Portada > Protección Temporal TPS > Se Extiende el Estatus de Protección Temporal para Salvador

Se Extiende el Estatus de Protección Temporal para Salvador

El Secretario del Departamento de Seguridad Nacional, Jeh Johnson, ha extendido el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) para los nacionales elegibles de El Salvador (y para aquellas personas sin nacionalidad cuya última residencia habitual fue en ese país) por 18 meses adicionales, efectivo desde el 10 de septiembre de 2016 al 9 de marzo de 2018.

Los beneficiarios actuales de TPS de El Salvador que desean extender su TPS deben reinscribirse durante el período de reinscripción de 60 días que transcurre del 8 de julio de 2016 al 6 de septiembre de 2016. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés) exhorta a los beneficiarios a volver a inscribirse lo antes posible una vez que el período de reinscripción comience.

Autorización de Empleo:

La extensión de 18 meses permite a los reinscritos solicitar una nueva Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés). Aquellas personas que se reinscriban durante el período de 60 días y soliciten un nuevo EAD recibirán uno con fecha de expiración del 9 de marzo de 2018.

USCIS reconoce que algunas de las personas reinscritas podrían no recibir su nuevo EAD hasta luego de que la autorización de empleo en vigor expire. Por lo tanto, estamos extendiendo automáticamente los EAD relacionados a TPS de El Salvador con una fecha de expiración del 9 de septiembre de 2016 por seis meses adicionales. Estos EAD son válidos ahora hasta el 9 de marzo de 2017.

Reinscripción a TPS:

Para reinscribirse, los beneficiarios actuales de TPS deben presentar:


La notificación del Registro Federal publicada hoy contiene detalles adicionales acerca de esta extensión de TPS para El Salvador.

USCIS rechazará las solicitudes de cualquier solicitante que no presente la tarifa de presentación requerida o una exención de tarifas documentada apropiadamente. Los solicitantes pueden pedir que USCIS les exima de cualquier tarifa a base de la inhabilidad para pagar, por medio del Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas, o presentando una petición por escrito. Las solicitudes de exención de tarifas deben estar acompañadas de documentación de apoyo.

Todos los formularios de USCIS están disponibles para descargarlos de forma gratuita en nuestro sitio web Aquí.









Última Actualización: Julio 08 de 2016
Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

Comparta este articulo en: