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Residencia Permanente para Familiares de Residentes Permanentes en los Estados Unidos


Como residente permanente (persona con la Tarjeta Verde) usted puede presentar una solicitud para que ciertos familiares inmigren a Estados Unidos en calidad de Residentes Permanentes, dichos familiares son:


  • Cónyuge (esposo/a).
  • Hijos solteros menores de 21 años.
  • Hijo/a soltero de cualquier edad.


Requisitos:

Para obtener la tarjeta verde para un familiar, usted debe:


  • Presentar el Formulario I-130
  • Presentar un comprobante que demuestre que usted es Residente Permanente.
  • Presentar un documento que demuestre su parentesco, como un certificado de nacimiento, de matrimonio, de divorcio, etc.
  • Presentar un comprobante de cualquier cambio de nombre legal suyo o de su familiar (el beneficiario).
  • Si usted o un familiar suyo es un miembro de las Fuerzas Armadas, se pueden aplicar condiciones especiales a su situación.


Categorías preferenciales:

Cuando peticione a un familiar, se tendrán en cuenta las categoría preferenciales siguientes:


  • Primera preferencia (prioridad): Hijo/a adulto (mayor de 21 años) soltero de un ciudadano estadounidense.
  • Segunda preferencia (2A): Cónyuge de un residente permanente (con tarjeta verde), hijos de solteros, menores de 21 años de un residente permanente.
  • Segunda preferencia (2B): Hijo/a adulto/a y soltero de un residente permanente.
  • Tercera preferencia: Hijo/a casado de cualquier edad de un ciudadano estadounidense.
  • Cuarta Preferencia: Hermano/a de un ciudadano estadounidense adulto.

La visa para una categoría preferencial estará disponible de acuerdo con la fecha de prioridad (la fecha en la que se entregó correctamente el Formulario I-130).



¿Qué Ocurre Después?

Si su familiar ya está en Estados Unidos legalmente, puede solicitar un ajuste de estatus para obtener la residencia permanente cuando haya un número de visa disponible y presentando el Formulario I-485, Solicitud de residencia permanente o ajuste de estatus


Si su familiar se encuentra fuera de Estados Unidos, su petición se enviará al Centro Nacional de Visas (NVC). El NVC mandará su petición al consulado estadounidense apropiado, cuando haya una visa disponible y le informarán a su familiar lo que debe hacer. A este proceso se le conoce como “Tramitación consular”.


De acuerdo a qué categoría preferencial pertenezca su familiar, se determinará cuánto tendrá que esperar para recibir un número de visa de inmigrante. Una vez que haya presentado su petición, puede hacer un seguimiento de la misma en el enlace “El estatus de mi caso”. Si desea información sobre la disponibilidad de visas vaya al enlace donde mes a mes registramos el “boletín de visas”.







Última Actualización: Noviembre 14 de 2023
Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)