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Vistazo a la Ley NACARA
(Ley de Ajuste Nicaraguense y de Alivio Centroamericano)
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La
ley NACARA cubre a los ciudadanos de muchos paises; en particular aquellos de
Cuba, Nicaragua, El Salvador, Guatemala y varios de los paises de lo que fue La
Unión Sovietica. Existen distintas condiciones y privilegios para cada nacionalidad.
A continuación, un vistazo a cómo la ley afecta a ciudadanos de Cuba, Nicaragua,
El Salvador y Guatemala Cuba y Nicaragua
IMPORTANTE: Para Cubanos y Nicaraguenses la ley Nacara
venció en abril del año 2000. - Para calificar se debe haber llegado a
los EEUU antes de diciembre de 1995.
- Debe probar su llegada con un documento
emitido por alguna entidad gubernamental de los EEUU.
- Debe probar no haber
salido del territorio estadounidense desde su llegada.
- Si se califica se puede
pedir a su esposo, esposa, hijos e hijas menores de 21 años, siempre y cuando
sean ciudadanos de Cuba o Nicaragua y se encuentren fisicamente en los EEUU.
El Salvador y Guatemala - Pueden solicitar las personas
que pidieron asilo el 1ro de abril de 1990 o antes de esa fecha.
- También pueden
solicitar las personas que llegaron a los EEUU el 19 de septiembre de 1990 o antes
de esa fecha; y se registraron en el ABC o el TPS (Estatus de Protección Temporal)
antes del 31 de octubre de 1991; y no fueron detenidas al momento de ingesar después
del 19 de diciembre de 1990.
- También se pueden beneficiar la esposa o esposo,
o hijos menores de 21 años de edad, siempre y cuando se encuentren en territorio
estadounidense, sin importar la nacionalidad.
- Para que puedan benenficiarse
los hijos solteros mayores de 21 años, tienen que haber entrado a los EEUU
antes del 1ro de octubre de 1990.
- Se debe probar haber estado en los EEUU
por 7 años "continuos" sin salir del país: 1) cada salída de los EEUU no debió
haber sido mayor a los 90 días, ó 2) el tiempo total que estubo fuera de los EEUU
no debió haber pasado los 180 días.
- La ley Nacara no tiene fecha de vencimiento
para ciudadanos de El Salvador o Guatemala.
Pasos a Seguir para Solicitantes
de El Salvador y Guatemala: - Llenar el formulario I-881. El formulario
puede ser adquirido llamando al teléfono 1-800-870-3676 de los EEUU.
- Asistir
a la cita para dejar las huellas digitales.
- Ir a la entrevista con el INS
(Servicio de Inmigración y Naturalización de los EEUU).
Documentación
a Entregar: - Cuatro fotografías recientes tamaño pasaporte. · Un "Money
Order" (cheque postal) de $215 dólares por persona.
- Cuando la solicitud es
presentada por un grupo familiar, el costo de los formularios no será mayor a
$430 dólares.
- Otro "Money Order" de $25 dólares por persona para las huellas
digitales.
- Certificado de nacimiento.
- Certificados de nacimiento del
cónyuge e hijos.
- Prueba de haber obtenido un permsio de trabajo entre 1990
y 1992.
- Prueba de que sus hijos han vivido con usted o de que los ha mantenido
durante los ultimos años.
- Certificado de matrimonio (en caso de ser casado).
- Una copia de su último permiso de trabajo.
- Copia de su Tarjeta de Seguro
Social (Social Security Card).
- Dos cartas de recomendación de dos ciudadanos
o residentes estadounidenses que afirmen que usted es una persona honesta, trabajadora
y de buena conducta moral.
- Una carta de su empleador que indique cuándo inició
su trabajo, cuánto gana por hora y cuantas horas trabaja por semana.
- Solvencia
de la policía de cada estado donde ha vivido más de seis meses.
- Una lista
con nombre, dirección y fecha correspondiente a todos los lugares donde ha trabajado
desde que llegó a los EEUU.
- Una lista con la dirección y fecha correspondiente
a todos los lugares donde ha vivido desde que llegó a los EEUU.
- Prueba de
haber pagado sus impuestos desde que llegó a los EEUU.
- Lugar y fecha por donde
entró a los EEUU.
- El formulario I-881 debe de ser entregado completo, firmado
y acompañado de los documentos de apoyo. También debe de ser incluida una fotocopia
del formulario y de todos los documentos.
- Si además quiere solicitar un permiso
de trabajo, hay que presentar el formulario I-765, otro "Money Order" de $100
dólares, 2 fotografías y una tarjeta I-765 firmada.
Actualmente el Servicio
de Inmigración y Naturalización de los EEUU esta tardando aproximadamente 9 meses
para completar los trámites. Futuro de la Ley
NACARA Esta pendiente en el Congreso estadounidense una modificación
a la ley NACARA que modificaría muchas de las condiciones existentes. Algunos
de los cambios que se quieren hacer son los siguientes: - Extender la ley
por un periodo adicional de tres años para beneficiar a Cuba y Nicaragua.
- Igualar
el trato a todos los centroamericanos reduciendo la fecha de llegada para El Salvador
y Guatemala a diciembre de 1995 y quitando los requisitos de tener Asilo Político
o TPS.
- Eliminar las restricciones de nacionalidad para Cubanos y Nicaraguenses.
- Permitir pedir a parientes que no esten en los EEUU.
- Cubrir también a
Hondureños y Haitianos.
Se espera que el Congreso estadounidense considere
las modificaciones a la ley durante los últimos meses del año 2000.
Importante: La información en esta página es una traducción de InmigracionyVisas.com
basada en información provista por el Departamento de Estado y/o por el Servicio
de Inmigración y Naturalización (INS) de los Estados Unidos. Ninguna información
provista en esta página debe ser considerada como asesoramiento legal. Por esta
razón se le aconseja al lector que consulte con un abogado antes hacer cualquier
diligencia para visitar o migrar a los EEUU.
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