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Archive for the ‘Canada’ Category

Video: Requisitos para Súper Visa Padres y Abuelos, Canadá

Domingo, marzo 31st, 2013

Por: Gobierno de Canadá

A partir de Diciembre de 2011 entró en vigencia en Canadá la Súper Visa para padres y abuelos. A continuación, algunos detalles sobre este tipo de visa.

¿Quiénes pueden solicitar una Super Visa?

Los padres o abuelos de ciudadanos canadienses o residentes permanentes.

Personas dependientes de la persona que ha solicitado una Súper Visa no pueden aspirar a tener una Súper Visa. Para estos casos se deberá solicitar su visa de visitante independientemente.

Los requisitios que se deben reunir son: demostrar vínculos el país de origen, estabilidad económica y la invitación formal por parte de un familiar.

También se debe aprobar un examen médico.

Se deberá comprar un seguro médico privado por lo menos de CAN$100.00, no menor a un año, este debe ser comprado en una empresa canadiense, debe cubrir cuidados médicos, hospitalización y repatriación.

Algunas veces el aplicante puede ser llamado a una entrevista con un oficial de inmigración.

¿Cuáles son los requisitos de las personas que apadrinan?

El hijo o nieto del solicitante de la Súper Visa tiene que cumplir ciertos requisitos también.

La persona interesada en traer a su padre o abuelo debe tener un ingreso mínimo de CAN$22.229 al año. La cantidad de ingresos que hay que soportar depende directamente de la cantidad de personas que se apadrine. (ver tabla en siguiente página del CIC).

¿Cuanto dinero costará y cuánto tendré que esperar?

La Super Visa cuesta al rededor de CAN$150, aunque existe una de única entrada en CAN$75.

La Súper Visa es válida por 10 años, pero debe ser renovada cada dos años. El proceso de renovación debe hacerse desde afuera de Canadá.

No hay diferencia entre los tiempos para obtener Súper Visa y la Visa de Visitante. Generalmente estos trámites no duran más de un me (ver tabla de tiempos por país en e siguiente enlace: CIC).

Toda la información relacionada la puede ver en el siguiente enlace: las planillas de solicitud.

Por: Gobierno de Canadá

Última Actualización: Marzo de 2013

Inmigrantes se Divorcian en Canadá

Domingo, agosto 26th, 2012


Fuente: Nelson Reyes
Última Actualización: Agosto de 2012

Sobre el Seguro Médico Internacional

Jueves, abril 12th, 2012

Por: AseguratuViaje.com

Las enfermedades y accidentes no distinguen raza, sexo y color, ni mucho menos fronteras; por esta razón cuando viajes al extranjero es recomendable comprar un Seguro médico internacional, no importa si vas por corto tiempo. En cualquier momento puede ocurrir algo desafortunado y es mejor esperar lo mejor pero estar preparado para lo peor.

Beneficios de obtener un seguro médico

Los beneficios que brinda un Seguro médico internacional son muchos, empezando por la cobertura médica que te ofrece, pues los seguros ordinarios solo cubren el territorio de residencia o de nacionalidad. El Seguro médico internacional puede cubrir asistencia médica al instante con profesionales especializados y acompañamiento durante el periodo de hospitalización.

El seguro médico se debe diligenciar y adquirir con una aseguradora que posea amplia trayectoria y sucursales en diferentes países, incluyendo al que vas a viajar. Verifica que tengan personal que hablen tú idioma para poderlos contactar y comunicarte con ellos fácilmente, pues en tiempo de caos y desesperación se nos puede olvidar todo.

Revisa los puntos del contrato y que se acomoden a las características de tu viaje. Por lo general deben estar incluidos los gastos odontológicos, farmacéuticos, médicos y de hospitalización. En realidad no es muy costoso y es una herramienta fundamental al momento de viajar.

¿Quiénes pueden solicitar el seguro?

