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Trámites Migratorios para México - Turistas -
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Los
servicios migratorios pueden gestionarse en las 32 delegaciones regionales
del Instituto Nacional de Migración y en sus respectivas subdelegaciones
regionales y locales. Para la gestión, el extranjero
o su representante legal deberá utilizar el formato "Solicitud
de Trámite Migratorio" y cumplir con los requisitos señalados
para cada caso. Todos los requisitos deberán ser presentados
en original y copia para cotejo de la autoridad migratoria. Los originales
serán devueltos al solicitante, con excepción de las cartas y escritos
dirigidos al Instituto Nacional de Migración. Los documentos
emitidos en el exterior (con excepción del pasaporte o los documentos
de identidad y viaje), deberán ser apostillados por la autoridad gubernamental
del país emisor, o bien, legalizados por el consulado mexicano
correspondiente y en su caso, traducido al español por perito oficial.
En caso de que el interesado realice el trámite a través
de un apoderado o de un representante legal, éste deberá acreditar
tal carácter con carta poder a su favor otorgado por el extranjero,
y copia de una identificación oficial vigente que contenga fotografía
y firma del apoderado o representante legal, según corresponda y del que
otorga el poder. El Instituto Nacional de Migración emitirá
sus resoluciones ejerciendo, en su caso, la facultad discrecional que la Ley General
de Población, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables
le confieren; y será ejercida por los funcionarios públicos del
Instituto, de conformidad a los diversos acuerdos delegatorios en vigor.
La presentación de la solicitud y los requisitos, le garantiza al promovente
una respuesta en los plazos legales (35 días calendario), pero no necesariamente
será ésta en sentido afirmativo o conveniente a sus intereses.
En el ejercicio de esta facultad discrecional se observarán los plazos
para señalar previsiones al promovente, en términos del artículo
17-A, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Cuando
se presenten cartas o escritos dirigidos al Instituto Nacional de Migración,
deberá entregarse una identificación oficial vigente con fotografía
y firma de la persona que suscribe la carta, y si se trata de un extranjero, presentar
su documento migratorio. Turista
1.
Formato oficial de "Solicitud
de Trámite Migratorio". 2. Pasaporte vigente.
3. Carta dirigida al Instituto Nacional de Migración
redactada en español y firmada por la persona que solicita desde México
la internación, en la que indique sus datos completos, los del extranjero,
la temporalidad de su visita a México, los lugares a visitar, y en la que
el solicitante asuma la responsabilidad moral y económica del extranjero
durante su estancia en el país. 4. Identificación
oficial vigente con fotografía y firma de la persona que suscribe
la carta (si es extranjero, documento migratorio). 5. Comprobantes
de solvencia económica del extranjero: reservaciones
de hotel, carros, excursiones, tarjetas de crédito o cualquier documento
que lo acredite como turista. 6. Comprobantes de solvencia económica
de la persona que solicita desde México la internación:
Si el solicitante es persona física, acreditará la solvencia
económica mediante cualquiera de los siguientes: constancia laboral;
los tres últimos estados de cuenta bancaria, tres últimos recibos
de pago; último pago de impuestos, o registro ante la SHCP, si
su inscripción es reciente. Si existe nexo familiar entre
el solicitante y el extranjero, deberá acreditarse el parentesco mediante
actas de nacimiento y/o de matrimonio, en su caso, apostilladas por autoridad
gubernamental del país emisor o legalizadas por el consulado mexicano correspondiente
y traducidas al español; si se trata de un extranjero cónyuge de
mexicano cuyo matrimonio se celebró en el exterior, deberá presentar
el acta de inserción correspondiente ante el Registro Civil Mexicano.
7. Si el solicitante es una persona moral o una persona
física con actividades empresariales, deberá presentar:
*Acta constitutiva de la empresa. *Ultima declaración
del pago de impuestos (o recibo electrónico vía Internet
de la última declaración de impuestos). *En su caso, constancia
del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. *En caso de que
la persona física con actividades empresariales sea extranjera, deberá
presentar su documento migratorio vigente. Estos requisitos no son aplicables
si se trata de una dependencia o entidad gubernamental o de una institución
de educación superior pública, o si la empresa tiene un expediente
básico actualizado conforme a los establecido en el "Trámite
de Estancia".
8. En caso de menores no acompañados por ambos padres, permiso otorgado
o notariado por los padres ante autoridad competente, apostillado por autoridad
gubernamental del país emisor o legalizado por el consulado mexicano correspondiente
y traducido al español indicando el tiempo de permanencia autorizada al
menor. Los extranjeros nacionales de países que no requieren
visa para entrar a México, podrán internarse como turistas, presentando
ante la autoridad migratoria en el punto de internación los siguientes
documentos: 1. Pasaporte vigente.
2. Forma migratoria de Turista, Transmigrantes,
Visitante persona de negocios y Visitante consejero. La forma
migratoria puede obtenerse en los puntos de internación a México,
en las líneas aéreas o en agencias de viaje, así como en
las Oficinas Consulares de México en el exterior.
Extensión de Estadía
para Turistas Última
actualización: Febrero 2007.
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