Países y regiones que No Requieren Visa para Viajar a México
Domingo, mayo 12th, 2013|
|
Las personas nacionales de los siguientes países o regiones no requieren visa para viajar a México y solicitar su internación como Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas. En el filtro de revisión migratoria, deberán presentar:
- Pasaporte o documento de identidad y viaje vigente que sea válido conforme al derecho internacional.
- FMM debidamente llenada.
- La autoridad migratoria podrá solicitar a la persona extranjera que compruebe el motivo de su viaje, mediante alguno de los siguientes documentos:a) Reservación de hotel, boletos de regreso (itinerario), boletos de tours (itinerario).b) Carta mandato en idioma español de la empresa matriz, filial o subsidiaria extranjera que indique que la persona extranjera es empleada de ella y que el pago de los servicios que prestará en el territorio nacional correrán por cuenta de la misma.c) Copia del contrato de transferencia de tecnología, patentes y marcas, de compraventa de maquinaria y equipo, de capacitación técnica de personal, o de cualquier otro relacionado con el proceso de producción de una empresa establecida en México o que vinculen a la parte extranjera con la parte mexicana, o constancia de nombramiento por la asamblea de accionistas de empresas legalmente establecidas en México.d) Carta de organización o institución pública o privada en la que invite a la persona extranjera para participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional, manifieste el objeto de la visita y el tiempo estimado de estancia. En caso de que la organización o institución sufrague los gastos de viaje y permanencia de la persona extranjera en el territorio nacional, se deberá adjuntar carta responsiva.e) Carta de invitación o de aceptación de alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional para realizar cursos, estudios o proyectos de investigación o de formación por una temporalidad máxima de ciento ochenta días.
A
B
C
D
E
F
G
H
I
|
J
L
M
N
P
R
S
T
U
V
|
A partir de Diciembre de 2011 entró en vigencia en Canadá la Súper Visa para padres y abuelos. A continuación, algunos detalles sobre este tipo de visa.
¿Quiénes pueden solicitar una Súper Visa?
Los padres o abuelos de ciudadanos canadienses o residentes permanentes.
Personas dependientes de la persona que ha solicitado una Súper Visa no pueden aspirar a tener una Súper Visa. Para estos casos se deberá solicitar su visa de visitante independientemente.
Los requisitios que se deben reunir son: demostrar vínculos el país de origen, estabilidad económica y la invitación formal por parte de un familiar.
También se debe aprobar un examen médico.
Se deberá comprar un seguro médico privado por lo menos de CAN$100.00, no menor a un año, este debe ser comprado en una empresa canadiense, debe cubrir cuidados médicos, hospitalización y repatriación.
Algunas veces el aplicante puede ser llamado a una entrevista con un oficial de inmigración.
¿Cuáles son los requisitos de las personas que apadrinan?
El hijo o nieto del solicitante de la Súper Visa tiene que cumplir ciertos requisitos también.
La persona interesada en traer a su padre o abuelo debe tener un ingreso mínimo de CAN$22.229 al año. La cantidad de ingresos que hay que soportar depende directamente de la cantidad de personas que se apadrine. (ver tabla en siguiente página del CIC).
¿Cuanto dinero costará y cuánto tendré que esperar?
La Súper Visa cuesta al rededor de CAN$150, aunque existe una de única entrada en CAN$75.
La Súper Visa es válida por 10 años, pero debe ser renovada cada dos años. El proceso de renovación debe hacerse desde afuera de Canadá.
No hay diferencia entre los tiempos para obtener Súper Visa y la Visa de Visitante. Generalmente estos trámites no duran más de un me (ver tabla de tiempos por país en e siguiente enlace: CIC).
Toda la información relacionada la puede ver en el siguiente enlace: las planillas de solicitud.
Por: Instituto Nacional de Migración México
Importante: La información en esta página fue obtenida de una publicación del Instituto Nacional de Migración Mexicano. Ninguna información en esta página debe ser considerada como asesoramiento legal. Por esta razón se le aconseja al lector que consulte con un abogado si tiene alguna inquietud en cuanto a visitar o migrar a los Estados Unidos Mexicanos.
Última Actualización: Mayo de 2013





Alemania
Andorra
Anguila
Antillas Holandesas
Argentina
Aruba
Australia
Austria
Bahamas (Comonwealth)
Barbados
Bélgica
Belice
Bulgaria
Canadá
Chile
Chipre
Colombia
Corea del Sur
Costa Rica
Croacia
Dinamarca
Eslovaquia
Eslovenia
España
Estados Unidos de América
Estonia
Finlandia
Francia
Gibraltar
Grecia
Groenlandia
Guadalupe
Guayana Francesa
Hong Kong
Hungría
Irlanda
Islandia
Islas Azores
Islas Bermudas
Islas Caimán
Islas Cook
Islas Faroe
Islas Guam
Islas Malvinas
Islas Marianas
Islas Marshall
Islas Navidad
Islas Niue
Islas Norfolk
Islas Pitcairn
Islas Reunión
Islas Vírgenes de los EUA
Islas Wallis y Futura
Islas Vírgenes Británicas
Israel
Italia
Jamaica
Japón
Letonia
Liechtenstein
Lituania
Luxemburgo
Macao
Mahore
Malasia
Malta
Martinica
Micronesia
Mónaco
Montserrat
Noruega
Nueva Caledonia
Nueva Zelanda
Países Bajos (Holanda)
Palau
Panamá
Paraguay
Perú
Polinesia Francesa
Polonia
Portugal
Puerto Rico
Reino Unido de la Gran Bretaña
República Checa
Rumania
Samoa Americana
San Marino
Santa Helena
Singapur
Suecia
Suiza
Territorio Británico del Océano Índico
Tokelau
Trinidad y Tobago
Turcos y Caicos
Uruguay
Venezuela























