Autorización de Empleo a Ciertos Cónyuges H-4 Dependientes de un No Inmigrante H-1B
El director del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés), León Rodríguez, anunció que el 26 de mayo, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) está ampliando la elegibilidad para autorización de empleo a ciertos cónyuges H-4 dependientes de No Inmigrantes H-1B, que interesan obtener estatus de Residente Permanente Legal (LPR, por sus siglas en inglés) basado en el empleo. DHS modificó la reglamentación para permitir que estos cónyuges dependientes H-4 acepten empleo en los Estados Unidos.
Finalizar la elegibilidad de empleo de los H-4 era un elemento importante de las acciones ejecutivas sobre inmigración que anunció el Presidente Obama en noviembre de 2014. Ampliar la elegibilidad para autorización de empleo a ciertos cónyuges H-4 dependientes de No Inmigrantes H-1B es una de las varias iniciativas en marcha para modernizar, mejorar y clarificar los programas de visa que tienen el propósito de hacer crecer la economía estadounidense y crear empleos.
“Permitir que los cónyuges de estos titulares de visa trabajen legalmente en los Estados Unidos tiene mucho sentido,” dijo Rodríguez. “Esto permite que las empresas estadounidenses mantengan sus trabajadores altamente capacitados al aumentar las oportunidades para que estos trabajadores opten por permanecer en este país durante su transición de trabajadores temporales a residentes permanentes. También proporciona mayor estabilidad económica y mejor calidad de vida para las familias involucradas.”
Las personas elegibles incluyen ciertos cónyuges H-4 dependientes de No Inmigrantes H-1B, que:
- Son los beneficiarios principales de un Formulario I-140, Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero, que haya sido aprobado.
- Se les haya otorgado estatus H-1B bajo las secciones 106(a) y (b) de la Ley de Competitividad Estadounidense en el Siglo Veintiuno de 2000, según enmendada por la Ley de Autorización de Asignaciones Presupuestarias del Siglo 21 del Departamento de Justicia. Esta ley permite que los No Inmigrantes H-1B que interesan obtener la residencia permanente puedan trabajar y permanecer en los Estados Unidos más allá del límite de seis años de su estatus H-1B.
DHS espera que este cambio reduzca las cargas económicas y tensiones personales que podrían experimentar los No Inmigrantes H-1B y sus familias durante la transición del estatus de No Inmigrante al de Residente Permanente Legal, y que facilite su integración en la sociedad estadounidense. Por tanto, el cambio debe reducir ciertos elementos disuasorios que conducen a que los actuales No Inmigrantes H-1B abandonen sus esfuerzos para permanecer en los Estados Unidos mientras buscan obtener la residencia permanente legal, lo que permitirá minimizar las interrupciones de las empresas estadounidenses que los emplean. El cambio también apoyará la economía estadounidense debido a que las contribuciones que hacen los No Inmigrantes H-1B a la iniciativa empresarial y a las ciencias ayudan a promover el crecimiento económico y la creación de empleos. La reglamentación también alineará las políticas migratorias de los Estados Unidos con aquellas leyes de otros países que compiten para atraer similares trabajadores altamente cualificados.
Bajo esta regla, los cónyuges dependientes H-4 que son elegibles deben presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, junto con evidencia de apoyo y las tarifas requeridas de $380, para obtener autorización de empleo y recibir un Formulario I-766, Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés). USCIS comenzará a aceptar solicitudes el 26 de mayo. Una vez USCIS apruebe el Formulario I-765 y el cónyuge dependiente H-4 reciba un EAD, este podrá comenzar a trabajar en los Estados Unidos.
USCIS estima que la cantidad de personas elegibles para solicitar autorización de empleo bajo esta regla podría alcanzar los 179,000 durante el primer año y 55,000 anualmente durante los años subsiguientes. USCIS les recuerda a las personas potencialmente elegibles que esta reglamentación no será efectiva hasta el 26 de mayo. Las personas no deben presentar una solicitud a USCIS antes de la fecha de efectividad, y deberán tener cuidado con cualquier persona que le ofrezca ayuda para presentar la solicitud ante USCIS antes de la fecha de efectividad.
Última Actualización: Marzo 04 de 2015
Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)
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