El Seguro médico internacional lo pueden solicitar turistas, estudiantes, empresarios y grupos familiares. Solo se debe establecer el paquete que sea más conveniente, pues las necesidades médicas de un estudiante pueden ser muy diferentes a la de un turista. Esto se rige más que todo por los tiempos de estadía.

Es importante ir conociendo varias aseguradoras, para que al final escojas la mejor opción y tengas un aliado más que cuidará de ti y a tu familia.

Espero que esta información sea útil para que tomes una decisión y puedas elegir con más seguridad tu seguro médico para viajar. Siempre es recomendable realizar este tipo de diligencias con mucha anterioridad y aún más si se viaja en colectivo o con un grupo familiar. El tiempo que tome estos trámites no es una pérdida de tiempo, por el contrario en una inversión para tu vida y la de tus seres queridos.

Fuente: AseguratuViaje.com

Última Actualización: Abril de 2012

Caso Real: Emigración Permanente a Canadá

Martes, abril 3rd, 2012

Por: Romarey VirguezMi nombre es Romarey Virguez. A partir de octubre del 2011 vivo en Montreal como residente permanente después de haber hecho un proceso de inmigración a Canadá por la provincia de Quebec.

En octubre de 2008 comencé el proceso con la asesoría de un intermediario. El costo aproximado de mi proceso fue de 5 millones de pesos colombianos. Lo primero fue hacer la evaluación del perfil para determinar si cumplía los requisitos exigidos por el gobierno de Quebec para inmigrar. En esta evaluacion basada en una tabla de puntos, se califican aspectos personales y profesionales: la profesión, la experiencia laboral, el estado civil, edad y el nivel de idiomas francés e inglés.

El gobierno de Quebec se interesa por profesionales en cualquier área. Existe un listado de profesiones que está en demanda y que son las que más puntaje tienen. Sin embargo factores como buen nivel de idiomas francés e inglés, y experiencia laboral, son aún más importantes si la profesión no es de las más solicitadas. Los matrimonios con hijos tienen muchas opciones por que valoran mucho que las parejas quieran inmigrar y criar a sus hijos en Quebec. En mi concepto la actitud es lo más importante, si realmente se quiere inmigrar.

Si los puntos son suficientes, se envía el formulario de solicitud de residencia permanente. Este formulario junto con los documentos requeridos (como copia de pasaporte vigente, copias de certificados laborales, diplomas de estudio etc.), se envían a México. Cuando yo hice la solicitud en abril del 2009 se enviaban los documentos a la embajada de Canadá en Bogota. En este link se encuentra toda la información para hacer el proceso uno mismo: http://www.immigration-quebec.gouv.qc.ca/es/index.html

Después del envío de la solicitud hay que esperar la respuesta de aceptación y presentarse a la entrevista con un consejero de inmigración. Mientras que esperaba la invitación a la cita, perfeccioné los idiomas (inglés y francés) y preparé la entrevista. Es importante enterarse muy bien de aspectos culturales, de educación, laborales etc. En general tener conocimentos básicos de la sociedad de Quebec, y además tener una idea muy clara de por qué se quiere inmigrar a Quebec. En noviembre de 2009 presenté la entrevista y afortunadamente obtuve el certificado de selección de Quebec. Es muy importante este certificado, el cual quiere decir que eres aceptado, pero no es la visa.

En la entrevista el consejero de inmigración revisa detalladamente el formulario de solicitud, en el cual aparecen fechas importantes que él va a constatar durante la entrevista: fechas de grado, de trabajo, viajes, de matrimonio, etc. Los diplomas de estudio son muy importantes y los revisan detalladamente. También verifican si el nivel de idioma que se indicó en el formulario si concuerda con la realidad. Es recomendable ir muy bien preparado en idioma francés e inglés. Tienen en cuenta el interés o la investigación que se haga de Quebec; por ejemplo yo como artista investigué sobre los organismos más importantes culturales en Quebec.

Por ultimo sigue la espera de la visa. En mi caso tomo un ano y medio. Este tiempo de espera puede variar y depende de cada perfil. En mayo de 2011 me llamaron de la embajada de Canadá en Bogota para que llevara mi pasaporte para estampillar la visa y entregarme la carta de residencia.

