que requieren este tipo de visas para ingresar a Panamá́.

El presente Decreto tiene como finalidad facilitar los trámites de viajes a turistas y empresarios que ingresan regularmente a Panamá́ y contribuyen al desarrollo y crecimiento económico.

El SNM recuerda que el tiempo de estadía permitido para visitantes extranjeros es de 30 días de conformidad con el Decreto Ley 3 del 22 de febrero de 2008.

Los países cuyos ciudadanos actualmente requieren visa estampada para ingresar a la República de Panamá son: la República de Cuba, la República Popular de China, la República Dominicana, la República de la India y la República Bolivariana de Venezuela.

El SNM en cumplimiento de su facultad de controlar el movimiento migratorio de entradas y salidas de los nacionales y extranjeros, así́́ como la estadía de estos últimos en el territorio nacional, reafirma su compromiso de aplicar las disposiciones migratorias vigentes, basado en el pleno respeto a los derechos humanos y las leyes de la República de Panamá.

Cabe recordar que el pasado mes de agosto la República Bolivariana de Venezuela fue incluida en la lista de países que requieren este tipo de visado según el decreto Decreto 473 del 23 de agosto de 2017, a continuación reiteramos el procedimiento:

En caso de que el interesado se encuentre en territorio venezolano:


En el caso de ciudadanos venezolanos que se encuentran fuera de su país:


Los ciudadanos venezolanos que se encuentren en Panamá sin estatus migratorio definido (Regularización) y requieran salir del país, pueden solicitar una visa múltiple de No Residente, en el departamento de Registro de Extranjería del Servicio Nacional de Migración, para lo cual deberán cumplir los procedimientos y requisitos que aparecen en la página web del SNM.







Última Actualización: Octubre 16 de 2018
Fuente: Servicio Nacional de Migración de Panamá

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