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Procedimiento de Solicitud de Residencia Permanente Estándo en los E.E.U.U.
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Sí
está interesado en transformarse en un residente permanente legal deberá entregar
la siguiente documentación al Servicio de Inmigración y Naturalización: - Formulario
Form I-485 - Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Cambio de Estatus
a Residente Permanente. Por favor revisar el Suplemento A del formulario Form
I-485 para averiguar sí hay costos adicionales para su caso en particular.
- Formulario
Form G-325 - Hoja de Información Biográfica (para edades de 14 a 79 años).
- Formulario
Form I-693 - Hoja de Examinación Medica (no requerido sí está solicitando basado
en residencia continua desde antes de 1972, o sí obtuvo un examen médico basado
en una visa de compromiso.
- Dos fotografías a color tomadas durante los últimos
30 días. (Para más información acerca de fotografías favor ver el Formulario Form
I-485).
- Formulario Form I-864 - Declaración de Apoyo (completada por el patrocinador).
(Este requisito puede no ser necesario en caso de que usted esté solicitando la
residencia basándose en una solicitud de empleo).
- Formulario Form I-765 -
Autorización de Empleo (sí esta buscando empleo mientras que la solicitud está
siendo procesada).
- Evidencia de inspección o libertad bajo palabra dentro
de los EEUU (Formulario Form I-94 Documento de Entrada y Salida).
Además…
- Sí a usted ya ha sido aprobado para una solicitud de inmigrante,
debe incorporar una copia de la nota de aprobación enviada a usted por el INS.
- Sí alguien más le completo, o le esta completando, la solicitud por usted,
la cual al ser aprobada hará que un número de inmigrante se haga inmediatamente
disponible para usted, usted debe entregar una copia de la solicitud completa
que esta siendo completada por usted. Tales solicitudes incluyen solamente parientes
inmediatos, solicitudes especiales de jóvenes inmigrantes y solicitudes especiales
militares. Para más información favor ver Cómo
Obtener un Número de Visa de Inmigrante.
- Sí usted fue admitido a los Estados
Unidos como un fiancè de un ciudadano estadounidense y se caso con ese
ciudadano dentro del periodo requerido de 90 días, usted debe entregar una copia
de la nota de aprobación de la solicitud de fiancè y una copia de su acta de matrimonio.
- Sí usted es un asilado o refugiado, debe entregar una copia de la carta,
o del formulario Form I-94 (Documento de Entrada y Salida), que muestre la fecha
en la cual le le fue otorgado el asilo o refugio en los Estados Unidos. Usted
también debe entregar el formulario Form I-643 (Datos Estadísticos de Salud y
Servicios Humanos).
- Sí usted es ciudadano cubano o nativo, debe entregar
el formulario Form I-485 (Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Cambio
de Estatus a Residente Permanente) como también evidencia de su ciudadanía o nacionalidad.
- Sí usted a residido continuamente en EEUU desde el 1 de enero de 1972
o desde antes, deberá entregar evidencia que confirme la fecha de ingreso al país,
como también que demuestre que usted ha residido en forma permanente y continua
en los EEUU desde su entrada.
- Sí su padre (padre o madre) se volvió un
residente permanente legal después de su nacimiento, usted debe entregar evidencia
de que su padre ha obtenido, o obtendrá, residencia permanente. Usted también
debe entregar una copia de su certificado de nacimiento, y prueba de su relación
con su padre.
- Sí su esposo(a) se volvió un residente permanente legal después
de su matrimonio, usted debe entregar evidencia de que su esposo(a) ha obtenido,
u obtendrá, la residencia permanente. Usted también debe entregar una copia de
su certificado de matrimonio y prueba de que cualquier matrimonio anterior, suyo
o de su esposo(a), han sido terminados legalmente.
Por
favor note que existen algunos requisitos sobre elegibilidad para el uso del formulario
Form I-485. Los formularios puede obtenerlos llamando al 1-800-870-3676.
Importante: La información en esta página es una traducción
de InmigracionyVisas.com basada en información provista por el Departamento de
Estado y/o por el Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) de los Estados
Unidos. Ninguna información provista en esta página debe ser considerada como
asesoramiento legal. Por esta razón se le aconseja al lector que consulte con
un abogado antes hacer cualquier diligencia para visitar o migrar a los EEUU.
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