Es un proceso que requiere de paciencia, constancia y compromiso. Venir a vivir a Montreal es un cambio radical, y el aprendizaje del francés es absolutamente importante para lograr una integración más rápida.

Última Actualización: Marzo de 2012

Lotería de Visas

Sábado, octubre 23rd, 2010

Ya empezó la lotería de visas, conocida como DV-2012. El plazo de inscripción cierra el 3 de noviembre de 2010. Reúna sus datos y llene su solicitud por Internet lo más pronto posible.

Encuentre más información en el casillero Lotería de visas ubicado en la franja derecha de la página Inmigración y ciudadanía.

Haga cambios a su suscripción, contraseña, e-mail, o cancele su suscripción en cualquier momento usando la página de perfil del abonado. ¿Tiene comentarios o problemas con el servicio de suscripción? Escríbanos a suscripciones@suscripciones.gobiernousa.gov.

Importante: La información en esta página fue provista por el Departamento de Estado, por el Servicio Estadounidense de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) y/o por el Departamento de Homeland Security de los Estados Unidos. Ninguna información provista en esta página debe ser considerada como asesoramiento legal. Por esta razón se le aconseja al lector que consulte con un abogado antes de hacer cualquier diligencia para visitar o migrar a los Estados Unidos de América


Última Actualización: Octubre de 2010

Instrucciones para Lotería de Visas DV-2011

Domingo, octubre 18th, 2009
El Programa de Visados de Diversificación de Inmigrantes es administrado cada año por el Departamento de Estado de los Estados Unidos conforme a la sección 203(c) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, siglas en inglés). La sección 131 de la Ley de Inmigración de 1990 (Ley Pública 101-649) modificó la sección 203 de la INA para formar una nueva categoría de inmigrantes, los “inmigrantes de diversificación”. Conforme a esa ley, cada año se ponen un máximo de 55,000 visados de residente permanente a disposición de los nativos de países de escasa afluencia migratoria a los Estados Unidos.

Los solicitantes de los visados de diversificación son seleccionados al azar por sorteo computarizado.

¿Quiénes no pueden optar a este visado?

Los ciudadanos de los siguientes países:

Brasil, Canadá, China (continental), Colombia, Corea del Sur, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Filipinas, Haití, India, Jamaica, Méjico, Pakistán, Perú, Polonia, Reino Unido (excepto Irlanda del Norte) y sus territorios dependientes, República Dominicana, y Vietnam.

¿por qué razón?

Porque estos países ya han enviado en los últimos cinco años más de 50000 inmigrantes.

Modo y plazo de inscripción para el visado de diversificación

Las solicitudes para el sorteo de los visados de diversificación del año 2011 (DV-2011) deben presentarse vía web únicamente en la siguiente dirección: www.dvlottery.state.gov entre el mediodía EDT (horario de verano del Este de los Estados Unidos) del viernes 2 de Octubre de 2009 y el mediodía EST (horario del Este de Estados Unidos) del Lunes 30 de Noviembre de 2009.

REQUISITOS PARA PARTICIPAR:

No haber nacido en ninguno de los países descritos anteriormente.

Sin embargo, existen otras dos formas en las que una persona pueda calificar.

Primero: si la persona nació en un país cuyos nativos no son aptos pero su cónyuge haya nacido en un país que lo sea, ésta puede asumir el país de nacimiento del cónyuge, siempre y cuando ambos estén incluidos en la solicitud seleccionada, se expidan los visados al solicitante y al cónyuge y éstos entren a los Estados Unidos al mismo tiempo.

Segundo: si la persona nació en un país cuyos nativos no son aptos, si ninguno de sus padres nació en ese país ni residía en el mismo en la fecha de nacimiento, la persona puede asumir el país de nacimiento de uno de los padres, siempre y cuando este país sea uno en el que sus ciudadanos de nacimiento califican para el programa DV-2011.

