Presentación Centralizada De Exenciones De Inadmisibilidad
Desde el pasado 4 de junio de 2012, los individuos fuera de los Estados Unidos que han sido encontrados inadmisibles para ciertas visas por un oficial consular estadounidense y que desean una exención de causal de inadmisibilidad deberán ahora enviar por correo sus solicitudes directamente al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS, por sus siglas en inglés) a una Localidad Segura (Lockbox) en los Estados Unidos, en lugar de hacerlo en las oficinas en el extranjero.
cambio sólo afecta los individuos fuera de EE.UU. que han sido encontrados inadmisibles para una visa de inmigrante o visa de no inmigrante K o V y deseen presentar exenciones de inadmisibilidad. Estas solicitudes de exención se adjudican en el Centro de Servicio de Nebraska de USCIS (NSC, por sus siglas en inglés).El cambio afecta las presentaciones de:
Los individuos en México que buscan presentar una solicitud de exención siguen teniendo la opción de presentarla en la Oficina Local de Ciudad Juárez, además de poder hacerlo en la Lockbox durante el tiempo de transición que se extiende hasta el 4 de diciembre de 2012. Sin embargo, aquellos que elijan presentar sus solicitudes de exención en la Lockbox tendrán ciertas ventajas, como:
- Presentación más rápida: Los solicitantes pueden presentar una solicitud de exención inmediatamente luego de la entrevista consular. Un solicitante que presenta en la Lockbox no necesita esperar por una entrevista en la Oficina de Local de USCIS para presentar la solicitud de exención y tampoco necesita viajar hasta la Oficina de USCIS.
- Tiempos de procesamiento más cortos: La meta de NSC es procesar las solicitudes de exención dentro de tres meses.
- Habilidad para seguir el progreso de una solicitud: Los solicitantes que presentan solicitudes de exención en la Lockbox pueden ver el progreso de su solicitud en línea. Este servicio no está disponible para los individuos que presentan sus solicitudes de exención en las oficinas de USCIS en el extranjero.
Importante: La información en esta página fue provista por el Departamento de Estado, por el Servicio Estadounidense de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) y/o por el Departamento de Homeland Security de los Estados Unidos. Ninguna información provista en esta página debe ser considerada como asesoramiento legal. Por esta razón se le aconseja al lector que consulte con un abogado antes de hacer cualquier diligencia para visitar o migrar a los Estados Unidos de América
Última Actualización: Septiembre 10 de 2012
Fuente: USCIS
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