Antecedentes:
Un inmigrante es un extranjero no - nacionalizado a quien le ha sido otorgado el privilegio de vivir y trabajar permanentemente en los EEUU. Su hijo/hija, para llegar a ser un inmigrante, debe completar un proceso de tres pasos:
Primero, el INS deberá aprobar una solicitud de inmigrante la cual usted debe completar para sus hijos/hijas.
Segundo, el Departamento de Estado debe concederle a sus hijos/hijas un número de visa de inmigrante, incluso sí sus hijos están en los EEUU.
Tercero, sí sus hijos ya están en los EEUU, pueden solicitar el estatus de residencia permanente una vez que se haga disponible un número de visa para ellos. Sí sus hijos se encuentran fuera de los EEUU, se les notificará para que asistan al consulado estadounidense del país en el que se encuentran, para completar los procedimientos que le permitirán adquirir una visa de inmigrante.
Para más información sobre números de visa de inmigrantes favor ver Cómo Obtener un Número de Visa de Inmigrante.
¿Qué dice la ley?
El Acto de Inmigración y Naturalización es la ley que rige la inmigración a los EEUU. Las partes de esta ley que tratan sobre visas de inmigrantes para niños son INA § 201, INA § 202, INA § 203 y INA § 204.
Los requisitos específicos sobre elegibilidad y procedimientos para solicitar visas para inmigrantes y residencia permanente se incluyen en el código de Regulaciones Federales en 8 CFR § 204.1 y 8 CFR § 204.2.
¿Quién es elegible?
Un ciudadano estadounidense puede solicitar que un hijo(a) viva y trabaje permanentemente en los EEUU, independientemente de la edad o de su estado civil. Sin embargo, un residente permanente legal solamente puede solicitar a un menor soltero de cualquier edad. Su hijo(a) debe tener disponible un número de visa de inmigrante para poder obtener la residencia permanente legal. Para más información sobre números de visa para inmigrantes, favor ver Cómo Obtener un Número de Visa de Inmigrante.
Sí usted tuvo hijos antes de haber obtenido la residencia permanente, sus hijos pueden ser elegibles para obtener beneficios de después - de - unión. Esto significa que usted no deberá presentar por separado el formulario Form I-130 (Solicitud de un Pariente Extranjero) por sus hijos, y sus hijos no deberán esperar ningún tiempo adicional para que les sea disponible un número de visa. Para información acerca de la obtención de beneficios de después - de - unión, favor ver Procedimiento de Solicitud Para Traer Hijos a los EEUU.
Por favor tenga presente que sí usted es un ciudadano estadounidense, no necesita entregar una solicitud de visa por separado por los hijos solteros y menores de edad de sus hijos solteros mayores de 21 años. Usted tampoco necesita entregar solicitudes de visa por separado por el esposo(a) o por los hijos solteros menores de su hijo casado de cualquier edad. Sí usted es un residente permanente legal, no necesita entregar solicitudes de visa por separado por los hijos solteros menores de su hijo soltero.
¿Cómo completo la solicitud de visa?
Para ver cómo usted puede completar la solicitud para que su hijo viva en los EEUU permanentemente favor ver Procedimiento de Solicitud Para Traer Hijos a los EEUU.
¿Podrá mi hijo(a) obtener un permiso para trabajar?
Los solicitantes que se encuentren dentro de los Estados Unidos y que hayan completado el formulario Form I-485 (Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Cambio de Estatus a Residente Permanente) son elegibles para solicitar un permiso de trabajo mientras su caso es procesado. Sí su hijo tiene más de 14 años y quiere trabajar, su hijo deberá usar el formulario Form I-765 para solicitar un permiso de trabajo.
Sí hijo no necesita solicitar un permiso de trabajo cuando ya haya obtenido una visa de inmigrante o un estado de residente permanente. Al ser un residente permanente legal su hijo recibirá una tarjeta de registro de extranjero (alien registration card). Esta tarjeta prueba que su hijo tiene el derecho de vivir y trabajar en los Estado Unidos permanentemente. Sí su hijo se encuentra fuera de los EEUU, el/ella recibirá una estampilla de pasaporte al llegar a los EEUU. Esta estampilla probara que su hijo tiene el derecho de trabajar hasta que una tarjeta de registro de extranjera sea creada.
¿Cómo puedo revisar el estatus de mi solicitud de visa?
Para revisar el estatus de su solicitud contáctese con la oficina del INS que recibió su solicitud. Debe estar preparado para proveer al cuerpo administrativo del INS información específica con respecto a su solicitud de visa.
¿Cómo puedo apelar?
Sí la solicitud de visa que usted completó para su hijo(a) fue rechazada, la carta de rechazo le dirá cómo puede apelar. Generalmente, puede apelar dentro de 33 días luego de haber sido notificado del rechazo. Después de que su formulario de apelación (más arancel requerido) sea evaluado, la apelación será enviada al la Junta de Apelaciones de Inmigración (Board of Immigration Appeals) en Washington. D.C.
Importante: La información en esta página es una traducción de InmigracionyVisas.com basada en información provista por el Departamento de Estado y/o por el Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) de los Estados Unidos. Ninguna información provista en esta página debe ser considerada como asesoramiento legal. Por esta razón se le aconseja al lector que consulte con un abogado antes hacer cualquier diligencia para visitar o migrar a los EEUU.