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Corte Suprema de Estados Unidos Permite Entrada en Vigor del Veto Migratorio

Corte Suprema de Estados Unidos Permite Entrada en Vigor del Veto Migratorio

La Corte Suprema de EE.UU. anunció que autorizará la implementación parcial de la prohibición temporaria de ingreso a EE.UU. a personas provenientes de seis países de mayoría musulmana mientras analiza la constitucionalidad de la orden emitida por el presidente Donald Trump.

La orden ejecutiva de Trump estipulaba una prohibición de noventa días del ingreso a EE.UU. a ciudadanos provenientes de Libia, Irán, Somalia, Sudán, Siria y Yemen y una prohibición de 120 días a todos los refugiados. Se espera que el tribunal escuche los argumentos orales del caso en octubre próximo. Tres jueces, Clarence Thomas, Samuel Alito y Neil Gorsuch, emitieron un fallo por separado en apoyo a la plena implementación de la prohibición de ingreso.

Para saber más de este tema, puede ver la entrevista que les hicimos (en inglés) a Vince Warren y Dahlia Lithwick. Warren es director ejecutivo del Centro para los Derechos Constitucionales y Lithwick es editora de la revista Slate.com y corresponsal legal y periodista de la Corte Suprema de EE.UU.

"Accedemos a la petición del Gobierno de que se mantengan los requerimientos en la medida que estos requerimientos impiden la aplicación de la orden ejecutiva de Trump con respecto a los ciudadanos extranjeros que carecen de una relación 'bona fide' con personas o entidades de Estados Unidos", se lee en el comunicado difundido por la Corte Suprema.

De este modo, acorde a la segunda versión del veto migratorio impulsado por Trump, se prohíbe la concesión de visados a ciudadanos de seis países de mayoría musulmana (Siria, Irán, Libia, Yemen, Somalia y Sudán).

La acción de la Corte Suprema especifica que el veto migratorio de Trump será efectivo, excepto para las personas que tengan una relación 'bona fide' con el país, es decir, las que tengan algún vínculo con Estados Unidos a nivel familiar, laboral, educativo o de otro tipo.

En virtud de un fallo, emitido por la Corte Suprema a principios de esta semana, que levantó la suspensión contra la prohibición, a las personas de Irán, Libia, Siria, Somalia, Sudán y Yemen que no tengan relaciones comerciales o familiares cercanas se les puede negar la visa y no permitirles entrar a Estados Unidos.

El gobierno de Trump dijo que interpretará “familia cercana” como padres, hijos, hermanos y familia política cercana: suegros, nueras, yernos, padrastros e hijastros. Entre los excluidos se encuentran abuelos, nietos, tíos y primos. El Departamento de Estado declaró el jueves que permitirá viajar a las parejas prometidas de los países afectados, tras haber dicho inicialmente que también tendrían prohibido el ingreso.









Última Actualización: Junio 28 de 2017
Fuente: YouTube HispanTV y www.democracynow.org

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