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Números de Seguro Social para Inmigrantes
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¿Cómo
puedo Solicitar un Número y Tarjeta de Seguro Social?
Por lo general, solamente las personas que no son ciudadanas y tienen
permiso de trabajo del Departamento de Seguridad Nacional (DHS,
sus siglas en inglés) pueden solicitar un número
y tarjeta de Seguro Social. Para solicitar un número
de Seguro Social:
-
Llene una Solicitud para una tarjeta de Seguro Social (Formulario
SS-5-SP); y
-
Muestre documentos originales que prueben su:
- Estado inmigratorio;
- Permiso de trabajo;
- Edad; e
- Identidad.
-
Lleve la solicitud completada, junto con los documentos
originales, a su oficina local del Seguro Social.
Estado Inmigratorio
Como prueba de su estado inmigratorio en los Estados Unidos, usted
tiene que presentar un documento vigente emitido por el gobierno
de los Estados Unidos, la I-94, Arrival/Departure Record
(en español, Registro de llegada/salida), el cual
fué emitido cuando usted llegó a los Estados Unidos. Si usted es un estudiante con una visa de F-1 o M-1, necesita
mostrarnos su I-20, Certificate of Eligibility
for Nonimmigrant Student Status (en español, Certificado
de elegibilidad bajo estado de estudiante quien no es un inmigrante).
Si usted tiene una visa de J-1 o J-2 como visitante de intercambio,
tiene que mostrarnos su DS-2019, Certificate of
Eligibility for Exhange Visitor Status (en español, Certificado
de elegibilidad como visitante de intercambio).
Derecho a Trabajar
Para la mayoría de los trabajadores extranjeros, solamente
se necesita ver su I-94, Arrival/Departure Record
(en español, Registro de Llegada/Salida). Algunos trabajadores
extranjeros también tienen que mostrar su permiso
de trabajo emitido por el DHS (I-766 o I-688B). Los estudiantes
internacionales tienen que producir aún más
documentación.
Edad
Usted tiene que presentar su certificado de nacimiento si
lo tiene consigo o si lo puede obtener con facilidad. Si
no lo tiene, podemos tomar en cuenta otros documentos como prueba
de su edad, tales como su pasaporte o algún documento emitido
por el DHS.
Identidad
Solamente podemos aceptar ciertos documentos como prueba
de identificación. Para que podamos aceptar un documento,
este tiene que estar al día (vigente) y
que tenga su nombre, información que lo identifique y preferiblemente
que tenga una foto reciente suya. Los documentos de inmigración
que podemos aceptar incluyen su:
-
Formulario I-551 (inclusive su visa de inmigrante que es legible
por maquina junto con su pasaporte extranjero vigente);
-
La I-94 con su pasaporte extranjero vigente; o
-
Su tarjeta de permiso de trabajo del DHS
(I-766 o I-688B).
Todos los documentos tienen que ser originales o copias certificadas
por la agencia que los emitió. No podemos aceptar
fotocopias ni copias notariadas de los documentos. Igualmente, no
podemos aceptar un recibo que demuestra que usted ha solicitado
el documento que se requiere. Es posible que un documento
sirva para dos propósitos. Por ejemplo, es posible
que usemos su permiso de trabajo del DHS como prueba de ambos derecho
a trabajar y de identificación. Sin embargo, usted tiene
que mostrar por lo menos dos documentos individuales.
Tan pronto verifiquemos sus documentos con el DHS, le enviaremos
por correo su tarjeta y número de Seguro Social. Mientras usted espera por su número de Seguro Social, su
empleador puede usar una carta emitida por nosotros declarando que
usted ha solicitado un número de Seguro Social. Su empleador puede usar sus documentos del DHS como prueba
de su autorización para trabajar en los Estados Unidos. Los empleadores pueden informarse mejor visitando el sitio de Internet www.segurosocial.gov/employer/hiring.htm (sólo disponible en inglés).