Para participar, el solicitante debe cumplir con el requisito de educación o con el de experiencia laboral del programa DV:

Para participar, el solicitante deberá haber concluido satisfactoriamente la enseñanza secundaria o su equivalente, que se define como haber cumplido con éxito doce años de educación primaria y secundaria, o bien tener dos años de experiencia laboral, cumplidos en los últimos cinco años, en una profesión u oficio cuyo desempeño requiera al menos dos años de capacitación o experiencia. Para determinar la necesaria experiencia laboral se empleará la base de datos del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos, O*Net OnLine. Para más información sobre experiencia laboral necesaria, vea la Pregunta Frecuente # 13.

Nota: si usted no cumple alguno de los requisitos descritos anteriormente, NO intente aplicar, lo más seguro es que sea denegada la solicitud.

Procedimiento para presentar una solicitud al DV2011

I. Inscribirse en la fecha señalada.

II. No inscribirse más de una vez, pues su solicitud será anulada.

III. Al recibir la solicitud electrónica de visado de diversificación debidamente cumplimentada, los solicitantes recibirán una notificación electrónica de acuse de recibo conteniendo el nombre del solicitante, y un número único de confirmación.

El solicitante debe imprimir esta pantalla de confirmación con el fin de incluirlo en su expediente, haciendo uso de la función de impresión que aparece en la pantalla de su ordenador.

Comenzando el 1 de Julio del 2010, el solicitante podrá comprobar el estado de su solicitud para el DV-2011 a través de la página web e introduciendo su número de confirmación único y su información personal.

IV. Es muy importante que todas las fotos necesarias sean presentadas.

Se descalificarán las solicitudes que no adjunten todas las fotografías requeridas. Fotografías recientes de las siguientes personas han de ser enviadas electrónicamente con la Solicitud Electrónica de Visado de Diversificación:

- El solicitante.
- Su cónyuge.

- Cada hijo soltero menor de 21 años de edad en el momento de presentar la solicitud electrónica, incluyendo tanto los hijos naturales como todos los legalmente adoptados e hijastros, incluso si el hijo ya no reside con el solicitante o usted no pretende que emigre bajo el programa del visado de diversificación.

Tenga en Cuenta que:

Si omite enviar alguna fotografía que se le solicite, su solicitud será descalificada. Adicionalmente, todas las fotografías que envíe deben estar separadas.

para mayor información sobre las especificaciones de cómo enviar una foto digitral y su composición, diríjase a:
DV-2011-SPANISH.pdf en las páginas 3,4 y 5.

Información requerida para la presentación electrónica

1. Nombre Completo:Apellido, primer nombre, segundo nombre.

2. Fecha de Nacimiento: Día, mes, año.

3. Sexo

4. Ciudad/Pueblo de Nacimiento

5. País de Nacimiento

6. País por el que es Seleccionado o del que Asume la Condición de Nativo si no es el de Nacimiento

7. Fotografías Solicitadas

8. Dirección Postal: A la atención de quien se ha de enviar, calle y número, ciudad/pueblo, distrito/condado/provincia/estado, código postal, país.

9. País de Residencia Actual

10. Número de Teléfono (optativo)

11. Correo Electrónico:

12. Nivel más Alto de Estudios que el Solicitante Ha Conseguido

13. Estado Civil

14. Número de Hijos

15. Información Sobre el Cónyuge:Nombre y apellido, fecha de nacimiento, sexo, ciudad/pueblo de nacimiento, país de nacimiento, fotografía. El no incluir al cónyuge conllevará la descalificación del solicitante principal y la denegación de todos los visados del caso en el momento de la entrevista.

16. Información sobre el/los Hijos: Nombre y apellido, fecha de nacimiento, sexo, ciudad/pueblo de nacimiento, país de nacimiento, fotografía. Incluya a todos los hijos incluidos en el anterior número 14.

