Requisitos para Solicitud de Visas en Argentina
A continuación encontrara los requisitos para las visas de residencia permanente, visas de residente temporario y visas para residente transitorio en Argentina
VISA PARA RESIDENCIA PERMANENTE
Art. 22: “Familiar de ciudadano argentino o de extranjero residente permanente” Puede obtener una “residencia permanente”, con el propósito de establecerse definitivamente en el país, todo extranjero que:
- Sea cónyuge, padre o madre, o hijo menor de dieciocho (18) años o mayor con capacidades diferentes, de un CIUDADANO ARGENTINO nativo o por opción.
- Sea cónyuge, padre o madre, o hijo soltero menor de dieciocho (18) años o mayor con capacidades diferentes, de un RESIDENTE PERMANENTE en la República Argentina.
Requisitos:
- Partida de nacimiento y las relativas al Estado Civil de las Personas exigibles según el vínculo invocado, debidamente legalizadas o Apostilladas.
- Pasaporte, documento de identidad o documento de viaje, válido y vigente.
- Partida relativa al estado civil del recurrente, debidamente legalizada y apostillada.
- Mayores de dieciséis (16) años: certificado de carencia de antecedentes penales en original, emitido por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a un (1) año, durante el transcurso de los últimos tres (3) años, debidamente legalizado o apostillado.
- Copia certificada del documento nacional de identidad (DNI) del familiar o familiares argentinos.
- En el caso de familiares de argentinos por opción o naturalizados, copia certificada de la carta de ciudadanía argentina.
- En el caso de familiares de extranjeros residentes permanentes en la República Argentina, copia certificada de la Disposición de la Dirección Nacional de Migraciones y del Documento Nacional de las Personas para extranjeros.
- Cuatro (4) fotos 4 cm x 4 cm, de frente busto superior, fondo blanco, sin anteojos ni sombrero.
VISA PARA RESIDENTE TEMPORARIO
Se considera “residente temporario” si va a desarrollar alguna tarea de las listadas a continuación, cuando el plazo de permanencia solicitado sea de hasta un año.
B.1. Familiar de ciudadano extranjero residente temporario en la República Argentina
Todo ciudadano extranjero que siendo cónyuge, hijo menor de 18 años o mayor con capacidades diferentes o padre de un extranjero con residencia temporaria en la República, desee residir en la Argentina con su familiar.
Requisitos:
- Partida de nacimiento y las relativas al Estado Civil de las Personas exigibles según el vínculo invocado, debidamente legalizadas o Apostilladas.
- Pasaporte o documento de viaje, válido y vigente.
- Partida relativa al estado civil del recurrente, debidamente legalizada y apostillada.
- Mayores de dieciséis (16) años: certificado de carencia de antecedentes penales en original, emitido por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a un (1) año, durante el transcurso de los últimos tres (3) años, debidamente legalizado o apostillado.
- Copia certificada de la Disposición de la Dirección Nacional de Migraciones y del Documento Nacional de las Personas para extranjeros.
- Cuatro (4) fotos 4 cm x 4 cm, de frente busto superior, fondo blanco, sin anteojos ni sombrero.
B.2.- Trabajador Migrante
Quien desee ingresar al país para dedicarse al ejercicio de alguna actividad lícita remunerada, con autorización para permanecer en el país por un máximo de un (1) año, con permiso para trabajar bajo relación de dependencia.
Requisitos:
- Pasaporte o Documento de viaje, válido y vigente.
- Mayores de dieciséis (16) años: certificado de carencia de antecedentes penales en original, emitido por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a un (1) año, durante el transcurso de los últimos tres (3) años, debidamente legalizado o apostillado.
- Cuatro (4) fotos 4 cm x 4 cm, de frente busto superior, fondo blanco, sin anteojos ni sombrero.
- Contrato de trabajo suscripto por el empleador en la República Argentina, debidamente certificado y legalizado ante escribano público y Colegio de Escribanos.
- Número de inscripción del empleador, ante el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE) de la Dirección Nacional de Migraciones.
B.3.- Científico y personal especializado
Quienes se dediquen a actividades científicas, de investigación, técnicas, o de asesoría, contratados por entidades públicas o privadas para efectuar trabajos de su especialidad. De igual forma, directivos, técnicos y personal administrativo de entidades públicas o privadas extranjeras de carácter comercial o industrial, trasladados desde el exterior para cubrir cargos específicos en sus empresas y que devenguen honorarios o salarios en la República Argentina.
Requisitos:
- Pasaporte o Documento de viaje, válido y vigente.
- Mayores de dieciséis (16) años: certificado de carencia de antecedentes penales en original, emitido por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a un (1) año, durante el transcurso de los últimos tres (3) años, debidamente legalizado o apostillado.
- Cuatro (4) fotos 4 cm x 4 cm, de frente busto superior, fondo blanco, sin anteojos ni sombrero.
- Científico y personal especializado: certificado de trabajo, nota o similar que demuestre el vínculo con la empresa y el traslado a la República, con su correspondiente legalización y traducción.
- Número de inscripción del contratante, ante el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE) de la Dirección Nacional de Migraciones.
B.4.- Deportistas y Artistas
Quienes sean contratados en razón de su especialidad por personas físicas o jurídicas que desarrollan actividades en el país.
Requisitos:
- Pasaporte o Documento de viaje, válido y vigente.
- Mayores de dieciséis (16) años: certificado de carencia de antecedentes penales en original, emitido por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a un (1) año, durante el transcurso de los últimos tres (3) años, debidamente legalizado o apostillado.
- Cuatro (4) fotos 4 cm x 4 cm, de frente busto superior, fondo blanco, sin anteojos ni sombrero.
- Contrato de trabajo suscripto por el empleador en la República Argentina, debidamente certificado y legalizado ante escribano público y Colegio de Escribanos.
- Número de inscripción del contratante, ante el Registro Único de Invitantes (RENURE) de la Dirección Nacional de Migraciones.
B.5.- Estudiantes
Quienes ingresen al país para cursar estudios secundarios, terciarios, universitarios o especializados reconocidos, como alumnos regulares en establecimientos educativos públicos o privados, reconocidos oficialmente.
Requisitos:
- Pasaporte o Documento de viaje, válido y vigente.
- Mayores de dieciséis (16) años: certificado de carencia de antecedentes penales en original, emitido por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a un (1) año, durante el transcurso de los últimos tres (3) años, debidamente legalizado o apostillado.
- Cuatro (4) fotos 4 cm x 4 cm, de frente busto superior, fondo blanco, sin anteojos ni sombrero.
- Constancia de inscripción emitida por el establecimiento educativo.
- Copia de la documentación que respalde el nivel educativo del solicitante de visa.
- Número de inscripción de la institución educativa, ante el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE) de la Dirección Nacional de Migraciones.
VISA PARA RESIDENTE TRANSITORIO
Se considera “residente transitorio” cuando el plazo de permanencia solicitado en la República no supere los tres (3) meses en las siguientes subcategorías:
C.1.- Turistas
Quienes ingresen a la República Argentina con el propósito de descanso o esparcimiento.
Requisitos:
- Pasaporte o Documento de viaje, válido y vigente.
- Cuatro (4) fotos 4 cm x 4 cm, de frente busto superior, fondo blanco, sin anteojos ni sombrero.
- Pasaje a la República Argentina ida y vuelta (reserva).
- Itinerario turístico y reservas hoteleras o carta de invitación, firmada ante Escribano y Colegio de Escribanos.
- Acreditar la solvencia económica.
C.2.- Científico, Profesional, Técnico, Religioso o Artista (disposición D.N.M. 1170/2010)
Quienes ingresen al territorio nacional con el objeto de realizar tareas remuneradas o no en el campo científico, profesional, técnico, religioso o artístico, hasta 30 días.
Requisitos:
- Pasaporte o Documento de viaje, válido y vigente.
- Cuatro (4) fotos 4 cm x 4 cm, de frente busto superior, fondo blanco, sin anteojos ni sombrero.
- Pasaje a la República Argentina ida y vuelta (reserva).
- Carta de invitación, firmada ante Escribano y Colegio de Escribanos, en la cual debe constar el número de inscripción ante el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE) de la empresa o persona invitante en la República.
- Acreditar la profesión invocada.
C.3.- Hombre de negocios, gestiones comerciales o económicas
Quienes se dediquen a la realización habitual de negocios o gestiones comerciales o económicas, por cuenta, riesgo o capital propios o con una participación en empresas o personas jurídicas que realicen aquellas actividades, o en representación de éstas.
Asimismo, quien ingrese al territorio con el objeto de participar en exposiciones o ferias, hasta 60 días.
Requisitos:
- Pasaporte o Documento de viaje, válido y vigente.
- Cuatro (4) fotos 4 cm x 4 cm, de frente busto superior, fondo blanco, sin anteojos ni sombrero.
- Pasaje a la República Argentina ida y vuelta (reserva).
- Carta de invitación, firmada ante Escribano y Colegio de Escribanos, en la cual debe constar el número de inscripción ante el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE) de la empresa o persona invitante en la República, como así también sus datos personales, el objeto y actividad a desarrollar y el plazo de su permanencia solicitado.
- Acreditar antecedentes de la actividad que el extranjero realiza (referencias comerciales, actas constitutivas de las empresas, certificación de la existencia de la empresa, etc.)
- En el caso de la participación en exposiciones o ferias, deberá acreditar la inscripción en los mismos.
Carta de Invitación para el Ingreso de Extranjeros a la República
De acuerdo a la normativa migratoria vigente, toda persona física o jurídica con residencia en la República que invite extranjeros al país deberá confeccionar una nota o carta de invitación para ser presentada ante la autoridad consular argentina en el exterior.
Dicha nota sirve al sólo efecto de dar inicio al trámite de solicitud de visado y no garantiza, bajo ningún concepto, el otorgamiento de visa al extranjero.
La mencionada carta es de carácter informal, deberá estar redactada en idioma español y tendrá que ser enviada en original y vía correo postal, o correo puerta a puerta, a la representación argentina en el exterior que corresponda.
La carta de invitación deberá contener los siguientes datos mínimos:
- Debe estar dirigida a la autoridad consular interviniente (Ej. Al Sr. Cónsul de la República).
- Debe contener todos los datos personales y de contacto del organismo/persona invitante que reside en la República, a saber: nombre y apellido/razón social, DNI/CUIT, domicilio, teléfono, correo electrónico, etc.
- Datos del extranjero invitado: nombre y apellido, nacionalidad, fecha de nacimiento, tipo y N° de pasaporte, teléfono, correo electrónico y cualquier otro dato de contacto en el lugar de residencia.
- Motivo del viaje, vínculo con el invitado, tiempo de permanencia en la República, lugar de alojamiento, información relativa a quién solventa gastos, fecha estimada de arribo y partida, etc.
- Indicar que el firmante se responsabiliza por el egreso del extranjero del territorio nacional, al vencer el plazo de permanencia autorizado.
- Firma y aclaración del invitante.
- Certificación de la firma por Escribano Público y Colegio de Escribanos.
Importante:
En los casos en que sea requerida inscripción del invitante en el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros –RENURE- (técnicos, hombres de negocios, estudiantes, etc.), deberá indicarse el correspondiente número de inscripción. Asimismo, se sugiere anexar a la invitación una copia de la inscripción al mencionado registro.
Si existiere nómina de invitados, la misma deberá contener los siguientes datos: apellido y nombre, fecha de nacimiento, nacionalidad, tipo y N° de documento de viaje, así como los datos de contacto (teléfono y correo electrónico). El listado deberá, en principio, estar incluido en la nota de invitación y no anexo a la misma, excepto que se trate de una larga lista. En ese caso, tanto la nota de invitación como el anexo deberán estar firmados por el invitante y su firma certificada ante Escribano Público y Colegio de Escribanos, de ser el caso.