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Washington, D.C., Agosto del 2005 ¿Qué es una Visa "I" de periodista? La Visa de periodista (I) es para periodistas profesionales que necesitan viajar a los Estados Unidos para asignaciones de corto plazo para un medio local. Requisitos específicos para la Visa de periodista (I) Los periodistas profesionales deben pedir una cita para entrevista consular y presentarse el día de la entrevista. Debido a la alta incidencia de fraude en las solicitudes de visas de periodista (I), se ha hecho una revisión de los requisitos necesarios para este tipo de visa. Dichos requisitos dependen de si el solicitante ha tenido o no visa de periodista anteriormente. Si el/la solicitante no ha tenido Visa de periodista en el último año, debe presentar pruebas de su trabajo periodístico durante los últimos seis meses. Requisitos
Quien ha tenido Visa I durante el último año y planee viajar en nombre de la misma publicación o programa, necesita presentar prueba del trabajo realizado durante el viaje anterior a Estados Unidos. Dichos ejemplos pueden incluir originales de las publicaciones o programas (según el punto No. 4 anterior). Quien ha tenido Visa I durante el último año pero que planee viajar a Estados Unidos en nombre de una publicación o programa diferente, necesita presentar prueba del resultado final de su viaje anterior a Estados Unidos y adicionalmente prueba del trabajo terminado recientemente con la nueva compañía. Dichos ejemplos pueden incluir originales de sus publicaciones o programas (según el punto No. 4 anterior). La prueba de un trabajo reciente para la nueva compañía es similar a los requisitos exigidos para el solicitante por primera vez, como se menciona anteriormente, pero no necesita cubrir el período completo de seis meses. ¿Qué
debo hacer si acabo de enterarme que tengo que viajar a EE.UU. a cubrir
un evento en las próximas dos semanas y no puedo conseguir
una cita? Fuente: Departamento de Estado de los Estados Unidos de América. Importante: La información en esta página fue provista por el Departamento
de Estado, por el Servicio de Inmigración y Naturalización (INS)
y/o por el Departamento de Homeland Security de los Estados Unidos.
Ninguna información provista en esta página debe ser considerada
como asesoramiento legal. Por esta razón se le aconseja al lector
que consulte con un abogado antes hacer cualquier diligencia para
visitar o migrar a los Estados Unidos de América. |