Selección de Solicitantes

Los solicitantes se seleccionarán al azar por ordenador entre todas las solicitudes aptas recibidas. Únicamente a todos los seleccionados se les notificará por correo entre mayo y julio de 2010; las cartas de notificación les darán nuevas instrucciones además de información sobre las tarifas exigibles para inmigrar a los Estados Unidos. Los no seleccionados no serán notificados.

Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de los solicitantes seleccionados también podrán solicitar visados para acompañar o seguir al solicitante principal. Los visados del programa DV-2011 se expedirán entre el 1 de octubre de 2010 y el 30 de septiembre de 2011.

La tramitación de las solicitudes y la expedición de los visados de diversificación de los solicitantes seleccionados y a sus familiares aptos DEBE concluirse antes de la medianoche del 30 de septiembre del 2011.

Para recibir el visado, los solicitantes seleccionados por sorteo deberán reunir TODOS los criterios que para ello estipula la legislación de los Estados Unidos.

Aviso importante:No se cobra ninguna tarifa por participar en el programa anual de DV. El Gobierno de los Estados Unidos no emplea a consultores externos ni se vale de servicios privados para administrar el programa de visados de diversificación.

Importante: La información en esta página fue provista por el Departamento de Estado, por el Servicio Estadounidense de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) y/o por el Departamento de Homeland Security de los Estados Unidos. Ninguna información provista en esta página debe ser considerada como asesoramiento legal. Por esta razón se le aconseja al lector que consulte con un abogado antes de hacer cualquier diligencia para visitar o migrar a los Estados Unidos de América.

Última Actualización: Octubre de 2009

Requerimiento del Advance Parole para Viajar

Viernes, agosto 7th, 2009

WASHINGTON – EE.UU. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) recuerda a las personas que deben obtener Libertad Condicional Anticipada (Advance Parole) del USCIS antes de viajar al extranjero si:

  • Se les ha concedido el Estatus de Protección Temporal (TPS);
  • Tienen una solicitud pendiente para ajuste de estatus a residente legal permanente;
  • Están en espera de una solicitud de socorro en virtud del artículo 203 del Ajuste Nicaragüense y Alivio de la Ley de Centroamérica (NACARA 203);
  • Están en espera de una solicitud de asilo, o
  • En espera de una legalización.
  • Para obtener la Libertad Condicional Anticipada (Advance Parole) , las personas deben presentar el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje.

    Anticipo de Libertad Condicional (Advance Parole) es una medida extraordinaria utilizada para permitir que una persona inadmisible de otra manera, ingrese a los Estados Unidos debido a circunstancias apremiantes. Por ley, ciertas personas deben solicitar un documento de viaje y tener aprobación anticipada antes de salir con Libertad Condicional (Advance Parole) de los Estados Unidos. Los intentos de volver a entrar los Estados Unidos sin autorización previa puede tener consecuencias graves puesto que las personas puede ser inhabilitadas para regresar a los Estados Unidos y sus aplicaciones pendientes puede ser negadas o administrativamente cerradas.

    Los solicitantes que estén planeando viajes al extranjero deben hacerlo con anticipación ya que pueden encontrar tiempos de procesamiento de aproximadamente 90 días, dependiendo de la ubicación de la oficina de USCIS. Instrucciones del Formulario I-131, proveen detalles sobre cómo y a dónde enviar las solicitudes.

    Nota:

    En virtud de la Reforma de Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante de 1996, los extranjeros que salen de los Estados Unidos después de haber estado ilegalmente en los Estados Unidos por determinados períodos de tiempo, pueden ser excluidas de la admisión al estatuto de residente permanente legal, incluso si han obtenido Libertad Condicional Anticipada (Advance Parole). Los extranjeros que han estado ilegalmente en los Estados Unidos por más de 180 días, pero menos de un año, son inadmisibles por tres años. Los que han estado ilegalmente por un año o más son inadmisibles por 10 años. Los extranjeros que están ilegalmente, y luego se van de los Estados Unidos para posteriormente, regresar en virtud de una concesión de Libertad Condicional (Advance Parole), pueden ser inelegibles para ajustar su estatus.

