Washington, Junio de 2004
Por favor tenga en cuenta los siguientes requisitos y procedimientos de entrada a los Estados Unidos que el Departamento de Aduanas y Protección de Fronteras de Estados Unidos (CBP) dio a conocer este mes:
-- En su ruta hacia Estados Unidos, a usted le será entregado un formulario de declaración de Aduanas y Protección de Fronteras. Llénelo por entero y fírmelo al pie . Le puede ser entregado también un formulario I-94 (blanco) o un formulario I-94W (verde). Este le pedirá a usted información básica de identificación y la dirección completa donde usted permanecerá en Estados Unidos.
-- Cuando usted llegue a un punto de entrada en Estados Unidos será inspeccionado por un oficial de Aduanas y Protección de Fronteras de Estados Unidos. Esté preparado para decirle al oficial el propósito de su viaje y cuánto tiempo desea quedarse .
-- A la mayoría de los viajeros el oficial les tomará una fotografía digital y dos lecturas electrónicas de huellas dactilares . Esto agregará sólo unos pocos segundos a la entrevista. Asegúrese de seguir las instrucciones del oficial de la CBP.
-- Asegúrese de tener una visa válida y un pasaporte válido hasta seis meses después de su estadía inicial en Estados Unidos. Hay algunas excepciones a este requisito.
-- Si usted es visitante temporal por negocios o placer , y quiere quedarse hasta seis meses, debe solicitar una vista B1/B2 en el consulado de Estados Unidos en su país, a menos que esté exento de todo el requisito de visa.
-- Si usted piensa viajar con otro propósito , p.ej. como estudiante, trabajador temporal, tripulante, periodista, etc., usted debe solicitar una visita diferente en la categoría apropiada, a través del Departamento de Estado, en una embajada o consulado estadounidense en el extranjero.
-- Si usted es ciudadano de un país exento de visa , usted puede solicitar una entrada sin visa si quiere entrar por 90 días o menos, por negocios o placer. Verifique para asegurarse que el propósito del viaje que usted pretende hacer cae dentro de las normas. Si en su última visita a Estados Unidos usted se quedó más de los 90 días permitidos por el Programa de Exención de Visa, para su próxima visita a Estados Unidos se le requerirá obtener una visa en un consulado estadounidense en su país.
-- Recuerde, aun cuando ciertos individuos pueden estar exentos de los requisitos de visa y/o pasaporte, el onus probandii para establecer la elegibilidad para entrar en Estados Unidos recae en el solicitante . Llevar consigo una prueba de ciudadanía nos ayudará a determinar esto.
-- Algunos artículos pueden ser de entrada prohibida, tendrán que cumplir con ciertos requisitos o requerirán una licencia o permiso. Si usted quiere traer algunos de los siguientes, asegúrese de averiguar las reglas y regulaciones que les conciernen :