¿Qué Puedo Hacer si Necesito
un Número para Propósitos de Impuestos?
Si usted necesita un número para propósitos de impuestos
y no está autorizado a trabajar en los Estados Unidos, puede
solicitar un número de identificación personal del
contribuyente del Servicio de Impuestos Internos (IRS,
por sus siglas en inglés). Visite al IRS en persona o llame
a su número gratis, 1-800-TAXFORM (1-800-829-3676), y pida
el formulario W-7 (SP), Solicitud de Número de Identificación
Personal del Contribuyente del Servicio de Impuestos Internos.
¿Necesito un Número para Otros Servicios del Gobierno?
Las personas extranjeras que han sido admitidas legalmente
pueden obtener muchos beneficios y servicios sin tener un número
de Seguro Social. Usted no necesita un número para
llevar a cabo trámites con un banco, matricularse en la escuela,
solicitar exámenes educacionales, obtener seguro de salud
privado, solicitar los programas de almuerzo en la escuela o solicitar
subsidio de vivienda. No se puede obtener un número
de Seguro Social solamente para obtener una licencia de conductor.
Si usted no tiene permiso de trabajo, usted puede solicitar un número
de Seguro Social solamente si:
-
Una ley federal requiere que usted provea su número de
Seguro Social para recibir algún beneficio o servicio en
particular; o
-
Una
ley estatal o municipal requiere que usted provea su número
de Seguro Social para recibir beneficios en general a los cuales
usted ya obtuvo derecho.
Si usted necesita el número para cumplir con los requisitos
estatales o municipales, usted tiene que presentar una carta emitida
por esa agencia gubernamental. La misma tiene que estar
escrita en membrete (no puede ser una carta modelo ni
fotocopias) e:
-
Identificarlo
a usted específicamente como el solicitante;
-
Citar la ley que requiere que usted tenga un número de
Seguro Social;
-
Indicar que usted reúne todos los requisitos de
esa agencia, excepto que no tiene un número de
Seguro Social; e
-
Indicar el nombre y número de teléfono de
una persona con quien podemos comunicarnos en esa agencia.
Si a usted se le asigna un número de Seguro Social por
algún otro propósito que no sea para trabajar, usted
no lo puede usar para trabajar. Si usted usa el número
para trabajar, se lo informaremos al DHS.
Cómo Comunicarse con el Seguro Social
Para informarse mejor y obtener copias de nuestras publicaciones,
visite el sitio de Internet en www.segurosocial.gov/espanol llame a nuestro número gratis al 1-800-772-1213.
(Si es sordo o tiene problemas de audición, marque nuestro
número TTY, 1-800-325-0778).
Podemos contestar preguntas específicas de lunes
a viernes, desde las 7 a.m. hasta las 7 p.m. También
ofrecemos información telefónica automatizada las
24 horas al día.
Proveemos servicios de intérprete gratis para ayudarle
con sus trámites de Seguro Social. Estos
servicios están disponibles tanto por teléfono como
en nuestras oficinas. Una vez se comunique con nuestro número
gratis, 1-800-772-1213 , oprima el 2 si
desea el servicio en español y espere a que le atienda un
representante.
Todas nuestras llamadas telefónicas son confidenciales. Como también queremos ofrecerle el servicio más cortés
y correcto, es posible que un segundo representante escuche
algunas llamadas.
Importante:
La información en esta página fue provista por el
Departamento de Estado, por el Servicio de Inmigración y
Naturalización (INS), por el Servicio Estadounidense de Ciudadanía
e Inmigración (USCIS) y/o por el Departamento de Homeland
Security de los Estados Unidos. Ninguna información provista
en esta página debe ser considerada como asesoramiento legal.
Por esta razón se le aconseja al lector que consulte con
un abogado antesde hacer cualquier diligencia para visitar o migrar
a los Estados Unidos de América.
Última
actualización: Octubre 2006.
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