    Las personas que han sido admitidas como refugiados o se les ha concedido asilo, incluidos aquellos que están aplicando para el ajuste de su situación, no necesitan obtener Libertad Condicional Anticipada (Advance Parole). En cambio, estas personas deben solicitar un Documento de Viaje de refugiados mediante el Formulario I-131 y cumplir con requisitos, tales como procesamiento de datos biométricos, antes de salir de los Estados Unidos.

    Residentes permanentes legales que hayan obtenido esa condición como resultado de ser un refugiado o asilado en los Estados Unidos también pueden solicitar un documento de viaje como refugiado.

    Solicitantes de asilo, asilados y residentes permanentes legales que hayan obtenido esa condición sobre la base de su estatuto de asilo están sujetos a normas especiales con respecto a viajar fuera de los Estados Unidos. Estas personas son alentadas a la hoja informativa del USCIS titulada “Hoja de Datos para viajar fuera de los Estados Unidos como un solicitante de asilo, un asilado, o un residente legal permanente que hayan obtenido esa condición de asilo basado en el estado”.

    Antes de hacer planes para viajar al extranjero, todas las personas con solicitudes pendientes para ajuste de estatus, de socorro en virtud de NACARA 203, o el asilo, se les insta a consultar a un abogado de inmigración o una organización de asistencia en asusntos de inmigración acreditada por la Junta de Apelaciones de Inmigración, o llamando al Centro de Servicio del USCIS al teléfono 1-800-375-5283.

    Importante: La información en esta página fue provista por el Departamento de Estado, por el Servicio Estadounidense de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) y/o por el Departamento de Homeland Security de los Estados Unidos. Ninguna información provista en esta página debe ser considerada como asesoramiento legal. Por esta razón se le aconseja al lector que consulte con un abogado antes de hacer cualquier diligencia para visitar o migrar a los Estados Unidos de América.

    Última Actualización: Agosto de 2009.

Canadá Solicita Visa a Turistas Mejicanos

Domingo, agosto 2nd, 2009
A partir de las 12:01 hrs., hora del Este, del de julio de 2009, se exigirá visa a los nacionales mexicanos para viajar a Canadá, anunció hoy el Ministro de Ciudadanía, Inmigración y Multiculturalismo, Sr. Jason Kenney. Durante las primeras 48 horas, los ciudadanos mexicanos podrán solicitar entrada a su llegada a Canadá. Después de las 23:59 hrs. hora del Este del 15 de julio de 2009, deberán tener una visa.

Las solicitudes de condición de refugiado de nacionales mexicanos casi se han triplicado desde 2005, haciendo que México sea el país con el mayor número de solicitudes. En 2008, más de 9,400 solicitudes en Canadá fueron presentadas por nacionales mexicanos, representando el 25 por ciento de las solicitudes recibidas. De las solicitudes mexicanas examinadas y finalizadas en 2008 por la Comisión de Inmigración y Refugiados, un tribunal administrativo independiente, sólo 11 por ciento fueron aceptadas.

“Además de crear demoras significativas y un aumento precipitado de costos en nuestro programa de refugiados, el simple volumen de esas solicitudes merma nuestra capacidad de ayudar a las personas que huyen de verdaderas persecuciones,” dijo el Ministro Kenney. “Muy a menudo, las personas que realmente necesitan la protección de Canadá se encuentran en una larga lista de espera, por meses y a veces años antes de que se puedan oír sus solicitudes. Eso es inaceptable.

“El requisito de visa que estoy anunciando nos dará una mayor capacidad de manejar el flujo de personas hacia Canadá y verificar la veracidad de ellas. Al tomar esta importante medida para reducir la carga sobre nuestro sistema de protección a los refugiados, estaremos mejor equipados para tramitar más rápido los casos de los refugiados genuinos.”

