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Trámites Migratorios para Colombia

Trámites Migratorios para Colombia

Los siguientes documentos deben presentarse en el momento de la llegada o tramitarse los primeros días de ingreso al territorio colombiano: Pasaporte, documento de viaje o documento de identidad vigente, según sea el caso. Si es de nacionalidad chilena o ecuatoriana, basta la presentación del documento de identidad.



VISADOS

Se requiere visa correspondiente para los nacionales de Cuba, India, Irán, Irak, República Dominicana, Nicaragua, China, Taiwan, Haití, Afganistán, Argelia, Corea del Norte, Eslovaquia, Jordania, Líbano, Libia, Marruecos, Pakistán, Palestina, República Checa, Siria, Sudán, Srilanka, Vietnam, Yemen.


Los demás países no requieren visa de turismo. Es necesario llenar la tarjeta migratoria para efectos del registro correspondiente.


- Verifique que las autoridades migratorias coloquen en el pasaporte el sello de ingreso y el término de permanencia autorizado.


- Cédula de Extranjería.


- Si la persona es titular de una visa registrable, es decir, una visa de residente, inmigrante o temporal, con vigencia superior a seis (6) meses, debe tramitar una cédula de extranjería. La persona debe ser mayor de 18 años y debe presentarse a la Dirección de Extranjería o direcciones seccionales del DAS dentro de los 30 días calendario siguientes a su ingreso al país, con la visa o su otorgamiento.


(Si la persona cumple 18 años durante su estadía en Colombia y posee visa registrable, debe llevar a cabo el mismo procedimiento una vez alcance la mayoría de edad).


- Tarjeta de Extranjería. Deben tramitarla los menores de edad entre siete y 18 años de edad, cumpliendo los siguientes requisitos: Presentación del menor con su representante legal ante la Dirección de Extranjería o dirección de seccionales del DAS dentro de los 30 días calendario siguientes a su ingreso al país, con la visa u otorgamiento. (Si el niño cumple siete años, durante su estadía, debe efectuar el mismo procedimiento una vez alcance esta edad). Además, debe presentarse los siguientes documentos:


Pasaporte vigente y anteriores si los hay


4 fotos 3x4 de frente en blanco y negro, cancelar las suma de $89.100 si la visa es de residente y $66.800 si es temporal o inmigrante.



PUERTOS DE ENTRADA

- Puertos aéreos: Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Cartagena, Cúcuta, Leticia, Medellín, Neiva, Pereira, Puerto Asis, Bogotá, San Andrés, Santa Marta.


- Puertos Marítimos: Barranquilla, Buenaventura, Cartagena, Riohacha, Santa Marta, San Andrés, Turbo y Tumaco.


- Puertos Fluviales: Arauca, Leticia, Puerto Asis y Puerto Carreño.



PRÓRROGAS DE PERMANENCIA EN COLOMBIA

Los requisitos para obtener una prórroga de permanencia en el país son: Presentarse ante cualquier dependencia del DAS. Presentar pasaporte vigente. Diligenciar formulario que se entrega en las ventanillas de las oficinas del DAS.


Nota: Cada prórroga o salvoconducto para permanecer o salir del país se otorga por un plazo máximo de 30 días a la vez.



SALIDA DEL PAÍS:

- Presentar el pasaporte o documento de viaje vigente, donde conste que se encuentra en permanencia legal. Si su nacionalidad es ecuatoriana o chilena debe presentar el documento de identidad vigente y la tarjeta migratoria que le fue entregada a su ingreso a Colombia.


- Cédula o tarjeta de extranjería si es titular de una visa registrable.


- Salvoconducto válido para salir del país cuando sea el caso.


- Si es menor de edad colombiano o extranjero, con domicilio en Colombia, debe cumplir los requisitos establecidos por el código del menor.


SEGURO DE SALUD: Si el extranjero no trae póliza de salud desde su país de origen debe adquirirla en Colombia. El costo aproximado de una póliza de medicina prepagada es de $143.000 (Sanitas International) mensuales. El extranjero debe presentar el pasaporte o cédula de extranjería.


Nota: Para que la póliza sea efectiva en el mes corriente debe comprobarse en los primeros días del mes.









Última Actualización: Abril 2007


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