“El trámite de visas nos permitirá evaluar quién viene a Canadá como visitante legítimo y quién puede estar intentando usar el sistema de refugio para pasar por alto la lista de espera de inmigración”, dijo el Ministro Kenney. “No es justo para las personas que han estado esperando pacientemente, a veces por años, para venir a Canadá cuando otros intentan pasar por alto nuestro sistema de inmigración.”

Canadá examina regularmente las políticas de visa que tiene con respecto a otros países. Los países saben que si no satisfacen las condiciones de exención de visa, se puede imponer la exigencia de una visa.

Este cambio significa que los nacionales de México que quieran viajar a Canadá primero deberán solicitar una Visa de Residente Temporal y cumplir con los requisitos para obtenerla. A los solicitantes de visas les corresponderá demostrar que visitan Canadá en forma temporal, que no se quedarán en el país más del tiempo permitido, que tienen suficiente dinero para cubrir sus gastos de estadía en Canadá, y que tienen buena salud y no constituyen un riesgo para la seguridad de los canadienses. Esos requisitos son los mismos para todos los que quieren venir a Canadá.

El Ministerio de Ciudadanía e Inmigración de Canadá (CIC) está trabajando para aumentar la capacidad de trámite en la Ciudad de México. Sin embargo, la imposición de la visa significará demoras a corto plazo en los viajes mientras el CIC implementa sus recursos. Se insta a los solicitantes a enviar sus solicitudes por mensajería o por correo certificado y no ir a la Embajada a menos que se les invite específicamente para una entrevista.

“Canadá tiene fuertes lazos con México,” dijo el Ministro Kenney. “Continuaremos acogiendo a todos los viajeros genuinos a Canadá provenientes de ese país.”

¿ Cómo los solicitantes pueden obtener una visa?

El trámite para solicitar una Visa de Residente Temporal se encuentra en website de la Embajada de Canadá en México: www.canada.org.mx.

Cuando el solicitante haya completado la solicitud y haya incluido todos los documentos, tales como su pasaporte, pueden enviar la solicitud por correo o por mensajería, junto con un sobre certificado prepagado, a la Embajada de Canadá en Ciudad de México.

Para facilitar el viaje, los solicitantes pueden solicitar una visa de múltiples entradas que es válida por hasta cinco años.

Si alguien tiene necesidad urgente de viajar a Canadá, se le solicita que visite el sitio web de la Embajada y baje el Formulario de solicitud de trámite de urgencia y lo pongan encima del material de su solicitud. Deben declarar las razones por las cuales necesitan viajar con urgencia e incluir los documentos que fundamenten sus razones.

Los solicitantes de visa deben demostrar que su visita a Canadá es temporal, no se quedarán más del tiempo permitido en Canadá, tienen suficiente dinero para cubrir los gastos de estadía en Canadá, tienen buena salud, no tienen antecedentes penales y no constituyen un riesgo a la seguridad de los canadienses. Esos requisitos son los mismos para todos los que quieren visitar Canadá.

Si una entrevista es necesaria, los solicitantes serán contactados por la Embajada y se fijará una hora y día. Se insta a los solicitantes a enviar sus solicitudes por mensajería o por correo registrado y evitar visitar la Embajada a menos que sean invitados específicamente a una entrevista.

Se le pide a los solicitantes que eviten llamar, enviar faxes, mensajes por correo electrónico o visitar la Embajada para hacer consultas sobre sus solicitudes.

Para oír información grabada, las personas en México pueden llamar al número 01-800-226-2320. En Canadá las personas pueden contactar el Centro de llamadas del Ministerio de Ciudadanía e Inmigración número 1-888-242-2100.

Los ciudadanos mexicanos que estén fuera de México o vayan a visitar otro país en ruta a Canadá, pueden solicitar una Visa de Residente Temporal en la oficina de visa canadiense que les quede más cerca. La lista de oficinas de visa canadiense en el extranjero así como información sobre cómo solicitar una visa se puede consultar en: www.cic.gc.ca.

Fuente: Sitio web Embajada de Canadá en Méjico.

Última Actualización: Agosto de 2009



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